JAQUE/
Rol
V-203-2022
Fecha
31 de enero de 2023
Materia
REGISTRO CIVIL, RECTIFICACIÓN PARTIDAS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que con fecha 29 de Julio de 2022, mediante presentaci n ingresadaó a trav s de la oficina judicial virtual, comparece do a é ñ Cynthia Andrea Jaque Hern ndezá , estudiante, c dula nacional de identidad 20.650.802-7,é domiciliada en Samos n 633, comuna de Pudahuel, quien solicita se° autorice la rectificaci n de partida de nacimiento, en el sentido de suprimiró su primer nombre, quedando en definitiva como Andrea Jaque Hern ndez.á Refiere que en su partida de nacimiento n 10 de fecha 27 de° Diciembre de 1997, de la circunscripci n Pudahuel, del Servicio de Registroó Civil e Identificaci n, aparece registrado su nombre como Cynthia Andreaó Jaque Hern ndez, que fue criada por sus padres adoptivos do a Clemenciaá ñ Hern ndez y don Julio Jaque, quienes le brindaron todos los cuidadosá necesarios, sin embargo, con el paso del tiempo comenz a experimentaró desagrado con su primer nombre que fue elegido por sus padres biol gicosó a quienes jam s conoci , sintiendo la necesidad de eliminar este nombreá ó que le hace recordar el abandono de su progenitores. En derecho indica que en su caso concurre las causales previstas en las letras a y b del inciso segundo del art culo 1 de la Ley N 17.334, porí ° lo que previas citas legales solicita tener por interpuesta la solicitud y pide que se ordene la rectificaci n de su partida de nacimiento en el sentido deó eliminar su primer nombre de Cynthia Andrea Jaque Hern ndez, porá Andrea Jaque Hern ndez.á Código: JLSLXDHHHSN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Con fecha 14 de Noviembre de 2022, folio 19, consta que se rindió informaci n sumaria de testigosó Con fecha 06 de Diciembre de 2022 a folio 24 consta informe emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n.ó Con fecha 04 de Enero de 2023 a folio 26, se acompa publicaci nñó ó legal efectuada el 15 de Diciembre de 2022. Por resoluci n de 18 de Enero de 2023, folio 29 se decret autos paraó
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en autos compareci do a Cynthia Andrea Jaqueó ñ Hern ndez, debidamente representada, solicitando se elimine su primerá nombre, a fin de quedar como Andrea Jaque Hern ndez, de acuerdo a losá fundamentos descritos al principio de esta sentencia. SEGUNDO: Que se invoca como fundamento la Ley N 17.344,° que en su art culo 1 , reconoce el derecho que toda persona tiene a usar losí ° nombres y apellidos con que haya sido individualizada en su respectiva inscripci n de nacimiento. Sin perjuicio de los casos en que las leyesó “ autorizan la rectificaci n de inscripciones del Registro Civil ( ), cualquieró … persona podr solicitar, por una sola vez, que se le autorice para cambiará sus nombres o apellidos, o ambos a la vez, en los siguientes casos: a) Cuando unos u otros sean rid culos, risibles o la menoscaben moralí o materialmente; b) Cuando el solicitante haya sido conocido durante m s de cincoá a os, por motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentesñ de los propios; Código: JLSLXDHHHSN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 TERCERO: Que a fin de acreditar lo correspondiente, se acompañó a la carpeta electr nica: 1) Partida de nacimiento de la solicitante; 2)ó Certificado de nacimiento de la solicitante. CUARTO: Que se agreg al expediente electr nico a folio 24, Oficioó ó N 5475, de fecha 05 de Diciembre de 2022, del Servicio de Registro Civil° e Identificaci n, quien inform que consta en sus registros la inscripci n deó ó ó nacimiento N 10 del a o 2003, de la circunscripci n de Pudahuel, siendo° ñ ó titular de ella do a Cynthia Andrea Jaque Hern ndez, consign ndose en elñ á á rubro correspondiente al padre a don Julio Enrique Jaque Rodr guez y ení el correspondiente a la madre a do a Clemencia Ver nica Hern ndezñ ó á Bastias. Asimismo, se ala el oficio que para los efectos de lo dispuesto en elñ inciso 7 del art culo 2 de la Ley N 17.344, el solicitante no registra° í ° ° anotaciones en el Registro General de Condenas, remiti ndose su extractoé de filiaci n y antecedentes.ó QUINTO: Que a folio 19 y con fecha 14 de Noviembre de 2022, se rindi informaci n sumaria de testigos, consistente en las declaraciones deó ó los testigos, do a Daniela Castillo C rdova y do a Katherine Rojas Cer n,ñ ó ñ ó quienes legalmente juramentadas y dando suficiente raz n de sus dichosó declararon lo siguiente: La primera de ellas , indica conocer a la solicitante desde hace unos 6 a os por haber trabajado y estudiado juntas, que siempre se hañ presentado como Andrea, que no le agrada el nombre Cynthia, debido a que le recuerda a sus progenitores con quienes no tiene relaci n.ó La segunda testigo, indica que conoce a la solicitante por m s de 5á a os, por ser vecinas, que siempre se ha presentado como Andrea y noñ como Cynthia, nombre que no le gusta ni utiliza por cuanto le recuerda a su padres biol gicos con quienes no tiene cercan a y que todo el mundo l
Fallo
Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en el art culo 1 letraí ° b), 2 y pertinentes de la Ley N 17.344, sobre Autorizaci n de Cambio de° ° ó Nombre; art culos 17 y 18 de la Ley N 4.808, sobre Registro Civil;í ° art culos 817 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, y dem sí ó á normas aplicables, se declara: I. Que se ACOGE lo pedido con fecha 29 de Julio de 2022, orden ndose al se or Director del Servicio de Registro Civil eá ñ Identificaci n que rectifique la Partida de Nacimiento N 10,ó ° del a o 2003 de la Circunscripci n Pudahuel, de do añ ó ñ CYNTHIA ANDREA JAQUE HERN NDEZ,Á c dula deé Identidad N° 20.650.802-7, en el sentido de rectificar su actual nombre, eliminando el primero de sus nombres quedando en definitiva como ANDREA JAQUE HERN NDEZÁ . Reg strese y dese copia.í DICTADA POR DO A MAR A ISABEL REYES KOKISCH,Ñ Í JUEZ SUPLENTE. AUTORIZA DO A MARIELLAÑ RISOPATRON CERNA, SECRETARIA SUBROGANTE. Código: JLSLXDHHHSN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, treinta y uno de Enero de dos mil veintitr sé Código: JLSLXDHHHSN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-31T15:58:12-0300
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 28 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-203-2022 CARATULADO : JAQUE/ Santiago, treinta y uno de Enero de dos mil veintitr sé VISTOS: Que con fecha 29 de Julio de 2022, mediante presentaci n ingresadaó a trav s de la oficina judicial virtual, comparece do a é ñ Cynthia Andrea Jaque Hern ndezá , estudiante, c dula nacional de ident
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica