Juzgado de Letras de Angol

BOBADILLA/

Rol

V-77-2022

Fecha

31 de enero de 2023

Materia

CURADOR, NOMBRAMIENTO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1 de autos, con fecha 15 de diciembre de 2022, compareció doña ANA ISABEL BOBADILLA BOBADILLA, chilena, casada, labores de hogar, cédula nacional de identidad N° 9.686.181-8, domiciliada en Barrio Coñuñuco, calle Molina N° 315, de la comuna de Angol, solicitando que se le nombre como curadora de los bienes de la persona ausente, esto es, su hermana doña MARÍA ANGÉLICA COFRÉ BOBADILLA, chilena, casada, labores de casa, cédula nacional de identidad N° 6.631.578-9, cuyos domicilios conocidos son extranjero Larga Vieja S/N, San Rafael, Extranjero, según informe del Servicio de Registro Civil e Identificación y Carabineros de Chile, evacuados en causa Rol , de este mismo Tribunal, caratulada “Bobadilla/”, la que solicita traer a la vista para resolver en definitiva, sobre la base de los siguientes antecedentes. Expone que la presente solicitud de curadora de los bienes de la persona ausente, tiene como propósito asumir la administración de los bienes de la pupila, a objeto de representarla en la partición de bienes quedados al fallecimiento del tío en común, don Fernando Antonio Bobadilla Sepúlveda, y que recae específicamente en los fondos previsionales mantenidos por éste en su cuenta de capitalización individual en la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) Provida S.A., relevándola de la obligación de rendir fianza u otra caución y de la facción de inventario solemne, sirviéndole de suficiente discernimiento la resolución que la designe Agrega que su tío era soltero y sin hijos, por lo tanto, y tal como consta de la posesión efectiva, sus únicos herederos son: Silvia del Carmen Bobadilla Sepúlveda, Carmen Gloria Bobadilla Fernández, Luis Guillermo Bobadilla Fernández, Julio César Cofré Bobadilla, María Angélica Cofré Bobadilla, Yolanda Susana Cofré Bobadilla, Carlos Alfredo Cofré Bobadilla, Ricardo Arturo Bobadilla Bobadilla, Ana Isabel Bobadilla Bobadilla, Alejandra Beatriz Bobadilla Bobadilla, Mónica Sabina Bobadilla Bobadilla, Manuel Patricio Bobadilla Bobadilla y Sara Irene Cofré Segura. Menciona que el único bien quedado al fallecimiento de su tío, entonces, lo constituyen los fondos previsionales en la mentada entidad de previsión, según consta del certificado consolidado previsional emitido con fecha 29 de junio de Código: NCMZXDQXEWN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022, que registra un abono previsional de $13.918.802.-, y toda la comunidad hereditaria está de acuerdo en solicitar dichos fondos para repartirlos en la proporción que les corresponde, especialmente, para los herederos de avanzada edad y complicaciones de salud urge un apoyo monetario. Refiere que la participación de su hermana María Angélica Cofré Bobadilla en la herencia asciende al 3,3% de la masa hereditaria y respecto del único bien a partir, el que está constituido por los fondos previsionales, su asignación equivale a la suma de $459.320.-, aproximadamente.

Fallo

en mérito de lo expuesto y previas citas legales, solicitó que se tuviera por interpuesta solicitud de nombramiento de curadora de bienes de la ausente, su hermana doña María Angélica Cofré Bobadilla, ya individualizada, y en definitiva acogerla en todas sus partes y nombrarle su curadora de bienes, especialmente para representarla en la partición de bienes quedados al fallecimiento del tío en común, el causante don Fernando Antonio Bobadilla Sepúlveda, y que recae específicamente en los fondos previsionales mantenidos por éste en AFP Provida S.A., relevándole de la obligación de rendir fianza u otra caución y de la facción de inventario solemne, sirviéndome de suficiente discernimiento la resolución que la designe. SEGUNDO: Que, a efectos de acreditar sus asertos y los presupuestos de la gestión incoada, la peticionaria acompañó a su solicitud los siguientes documentos: 1.- Copia simple de cédula de identidad de la solicitante. 2.- Certificado de nacimiento de la ausente. 3.- Certificado de nacimiento de la solicitante. 4.- Certificado de posesión efectiva de don Fernando Antonio Bobadilla Sepúlveda emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación. 5.- Certificado de exención del impuesto a la herencia emitido por el Servicio de Impuestos Internos. 6.- Certificado de cuentas personales previsionales emitido por la AFP Provida S.A., con fecha 29 de junio de 2022. 7.- Mandato especial y autorización otorgado por escritura pública ante Notario Público de Angol,

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FOJA: Siete -7- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Angol CAUSA ROL : V-77-2022 CARATULADO : BOBADILLA/ Angol, treinta y uno de enero de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1 de autos, con fecha 15 de diciembre de 2022, compareció doña ANA ISABEL BOBADILLA BOBADILLA, chilena, casada, labores de hogar, cédula nacional de identidad N° 9.686.181

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