25º Juzgado Civil de Santiago

CARABINEROS DE CHILE DIRECCIÓN BIENESTAR/SALAZAR

Rol

C-4567-2020

Fecha

31 de enero de 2023

Materia

OTROS SUMARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En folio 1 compareció doña CAROLINA VASQUEZ ROJAS, Abogado Procurador Fiscal (S) de Santiago, del CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO, en representación de la DIRECCIÓN DE BIENESTAR DE CARABINEROS DE CHILE, corporación de derecho público, ambos con domicilio en calle Agustinas Nº 1685, comuna de Santiago, quien, en la representación investida, interpuso en juicio sumario conforme a los artículos 680 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, una acción de término de contrato de arrendamiento y restitución del inmueble fiscal, en contra de JONATHAN SALAZAR ESPINOZA, ex Cabo 1º de Carabineros de Chile, con domicilio en Conjunto Habitacional 8va. Comisaría, Bascuñán Nº 760, departamento Nº 11, Comuna de Santiago, en virtud de los hechos y

Fundamentos

fundamentos de derecho que se reproducen a continuación: Sostuvo que con fecha 31 de diciembre de 2018, la Dirección de Bienestar de Carabineros de Chile, en uso de las facultades estatutarias que le otorgaba el D.F.L. Nº 2 de 1968, Estatuto del Personal de Carabineros, actual D.F.L. Nº 412 de 1992, arrendó, asignó y entregó el inmueble ya singularizado (Conjunto Habitacional 8va. Comisaría, Bascuñán Nº 760, departamento Nº 11, Comuna de Santiago), al funcionario de Carabineros de Chile, don Jonathan Código: NGGYXDYXHXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4567-2020 Foja: 1 Salazar Espinoza, ya individualizado - quien no sigue prestado servicios en la Institución - mientras reuniere y cumpliere con las exigencias establecidas en el Reglamento para la ocupación de viviendas fiscales o proporcionadas por el Fisco para el personal de Carabineros de Chile, según consta del mérito del contrato de arriendo, suscrito al efecto por el Jefe del Departamento de Gestión Inmobiliaria de Carabineros de Chile. En tal instrumento se estipulan obligaciones para el Sr. Salazar en compensación al beneficio que se le otorgó; entre ellas, aportar mediante un descuento mensual un porcentaje de su sueldo, respetar las disposiciones legales y reglamentarias y las Ordenes Generales o Especiales que se dicten para la mejor administración de la propiedad, indicó. Refirió que respecto del ex funcionario Salazar se dispuso la baja por conducta mala y con efecto inmediato, con fecha 25 de agosto de 2019 y,

Fallo

por tanto, de acuerdo con lo prescrito en el D.F.L. Nº412 de 1992, y en la Orden General Nº 2009, de 11 de mayo de 2011 de la Dirección General de Carabineros, el ex funcionario se encontraba en la obligación de restituir la vivienda a la autoridad de Carabineros de Chile, desde la fecha en que se dictó la correspondiente resolución de baja de las filas de la Institución, lo que hasta la fecha no ha ocurrido, estando vencido el plazo con creces. En efecto, en la cláusula novena del contrato que acompañó, señaló que dispone textualmente: “Las partes acuerdan que la fecha de término de este contrato de arrendamiento será 60 días corridos después de aquella en que se notifique al arrendatario de la respectiva resolución o decreto que disponga su nueva destinación, traslado, retiro, licenciamiento, o se produzca la pérdida de dicha calidad o cargo por cualquier causa que se decida por el Alto Mando Institucional de Carabineros de Chile, a no mantenerse el arrendamiento. Estando obligado a restituir la vivienda a la autoridad que le hizo entrega de ésta, a más tardar dentro del período de los 60 días siguientes indicados anteriormente”. Código: NGGYXDYXHXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4567-2020 Foja: 1 Alegó que la autoridad institucional, habiendo tomado conocimiento de la baja del demandado, en cumplimiento de la normativa indicada, el 25 de noviembre de 2019 conminó al demandado para que restituyera el

Texto Completo (Preview)

C-4567-2020 Foja: 1 FOJA: 71 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 25 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-4567-2020 CARATULADO : CARABINEROS DE CHILE DIRECCI NÓ BIENESTAR/SALAZAR Santiago, treinta y uno de Enero de dos mil veintitr sé VISTOS: En folio 1 compareció doña CAROLINA VASQUEZ ROJAS, Abogado Procurador Fiscal (S) de Santiago, del CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO, en representa

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