1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

MUÑOZ/EDIFICIO HACIENDA CAPITAL

Rol

M-2338-2023

Fecha

7 de agosto de 2023

Materia

Costas, Feriado proporcional, Prestaciones, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS NO CONTROVERTIDOS - · LLAMADO A CONCILIACION X · 1. TOTAL - · 2. PARCIAL - · RECIBE LA CAUSA A PRUEBA X · OFRECE E INCORPORA PRUEBA X · 1. DEMANDANTE SI · A. DOCUMENTAL X · B. CONFESIONAL - · C.TESTIMONIAL - · D. OTROS MEDIOS DE PRUEBA (exhibición y oficios) - · 1. DEMANDADA NO · A. DOCUMENTAL - · B. CONFESIONAL - · C.TESTIMONIAL - · D. OTROS MEDIOS DE PRUEBA (exhibición y oficios) - · OBSERVACIONES A LA PRUEBA X · SUSPENSIÓN DE LA AUDIENICA - · CITA A NOTIFICACIÓN DE LA SENTENCIA - · SENTENCIA X Constancia: Se deja constancia que la parte demanda no ha comparecido a la presente audiencia estando válidamente emplazada, haciéndose efectivo el apercibimiento legal. Hechos los llamados de rigor en la antesala del Tribunal no comparece en la presente audiencia. RELACION DE LOS HECHOS: Consta íntegramente en audio. CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a conciliación, esta no se produce, debido a la rebeldía de la parte demanda. SOLICITUD DEMANDANTE: Según consta en los autos virtuales se encuentra legalmente emplazada la demandada y no ha comparecido a estrados, encontrándose en rebeldía esta parte solita que S.S., ejerza la facultad del artículo 453 N°1 inciso 7 y tuviera como tácitamente admitidos los hechos señalados en la demanda y proceda a dictar fallo. HECHOS CONTROVERTIDOS: I. Procedencia de otorgar las prestaciones demandadas. II. Si la demandante hizo o no uso del feriado legal. III. Si se efectúo un préstamo que corresponda descontar. MEDIOS DE PRUEBA PARTE RECLAMANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA: Documental: a) Acta de reclamo interpuesto ante la Inspección del Trabajo N° 1318/2023/6812, de fecha 21 de marzo de 2023 b) Acta de Comparendo de Conciliación Nº 1318/2023/6812 llevado a cabo ante la Inspección del Trabajo de la comuna de Santiago de fecha: 5 de mayo de 2023 c) Contrato de trabajo de fecha 20 de septiembre de 2022 d) Anexo de contrato de fecha 1 de febrero de 2023 e) Carta de renuncia suscrita ante la D

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, doña MARIA MAGDALENA MUÑOZ VIELMA, RUT 26.385.409–8, conserje, domiciliada en calle Salomón Sack N° 400, Comuna De Independencia, Región Metropolitana, deduce demanda en procedimiento monitorio en contra de COMUNIDAD EDIFICIO HACIENDA CAPITAL, RUT: 53.323.379 –1, representada por don JOSÉ LUIS RIOS MUNDACA, RUT: 14.039.902 –7, ambos domiciliados en calle Hipódromo Chile N° 1640, Comuna de Independencia, Región Metropolitana, solicitando que se declare que: A.- Que trabajó para el demandado bajo un régimen laboral desde el día 20 de septiembre de 2021 al día 22 de febrero de 2023; B.- Que la relación laboral concluyó por renuncia voluntaria con fecha 22 de febrero de 2023, es decir, por la causal prescrita en el artículo 159 N° 2 del código del trabajo; C. Que en virtud de lo anterior se condene al demandado al pago de las siguientes prestaciones: 1.-Feriado Proporcional, por el periodo que va desde el día 20 de septiembre de 2022 al día 22 de febrero de 2023 (5 meses y 2 días), lo que equivale a 8.8666 días corridos; sobre la base de una remuneración mensual bruta de $500.000.-brutos. -; por la cantidad total de $147.776.-; y, 2.-Descuentos improcedentes realizados en la remuneración del mes de febrero de 2023 por los conceptos y sumas que siguen: “horas de descuento”, por la suma de $65.178.-y “préstamo” por la suma de $100.000.-; por el total de $165.178.-; 3.-Reajustes, intereses hasta el momento del pago efectivo de la deuda, de conformidad con lo indicado en el artículo 63 del Código del Trabajo,.4.-Se condene al demandado a todas las costas del juicio.- SEGUNDO: Que, la demanda no fue contestada, haciéndose efectivo el apercibimiento legal respecto de la parte empleadora. TERCERO: Que, con el mérito de la prueba documental rendida en el juicio, y tomando en especial consideración que la parte demandada no acreditó que hubiere efectivamente pagado el feriado proporcional demandado, ni tampoco justificó la procedencia de los descuentos efectuados en la remuneración del mes de febrero de la actora, se tendrá por acreditado la procedencia de los cobros efectuados en esta causa. EN VIRTUD DE LO EXPUESTO, DISPOSICIÓNES LEGALES CITADAS Y DEMÁS APLICABLES,

Fallo

se declara que se acoge la demanda, declarándose que la relación laboral habida entre las partes, desde el día 20 de septiembre de 2022 hasta el 22 de febrero de 2023, concluyó por renuncia voluntaria de la trabajadora, debiendo la demandada pagar las siguientes prestaciones: a) Feriado proporcional por 8.8666 días corridos; sobre la base de una remuneración mensual bruta de $500.000.-brutos. -; por la cantidad total de $147.776; y, b) Restitución de las sumas descontadas de la remuneración de febrero de 2023, estos son: “horas de descuento” por la suma de $65.178.-y “préstamo” por la suma de $100.000.-; por el total de $165.178.- c) Reajustes, intereses hasta el momento del pago efectivo de la deuda, de conformidad con lo indicado en el artículo 63 del Código del Trabajo. d) No se condena en costas al demandado, por no haberse opuesto. REGISTRESE, téngaseles por notificado; y, archívese, en su oportunidad. Ejecutoriada la resolución, pasen los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional. Dictada por doña LUZ ADRIANA CELEDON BULNES, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago, a siete de ago

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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO MONITORIO (Audiencia Presencial) FECHA Santiago, 07 de agosto de 2023 RUC 23-4-0492505-9 RIT M-2338-2023 CARATULADO MUÑOZ/EDIFICIO HACIENDA CAPITAL MAGISTRADO LUZ ADRIANA CELEDON BULNES ADMINISTRATIVO DE ACTAS Bernardita Estefanía Zamora Picciani HORA DE INICIO 09:25 HORA DE TERMINO 09:43 SALA Sala 3.2 Nº REGISTRO DE AUDIO 2340492505-9-1348

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