Juzgado de Letras y Gar.de Litueche

CAMUS/

Rol

V-33-2021

Fecha

31 de enero de 2023

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 08 de abril de 2021, comparece don PEDRO MANUEL PRADO ORELLANA, chileno, cédula nacional de identidad N° 8.581.045-6, minero, viudo, domiciliado en Negrete 1167, Ciudad de San Fernando, Provincia de Colchagua, Sexta Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, quien presenta manifestación minera conforme al Artículo 39 del Código de Minería, para la Señora, PAULINA CAMUS BORIES, chilena, Educadora de Párvulo, viuda, domiciliada en Fundo La Aguada sin número, Comuna de la Estrella, Provincia Cardenal Caro, Sexta Región del Libertador General Bernardo O’Higgins. Indicó que en la Sexta Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, Provincia Cardenal Caro, ha encontrado sustancias concesibles. El punto de interés tiene las siguientes coordenadas U.T.M.: Norte, 6.206.193,00; Este, 249.835,00, de la comuna de La Estrella. Señaló que viene en manifestar el yacimiento y solicitar para la interesada la constitución de 20 pertenencias mineras de explotación, de 5 hectáreas cada una con el nombre de “SARA 1 AL 20”, las que cubren una superficie total de 100 hectáreas, encerradas en un cuadrado cuyos lados orientados rumbo Norte-Sur U.T.M. miden 1.000,00 metros, y los lados orientados rumbo Este-Oeste U.T.M. miden 1.000,00 metros. SEGUNDO: Que, la manifestación, en referencia, fue inscrita a fojas 116 N° 41 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Código: WZCGXDHSGXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Litueche, con fecha 29 de abril de 2021, y se publicó en el Boletín Oficial de Minería N°42.947, de fecha 06 de mayo de 2021. TERCERO: Que, con fecha 10 de noviembre de 2021, hay constancia de la presentación de solicitud de mensura de 20 pertenencias, las cuales tendrán una superficie de 5 hectáreas cada una, y que alcanza una superficie total de 100 hectáreas de las 20 manifestadas y, por resolución de fecha 12 de noviembre de 2021, se ordenó la publicación de dicha petición y se tuvo como fecha de presentación de ésta, el 08 de abril de 2021, según disposición del artículo 41 del Código de Minería. CUARTO: Que, con fecha 06 de diciembre de 2021, se publicó la solicitud de mensura en el Boletín Oficial de Minería N° 43.121, el cual fue acompañado a los autos con fecha 13 de enero de 2022. QUINTO: Que, el acta de mensura acompañada con fecha 12 de abril de 2022, da cuenta que fueron solicitadas 20 pertenencias, de las cuales fueron mensuradas 20 pertenencias con un total de 100 hectáreas, con el nombre de “SARA 1 AL 20”, ubicadas en la comuna de La Estrella. Las coordenadas U.T.M. de los vértices del perímetro mensurado son: VÉRTICE NORTE (m) ESTE (m) L-1 6.206.693,00 249.335,00 L-2 6.206.693,00 250.335,00 L-3 6.205.693,00 250.335,00 L-4 6.205.693,00 249.335,00 Las coordenadas U.T.M. del punto de interés son: Norte 6.206.193,00 metros; Este 249.835,00 metros. SEXTO: Que, con fecha 08 de noviembre de 2022 fue rec

Fallo

SE DECLARA: Código: WZCGXDHSGXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Que, SE APRUEBA el plano y acta de mensura y QUEDAN CONSTITUIDAS las pertenencias “SARA 1 AL 20”, ubicadas en el Región del Libertador Bernardo O’Higgins, Provincia de Cardenal Caro, Comuna de La Estrella, con una superficie total de 100 hectáreas, a favor de PAULINA CAMUS BORIES. Publíquese esta sentencia, dese extracto de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del mismo texto legal aludido, para tal efecto. Inscríbase, copia autorizada del citado dictamen y del acta de mensura, en el Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Litueche; y, remítanse copias autorizadas de las mismas piezas, al Servicio Nacional de Geología y Minería. Archívense los planos en los términos establecidos en el artículo 87 del aludido cuerpo legal. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol V-33-2021 Dictada por doña Marcela Vittoria Höfflinger Parra, Jueza Subrogante del Juzgado de Letras Garantía y Familia de Litueche. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. y se notific por el estado diario la sentencia precedente, enó Litueche, treinta y uno de Enero de dos mil veintitr sé Código: WZCGXDHSGXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Código: WZCGXDHSGXN Este documento tiene firma electrónica

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 33 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Litueche CAUSA ROL : V-33-2021 CARATULADO : CAMUS/ Litueche, treinta y uno de Enero de dos mil veintitr sé VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 08 de abril de 2021, comparece don PEDRO MANUEL PRADO ORELLANA, chileno, cédula nacional de identidad N° 8.581.045-6, minero, viudo, domiciliado en Negrete

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