Juzgado de Letras de La Calera

MADRID/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CALERA

Rol

C-1471-2022

Fecha

2 de febrero de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Que a folio 1 compareci ó NANCY DEL CARMEN MADRID VERGARA, jubilada, domiciliada en Poblaci n Los Huertos, pasajeó Iquique #1766, La Calera, quien dedujo demanda en procedimiento ordinario de prescripci n extintiva de la acci n de cobro de derechosó ó municipales en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CALERA, entidad de derecho p blico representada por su Alcalde Johnnyú Alexis Piraino Meneses, ignora profesi n u oficio, ambos domiciliado enó calle Marathon N 312, La Calera.° Fundament su demanda exponiendo que dó e acuerdo al certificado de fecha 19 de abril ltimo, emitido por el encargado de patentes de dichoú organismo acompa ado, mantiene con este una deuda por no pago deñ derecho de aseo domiciliario respecto del inmueble que me sirve de domicilio -y de su propiedad-, por la cantidad de $354.775.- (trescientos cincuenta y cuatro mil setecientos setenta y cinco pesos), todo

Fundamentos

considerando per odos que van desde el a o 2001 a 2005.í ñ Afirm que la acci n para perseguir el pago de la deuda devengadaó ó hasta el a o 2005, se encuentra prescrita, habida consideraci n de haberñ ó transcurrido el plazo de cinco a os, dispuesto en el primer inciso delñ art culo 2.515 del C digo Civil, sin haber ejercido la demandada dichaí ó acci n.ó Previas citas legales, solicit ó tener por interpuesta demanda ordinaria de declaraci n de prescripci n extintiva de la acci n judicial antes se alada,ó ó ó ñ en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CALERA, y en definitiva, declarar que se encuentra prescrita la acci n la acci n ordinariaó ó de cobro de derechos de deuda de aseo domiciliario por un valor total de $354.775. Que, a folio 10 consta notificaci n subsidiaria de acuerdo a loó dispuesto en el art culo 44 del C digo de Procedimiento Civil, efectuada aí ó la demandada. Que, a folio 23 la demandada contesta la demanda allan ndoseá ntegramente a la demanda en los t rminos que all se indican, solicitandoí é í no ser condenada en costas. Que, a folio 26, se cit a las partes a o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en el folio 1, compareci ó NANCY DEL CARMEN MADRID VERGARA, quien dedujo demanda ordinaria de prescripci n extintiva de la acci n de cobro de derechos municipales, enó ó contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CALERA, en base a los argumentos expuestos en la parte expositiva del presente fallo. SEGUNDO: Que a folio 23, la parte demandada se allanó expresamente a la demanda respecto de la solicitud de que se declare la prescripci n, y el monto de lo prescrito.ó Código: MVRDXDLXVVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl TERCERO: Que, la parte demandante, acompa en parte deñó prueba el certificado de deuda de aseo domiciliario, de fecha 19 de abril ltimo, copia de dominio vigente del inmueble y certificado de privilegio deú pobreza. CUARTO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el art culoí 2.492 del C digo Civil, ó “La prescripci n es un modo de adquirir las cosasó ajenas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse pose dosí las cosas o haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem s requisitos legales. Una acci n oá ó derecho se dice prescribir cuando se extingue por prescripci n.ó A su vez, el art culo 2.515 del mismo cuerpo legal, estatuye, que í “El tiempo es en general de tres a os para las acciones ejecutivas y de cincoñ a os para las ordinarias.ñ .” QUINTO : Que en m rito del allanamiento de la demandada y de loé prescrito en el art culo 2.515 del C digo Civil, la demanda ser acogidaí ó á toda vez que los derechos de aseo domiciliario de los a os 2001 a 2005, señ encuentran largamente prescritos por aplicaci n de la regla general queó establece un plazo de cinco a os contados desde que la obligaci n se hayañ ó hecho exigible, lo que en la especie ha acontecido, por lo que as seí

Fallo

se resuelve: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por do a ñ NANCY DEL CARMEN MADRID VERGARA, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CALERA, ambos ya individualizados, y en consecuencia, se declara la prescripci n de la acci n de la demandada poró ó derechos de pago de aseo domiciliario de los a os 2001 al 2005, por unñ valor total de $354.775. II.- Que, no se condena en costas a la parte demandada, por haberse allanado a la demanda. Reg strese, notif quese y arch vense los autos en su oportunidad.í í í Pronunciada por don Sebasti n Tapia Astudilloá , Juez Suplente del Juzgado de Letras de La Calera. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en La Calera, dos de Febrero de dos mil veintitr sé Código: MVRDXDLXVVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-02-02T12:33:29-0300

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de La Calera CAUSA ROL : C-1471-2022 CARATULADO : MADRID/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CALERA La Calera, dos de febrero de dos mil veintitr sé VISTO: Que a folio 1 compareci ó NANCY DEL CARMEN MADRID VERGARA, jubilada, domiciliada en Poblaci n Los Huertos, pasajeó Iquique #1766, La Calera, quien dedujo demanda en procedimiento ordinario de

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