4º Juzgado Civil de San Miguel

NAVARRETE/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN JOAQUIN

Rol

C-3855-2022

Fecha

31 de enero de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, a folio 01, comparece ELIZABETH PATRICIA NAVARRETE INFANTE, Run.: 9.798.423-9, domiciliada en pasaje Luis Emilio Recabarren 5501, San Joaqu n, quiení interpone demanda en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN JOAQUIN, Rut.: 69.254.600-8, representada legalmente por su alcalde Crist bal Amaro Labra Bossa,ó Run.: 14.146.684-4, ambos domiciliados en Avda. Santa Rosa 2606, San Joaqu n, a fin deí que se declare la prescripci n extintiva ordinaria de largo tiempo, de las acciones de cobroó de los Derechos de Aseo correspondientes al per odo que va desde el 30 de junio de 2006í hasta el 30 de septiembre de 2017, ambas fechas inclusive, por la suma de $ 1.178.202.=, de conformidad a los

Fundamentos

fundamentos de hecho y derecho que expone. Se ala que la Direcci n de Administraci n y Finanzas de la Municipalidad de Pedroñ ó ó Aguirre Cerda emiti un informe de deuda de Derechos de Aseo del inmueble de suó propiedad ubicado en pasaje Luis Emilio Recabarren 5581, San Joaqu n, en el cual habita,í actualizado al mes de 06 de octubre de 2022, las que individualizan. En cuanto al derecho, se ala que el art. 2492 del C digo Civil establece que: "lañ ó prescripci n es un modo de adquirir las cosas ajenas, o de extinguir las acciones yó derechos ajenos, por haberse pose do las cosas o no haberse ejercido dichas acciones yí derechos durante cierto lapso de tiempo y, concurriendo los dem s requisitos legales”. Porá su parte, se ala que el art culo el art. 2514 del C digo Civil, se ala, que: “Lañ í ó ñ prescripci n que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso deó tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligaci n se halla hecho exigible”ó Indica, que en consideraci n, a la no existencia de una norma espec fica sobre laó í prescripci n de esta clase de derechos municipales, debe estarse a la regla generaló contemplada respecto del t rmino exigido para la prescripci n de las acciones ordinarias,é ó Código: JTXYXDKTDKN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 esto es, 5 a os, conforme lo se ala el inciso 1° del art. 2515 del C digo Civil. ñ ñ ó As las cosas, se alar que resulta claro que a la fecha de esta presentaci n, haí ñ ó transcurrido con creces el plazo de 5 a os, respecto de los periodos que se encuentranñ entre el 30 de junio de 2006 hasta el 30 de septiembre de 2017, ambas fechas inclusive, por la suma de $ 1.178.202.=, no interrumpi ndose la prescripci n por alguna circunstanciaé ó legal, razones por las cuales, solicita se declare la prescripci n de cada cuota de derechosó de aseo emanados de los giros, ya singularizados. Finalmente, concluye, previas citas legales invocadas, tener por interpuesta en Procedimiento Ordinario de m nima cuant a, demanda de prescripci n ordinaria de la acci ní í ó ó de cobro de los Derechos de Aseo Municipal en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN JOAQUIN, representada por su Alcalde Crist bal Amaro Labra Bossa, yaó individualizado, por las acciones de cobro derivadas de los derechos de aseo municipal correspondientes al periodo que va desde el 30 de junio de 2006, hasta el 30 de septiembre de 2017, ambas fechas inclusive, por la suma de $ 1.178.202.=, en atenci n aó que han transcurrido m s de 5 a os desde la exigibilidad de cada una de las cuotas, seg ná ñ ú consta en el Informe de deudas que acompa o, con expresa condena en costas en caso deñ oposici n.ó A folio 04, se dio curso la demanda, confiriendo traslado a la parte demandada. A folio 06, la parte demandada, contest la demanda y se allan , en todas sus partesó ó a la demanda, respecto de l

Fallo

por tanto, prescriben en elí á plazo de cinco a os, que es la regla general de las acciones , por lo que en definitiva señ allana a la demanda interpuesta. A folio 12, atendido lo dispuesto en el art . 313 del C digo de Procedimiento Civil,í ó se cit a las partes para o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: Primero: Que, a folio 01, ELIZABETH PATRICIA NAVARRETE INFANTE, ya individualizada, deduce acci n de prescripci n extintiva en contra de la ILUSTREó ó MUNICIPALIDAD DE SAN JOAQUIN, representada por su Alcalde Crist bal Amaroó Labra Bossa, ya individualizados, y solicita que se declare prescrita la acci n para exigir eló cumplimiento del pago de las cuotas correspondientes a derechos de aseo domiciliario del inmueble ubicado en pasaje Luis Emilio Recabarren 5581, San Joaqu n, cuyos vencimientosí est n comprendidos entre el 30 de junio de 2006, hasta el 30 de septiembre de 2017,á ambas fechas inclusive, que ascienden a la suma de $ 1.178.202.=, fundado en las razones que se se alan en la parte expositiva de esta sentencia, las que se dan por reproducidas enñ esta secci n del fallo, omiti ndose por razones de econom a procesal.ó é í Segundo: Que, la demandada se allan , en todas sus partes a la demanda de autos,ó para perseguir el cobro de los derechos de aseo, respecto de las deudas entre el 30 de junio de 2006, hasta el 30 de septiembre de 2017, ambas fechas inclusive, por darse los presupuestos legales para declarar la prescripci n, conforme se ala en su contestaci n laó ñ ó que

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : C-3855-2022 CARATULADO : NAVARRETE/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN JOAQUIN San Miguel, treinta y uno de Enero de dos mil veintitr s.é VISTOS: Que, a folio 01, comparece ELIZABETH PATRICIA NAVARRETE INFANTE, Run.: 9.798.423-9, domiciliada en pasaje Luis Emilio Recabarren 5501, San Joaqu n

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