Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo

PJ CHILE S.P.A./INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO MAIPO

Rol

I-40-2023

Fecha

7 de agosto de 2023

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y OÍDO: Que, se ha presentado ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo don FERNANDO SANTIBÁÑEZ SOTO, Abogado, en representación convencional de la empresa PJ CHILE SpA., persona jurídica del giro de elaboración de productos alimenticios, Rol Único Tributario N°76.152.699-5, representada legalmente de conformidad a lo establecido en el artículo 4 del Código del Trabajo por don Rafael Montes Viñales, Gerente de Personas, cédula de identidad Nº13.252.501-3, todos domiciliados para estos únicos efectos en calle Flor de Azucena N°111, oficina 41-A, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, e interpone reclamación judicial de multa en contra de la Inspección del Trabajo del Maipo-San Bernardo, representada por su Inspector Provincial don Rodrigo Castillo Serrano, ambos con domicilio en Freire N° 473, piso 2, San Bernardo. ANTECEDENTES DE LA RECLAMACIÓN: Señala que la Inspección del Trabajo cursó la multa con manifiesto error de hecho, toda vez que existía una orden judicial que decretó que el trabajador que consta en la multa tenía la prohibición de acercarse a su ex conviviente, quien también trabajaba en el mismo local que su conviviente. Por consiguiente, solicita se deje sin efecto la Resolución de Multa o, en su defecto se rebaje al menos en un 50%. CONTESTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN: La parte demandada contestó en los siguientes términos: Señala que el fiscalizador solicitó los antecedentes y a la revisión se percató que no se dio cumplimiento al contrato de trabajo, sin mediar aviso y sin aplicación del ius variandi. El fiscalizador no tuvo a la vista la orden judicial en la fiscalización. Estos antecedentes dan cuenta que la fiscalización se apegó a derecho, por lo que solicita se mantenga la multa, con costas. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, se ha presentado ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo don FERNANDO SANTIBÁÑEZ SOTO, Abogado, en representación convencional de la empresa PJ CHILE SpA., persona jurídica del giro de elaboración de productos alimenticios, Rol Único Tributario N°76.152.699-5, representada legalmente de conformidad a lo establecido en el artículo 4 del Código del Trabajo por don Rafael Montes Viñales, Gerente de Personas, cédula de identidad Nº13.252.501-3, todos domiciliados para estos únicos efectos en calle Flor de Azucena N°111, oficina 41-A, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, e interpone reclamación judicial de multa en contra de la Inspección del Trabajo del Maipo-San Bernardo, representada por su Inspector Provincial don Rodrigo Castillo Serrano, de acuerdo a los argumentos vertidos en la parte expositiva de esta sentencia. SEGUNDO: Que, en audiencia única, no habiéndose alcanzado conciliación, se fijaron los siguientes hechos: HECHOS NO CONTROVERTIDOS: 1. Que, la Inspección del Trabajo dictó la Resolución de Multa N° 7576/23/19, el día 22 de mayo de 2023 por: “No dar cumplimiento al contrato de trabajo del trabajador don Juan Luis Córdova Monarde, al alterar unilateral y discrecionalmente el lugar de trabajo ya que prestaba servicios en local ubicado en calle Almirante Riveros 01202 Local 2 San Bernardo y es trasladado al local ubicado en calle Eyzaguirre 307 San Bernardo”, aplicando una sanción por infracción del artículo 5°, inciso 3°, 7 y 10 en relación con el artículo 506 del Código del Trabajo. HECHOS A PROBAR: 1. Efectividad de haber incurrido la Inspección del Trabajo del Maipo – San Bernardo, en error de hecho en la aplicación de la multa. TERCERO: Que, en audiencia de juicio, las partes incorporaron los siguientes medios probatorios, a saber: PRUEBA DE LA PARTE RECLAMANTE: DOCUMENTAL: 1. Copia de resolución de multa N°7576/23/19, de 22 de mayo de 2023, junto a la copia del correo electrónico mediante la cual fue notificada. 2. Constancia cautelar verbal, en la que consta la medida de PROHIBICIÓN DE ACERCARSE A LA VÍCTIMA, respecto del imputado JUAN LUIS CÓRDOVA MONARDE (C.I. 20.240.356-5) a favor de su ex conviviente doña Yesennia Alejandra Miranda Verdugo (C.I. 17.669.571-4), por hechos ocurridos el 28 de enero de 2023. 3. Contrato de Trabajo celebrado entre don JUAN LUIS CÓRDOVA MONARDE y PJ CHILE S.p.A., de fecha 16 de julio de 2020, por el cual este se obliga a desempeñar las funciones de “Repartidor 30 horas”. 4. Contrato de Trabajo celebrado entre doña YESENNIA ALEJANDRA MIRANDA VERDUGO y PJ CHILE S.p.A., de fecha 01 de febrero de 2019, por el cual esta se obliga a desempeñar las funciones de “Pizzero Full PM”. 5. Diagrama de Distancia entre el domicilio del trabajador y su lugar de trabajo, respecto de don JUAN LUIS CÓRDOVA MONARDE. 6. Liquidaciones de remuneración de don JUAN LUIS CÓRDOVA MONARDE, correspondientes a los meses de enero, febrero y marzo de 2023. 7. Print de pantall

Fallo

Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 5, 7, 8, 9, 10, 12, 459, 500, 501, y demás pertinentes del Código del Trabajo, se resuelve: I. Que, se rechaza la denuncia interpuesta por don Fernando Santibáñez Soto, en representación de PJ CHILE SpA, en contra la Inspección del Trabajo, representada por su Inspector Provincial, don Rodrigo Castillo Serrano, decretándose que la sanción contenida en la Resolución de Multa N° 7576/23/19 de fecha 22 de mayo de 2023, queda firme. II. Que, no se condena en costas a la perdidosa, por estimarse que tuvo motivo plausible para litigar. Regístrese y archívese. Notifíquese a las partes por correo electrónico. RIT I-40-2023 RUC 23- 4-0489838-8   Dictada por don Arturo Orlando Briceño Rivera, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo.  PÁGINA 1 DE 6

Texto Completo (Preview)

JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SAN BERNARDO RIT I-40-2023 RUC 23- 4-0489838-8 San Bernardo, siete de agosto de dos mil veintitrés VISTO Y OÍDO: Que, se ha presentado ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo don FERNANDO SANTIBÁÑEZ SOTO, Abogado, en representación convencional de la empresa PJ CHILE SpA., persona jurídica del giro de elaboración de productos alimenticios, Rol

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica