CALLE/
Rol
V-291-2022
Fecha
2 de febrero de 2023
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1 compareció RODRIGO LEONARDO MUÑOZ PONCE, cédula de identidad n°9.072.069-4, abogado, domiciliado en calle Arturo Prat n°391, Edificio Empresarial, oficina 92, en representación convencional de ANTONIA EUGENIA CALLE GONZÁLEZ, cédula de identidad n°6.764.287-2, agricultora y ganadera, domiciliada en Pasaje Tinguiririca n°3285, Población Los Industriales, de esta comuna y provincia; quien solicitó ordenar al Conservador de Bienes Raíces de Arica, Fernando Manterola Salas, abogado, con domicilio en calle Maipú n°751, de esta ciudad, para que proceda a archivar el plano cuyo suplente rehusó, no obstante, cumplir con todos y cada uno de los requisitos legales, inclusive, el de estar debidamente certificado por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG). Sostuvo que su representada, ANTONIA EUGENIA CALLE GONZÁLEZ, es propietaria del inmueble rural ubicado en Huancarane, comuna de Codpa, región de Arica y Parinacota, debidamente inscrito a su nombre e individualizado como “LOTE N°1, de la división del lote N°2, del distrito de Camarones” y que, conforme a fojas 121 vuelta N°169 del Registro de Propiedad del año 1987, posee los siguientes linderos registrales: AL NORTE: pie cerros fiscales; AL SUR: sesgo del cauce rio Camarones; AL ESTE: terrenos fiscales fangosos, separados por cercos; AL OESTE: Santiago calle González, separado por cercos; que dicho inmueble tiene asignado el rol de avalúo fiscal N°5000-148 y consta del plano archivado. Indicó que, con vista a asignar su propiedad en lotes equitativos a sus hijos, su representada comenzó a hacer todos y cada uno de los trámites requeridos por la ley para dichos efectos; que, por supuesto, conforme a la normativa vigente, los lotes resultantes deben cumplir estrictamente con las superficies prediales mínimas exigidas por el Decreto Ley 3.516, entre otras normas. Para lo anterior, solicitó al profesional Carlos Valdera Medina, ingeniero agrónomo, que confeccionara un plano respecto del terreno (que en total ti
Fundamentos
CONSIDERANDO: Código: YXNGXDKMJVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 PRIMERO: Que, conforme al mérito de los antecedentes aportados en autos, es necesario dilucidar sobre la procedencia de la solicitud requerida por RODRIGO LEONARDO MUÑOZ PONCE, en representación de ANTONIA EUGENIA CALLE GONZÁLEZ, a la luz de los preceptos que la norman, en cuanto pide ordenar al Conservador de Bienes Raíces de Arica, Fernando Manterola Salas, que proceda a archivar el plano cuyo suplente rehusó, no obstante, cumplir con todos y cada uno de los requisitos legales, inclusive, el de estar debidamente certificado por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG). SEGUNDO: Que, en orden a acreditar la existencia de los requisitos necesarios para obtener la inscripción materia de autos, se han reunido los siguientes antecedentes probatorios: 1. Certificado de observaciones emitido por el Conservador de Bienes Raíces de Arica, Nº de Caratula N° 237551, emitido el 01 de julio del 2022. 2. Copia de plano que se encuentra archivado bajo el N° 5, con fecha 28 de enero del 1987, emitido el día 01 de febrero del 2022, por el Conservador De Bienes Raíces. 3. Copia de plano confeccionado por Ingeniero Agrónomo Carlos Valdera Medina, certificado por Servicio Agrícola Ganadero, de fecha 01 de junio de 2022 y Servicio Impuestos Internos, de fecha 10 de junio de 2022. 4. Certificado de dominio vigente del inmueble rural ubicado en Huancarane, de la Comuna de Codpa, Región de Arica y Parinacota, debidamente inscrito a nombre de su representada, Antonia Eugenia Calle González. TERCERO: Que el Conservador de Bienes Raíces de Arica rehusó el archivo del plano requerido por la solicitante, fundado, conforme consta en oficio evacuado a folio 10 de autos, en que el predio a subdividir “no tiene deslindes dimensionados ni se consigna en su inscripción registral superficie predial alguna, que permita constatar la completa congruencia entre los lotes resultantes (con metraje y superficies concretas) y el inmueble registral que se subdivide”. En ese sentido, arguyó que “acceder al archivo solicitado, modificando una inscripción de propiedad sin deslindes dimensionados, puede traer aparejado la posibilidad de superposición de posesiones inscritas, afectando los derechos de los terceros colindantes, debiendo el propietario correspondiente ejercer los mecanismos legales establecidos, para determinar los deslindes específicos de su predio y sobre el cual ejerce su posesión”. Así, señaló que tampoco existiría norma en el Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces que autorice a los Conservadores de Bienes Código: YXNGXDKMJVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Raíces, mediante un instrumento de carácter privado y otorgado de forma unilateral, a modificar los linderos del fundo registral; que el Reglamento exige que toda inscripción, subins
Fallo
se resuelve: Que HA LUGAR a la solicitud deducida en el folio 1 por RODRIGO LEONARDO MUÑOZ PONCE, abogado en representación de ANTONIA EUGENIA CALLE GONZÁLEZ y se ordena al Señor Conservador de Bienes Raíces de esta ciudad, que proceda al archivo del plano de subdivisión del Lote 1 de la propiedad inscrita a fojas 121 vuelta N°169 del Registro de Propiedad del año 1987 del Conservador de Bienes Raíces de Arica, a nombre de la solicitante de autos. Código: YXNGXDKMJVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Regístrese y notifíquese. Rol Nº V-291-2022 Dictada por don GONZALO BRIGNARDELLO CRUZ, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Arica. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Arica, dos de Febrero de dos mil veintitrés tar Código: YXNGXDKMJVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-02-02T12:18:04-0300
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 17 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Arica CAUSA ROL : V-291-2022 CARATULADO : CALLE/ Arica, dos de Febrero de dos mil veintitrés VISTOS: A folio 1 compareció RODRIGO LEONARDO MUÑOZ PONCE, cédula de identidad n°9.072.069-4, abogado, domiciliado en calle Arturo Prat n°391, Edificio Empresarial, oficina 92, en representación convencional de ANTONIA
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