REYES/COOPERATIVA LAUTARO ROSAS LTDA
Rol
C-751-2021
Fecha
31 de enero de 2023
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, a lo principal, comparece Claudio Delgado Gutiérrez, abogado, en representación de Miguel Ángel Reyes Espinoza, empleado, ambos con domicilio en Condell N°1356, Of. 17, comuna de Valparaíso; e interpone demanda de prescripción extintiva en contra de Cooperativa de Ahorro y Crédito Lautaro Rosas Limitada, representada por Pedro Wilfrido Bombal Serey, de profesión u oficio desconocido, domiciliados en Blanco N°1623, Of. 404, comuna de Valparaíso. A folio 11, se tuvo por contestada la demanda en rebeldía de la parte demandada, no obstante su presentación de folio 9. A folio 20, se llevó a efecto la audiencia de conciliación, la que no pudo prosperar, dada la inasistencia de la demandada. A folio 24, se recibió la causa a prueba, sin que las partes rindieran testimonial. A folio 30, se citó a las partes para oír sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a lo principal de folio 1, comparece Claudio Delgado Gutiérrez, abogado, en representación de Miguel Ángel Reyes Espinoza, empleado, ambos con domicilio en Condell N°1356, Of. 17, comuna de Valparaíso; e interpone demanda de prescripción extintiva en contra de Cooperativa de Ahorro y Crédito Lautaro Rosas Limitada, representada por Pedro Wilfrido Bombal Serey, de profesión u oficio desconocido, domiciliados en Blanco N°1623, Of. 404, comuna de Valparaíso. Funda su demanda, señalando que su representado suscribió un pagaré en favor de la demandada, pero que no pudo cumplir con la obligación en su totalidad. No obstante ello, señala que la demandada no ha realizado ninguna acción de cobro en su contra. Código: YSEEXDXMRXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Agrega que se realizó el protesto y que su representado fue informado en el Boletín Comercial, lo que ha significado un perjuicio para conseguir trabajo. Asevera que el monto de la deuda es de $6.864.630, con fecha de vencimiento el 27 de abril de 2.020. Invoca el artículo 2.492 de Código Civil, señalando que se cumplen a cabalidad los requisitos para alegar como acción la prescripción. Además, se refiere a los artículo 98 y 100 de la ley N°18.092; y al artículo 2.514 de Código Civil, aseverando que no existe disposición sustantiva ni procesal que exija que la prescripción extintiva deba alegarse exclusivamente como excepción y no como acción. Por lo anterior, solicita tener por interpuesta demanda de acción de prescripción, en contra de Cooperativa de Ahorro y Crédito Lautaro Rosas Limitada, ya individualizada, respecto de la acción cambiaria de la deuda indicada, por la cantidad de $6.864.630; y que producto del cese de la obligación civil, se ordene la eliminación del boletín comercial y todo registro comercial que mantenga su representado en calidad de deudor del crédito. SEGUNDO: Que a folio 11, se tuvo por contestada la demanda en rebeldía de la parte demandada, no obstante su presentación de folio 9. TERCERO: Que a folio 20, se llevó a efecto la audiencia de conciliación, la que no pudo prosperar, dada la inasistencia de la demandada. CUARTO: Que a folio 24 se recibió la causa a prueba, sin que las partes rindieran testimonial. QUINTO: Que para acreditar sus asertos el demandante acompañó al primer otrosí de folio 1, Informe Platinum 360, Equifax, de fecha 31 de mayo de 2.021, de don Miguel Ángel Reyes Espinoza, Rut N°9.762.140-3, en que se singulariza la deuda existente en favor del demandado, por la suma de $6.864.630, con fecha de vencimiento el 27 de abril de 2.020. Documento no objetado. SEXTO: Que al tercer otrosí de folio 9, el demandado acompañó el Pagaré N° 41653, de fecha 28 de febrero de 2.019, suscrito por el actor en la suma de $7.324.797. Código: YSEEXDXMRXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Documento no
Fallo
se declara: I.- Que se rechaza la demanda de prescripción extintiva deducida en lo principal de folio 1. II.- Que se condena en costas a la parte demandante. Regístrese y en su oportunidad, archívese. ROL N° 751-2.021 (C. Principal).- Pronunciada por Patricia Montenegro Vásquez, Juez Titular Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Valparaiso, treinta y uno de Enero de dos mil veintitr sé Código: YSEEXDXMRXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-31T12:41:14-0300
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Valpara soº í CAUSA ROL : C-751-2021 CARATULADO : REYES/COOPERATIVA LAUTARO ROSAS LTDA Valparaiso, treinta y uno de Enero de dos mil veintitr sé VISTO: A folio 1, a lo principal, comparece Claudio Delgado Gutiérrez, abogado, en representación de Miguel Ángel Reyes Espinoza, empleado, ambos con domicilio en Condell N°1356, Of. 17, comuna
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