QUIROGA/SOUTHPOINT S.A
Rol
O-1793-2023
Fecha
4 de agosto de 2023
Materia
Despido indirecto, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que constan en registro de audio: 1) Cesar Leonardo Méndez Ángeles, cédula de identidad N°10.415.529-4. 2) Cristian Ángulo Herrera, cédula de identidad N°9854992-7. Observaciones a la prueba: La parte demandante realiza sus observaciones a la prueba rendida en juicio, lo cual consta en el respectivo registro de audio. Sentencia: Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva. Por estas consideraciones y visto además teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 9, 10, 160, 162, 168, 171, 420 y siguientes, 446 y siguientes todos del Código del Trabajo, artículo 1698 del Código Civil, se resuelve: I. Que se rechaza la demandada en todas sus partes y se declara que el contrato de trabajo que existió entre doña ALDA MACARENA QUIROGA BASAURE y SOUTHPOINT S.A. concluyó con fecha 07 de febrero de 2023 por renuncia voluntaria de la trabajadora. II. Que no se condena en costas a la demandante por estimar que tuvo motivo plausible para litigar y además por encontrarse la demandada en procedimiento de liquidación concursal. Regístrese y archívense los antecedentes en su oportunidad. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas en esta audiencia en virtud del apercibimiento al cual fueron citadas. Dirigió la audiencia y dictó sentencia doña Carolina Bravo Yáñez, Jueza Titular Destinada del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, cuatro de agosto de mil veintitrés.-
Fallo
Por estas consideraciones y visto además teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 9, 10, 160, 162, 168, 171, 420 y siguientes, 446 y siguientes todos del Código del Trabajo, artículo 1698 del Código Civil, se resuelve: I. Que se rechaza la demandada en todas sus partes y se declara que el contrato de trabajo que existió entre doña ALDA MACARENA QUIROGA BASAURE y SOUTHPOINT S.A. concluyó con fecha 07 de febrero de 2023 por renuncia voluntaria de la trabajadora. II. Que no se condena en costas a la demandante por estimar que tuvo motivo plausible para litigar y además por encontrarse la demandada en procedimiento de liquidación concursal. Regístrese y archívense los antecedentes en su oportunidad. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas en esta audiencia en virtud del apercibimiento al cual fueron citadas. Dirigió la audiencia y dictó sentencia doña Carolina Bravo Yáñez, Jueza Titular Destinada del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, cuatro de agosto de mil veintitrés.-
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 04 DE AGOSTO DE 2023 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 15 RUC 23-4-0467533-8 RIT O-1793-2023 MAGISTRADO CAROLINA BRAVO YÁÑEZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS NATALIA ROJAS CHANDÍA HORA DE INICIO 12:31 HORAS HORA DE TERMINO 13:12 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2340467533-8-1349-230804-00 PARTE DEMAN
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