1º Juzgado Civil de Talcahuano

REYES/I. MUNICIPALIDAD DE HUALPÉN

Rol

C-2224-2022

Fecha

30 de enero de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Que a folio 1 comparece do a ñ AUDOLIA REYES GARC SÉ , estilista, domiciliada en calle Sussex N°103, sector Cerro Verde Alto, Hualp n, Rol deé aval o del Servicio de Impuestos Internos n mero 5315-0023, y deduce demanda deú ú prescripci n de derechos de aseo en contra de la ó Ilustre Municipalidad de Hualp né , representada por su alcalde, don Miguel Rivera Morales, ambos domiciliados en Calle Patria Nueva Nº 1035, Hualp n, a fin de que se declare laé prescripci n de la acci n de cobro de los derechos de aseo que detalla, y que vanó ó desde el d a 24 de abril de 2014 hasta el 9 de mayo de 2019, por la suma deí $539.327. Expone que el plazo de tres a os para declarar dicha prescripci n se hañ ó cumplido, seg n lo dispone el art culo 2.521 del C digo Civil.ú í ó Termina pidiendo, atendido lo expuesto y las normas legales que cita, tener por interpuesta demanda de prescripci n en contra de la ó I. Municipalidad de Hualp né , ya individualizada y, en definitiva, declarar la prescripci n de la acci nó ó de cobro de derechos de aseo domiciliario, correspondiente a los per odosí comprendidos entre los a os 2014 y 2019, con costas.ñ En un otros , acompa a los siguientes documentos:í ñ 1.- Estado de deuda otorgado por la Direcci n de Administraci n y Finanzasó ó de la I. Municipalidad de Hualp n, de fecha 27 de julio de 2022.é 2.- Copia de Inscripci n de usufructo vitalicio, de 24 de febrero de 2010,ó del Conservador de Bienes Ra ces de Talcahuano.í 3.- Privilegio de Pobreza. Código: DRXMXDVLNXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2224-2022 Foja: 1 4.- Certificado de pr ctica profesional de Carla Miranda Orellana, emitidoá por la Corporaci n de Asistencia Judicial, Hualp n.ó é A folio 11 rola notificaci n personal de la demanda al representante legaló de la demandada, don Miguel Rivera Morales, quien no contesta la demanda y se mantiene rebelde durante todo el transcurso del juicio. A folio 13 rola

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1°.- Que a folio 1 comparece do a ñ AUDOLIA REYES GARC SÉ , y deduce demanda de prescripci n de derechos de aseo en contra de la ó Ilustre Código: DRXMXDVLNXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2224-2022 Foja: 1 Municipalidad de Hualp né , a fin de que se declare la prescripci n de la acci nó ó de cobro de los derechos de aseo que detalla, conforme se rese precedentemente.ñó 2°.- Que encontr ndose legalmente emplazada la demandada, esta noá contest la demanda y se mantuvo rebelde durante todo el transcurso del juicio.ó 3°.- Que, recibida la causa a prueba, s lo la demandada rindi prueba enó ó autos, consistente en la prueba documental individualizada latamente en la parte expositiva de esta sentencia. 4°.- Que, de lo consignado en lo expositivo precedente, se desprende que la demandante solicita que se declare la prescripci n extintiva de corto tiempo deó las acciones judiciales de cobro por concepto de derechos de aseo, toda vez que la funda espec ficamente en el art culo 2.521 del C digo Civil y, adem s, seí í ó á desprende de la petici n planteada al tribunal, en tanto solicita se declare prescritaó la acci n de cobro de aseo municipal correspondiente a los periodos devengadosó entre el 24 de abril de 2014 hasta el 9 de mayo de 2019. 5°.- Que, conforme al art culo 2.514 del C digo Civil, la prescripci n queí ó ó extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligaci n se haya hecho exigible.ó Dicha prescripci n se interrumpe civilmente, con la notificaci n v lida de laó ó á demanda conforme al art culo 2.518 del C digo Civil en relaci n con su art culoí ó ó í 2.503. Finalmente, el art culo 2.521 del C digo Civil expresa que las acciones aí ó favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos, prescriben en tres a os.ñ 6°.- Que, previo a establecer si ha operado o no la prescripci n en el casoó de autos, resulta necesario establecer la naturaleza jur dica del cobro de servicios deí aseo domiciliario, a fin de determinar la normativa aplicable en cuanto a la prescripci n extintiva de los mismos.ó Sobre el particular, es menester tener en consideraci n que el Decreto Leyó N° 3.063 sobre Rentas Municipales distingue, en diversos art culos, los distintosí tipos de rentas municipales, diferenciando aquellas que provienen de impuestos, de las que provienen de derechos y de otro tipo de contribuciones municipales. Así Código: DRXMXDVLNXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2224-2022 Foja: 1 por ejemplo se distingue en el art culo 59 cuando se ala que “El monto de losí ñ impuestos y derechos establecidos en esta ley, as í como el de los derechos y demás gravámenes a beneficio municipal que se contemplen en cualesquiera otras disposiciones..

Fallo

Por estas consideraciones y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 160,á í 170 y 342 del C digo de Procedimiento Civil; 2503, 2514, 2515 y 2521 deló C digo Civil y D.L. 3063, Ley de Rentas Municipales, se resuelve:ó I.- Que SE RECHAZA, sin costas, la demanda de prescripci n extintiva deó acciones, deducida a folio 1 por do a ñ AUDOLIA REYES GARC SÉ , en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE HUALP N.É An tese, reg strese notif quese y arch vese en su oportunidad.ó í í í Rol Nº C-2224-2022.- Código: DRXMXDVLNXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2224-2022 Foja: 1 Dictada por don Leonardo Llanos Lagos, Juez interino del Primer Juzgado Civil de Talcahuano. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art culo 162í del C.P.C. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Talcahuano, treinta de Enero de dos mil veintitr sé Código: DRXMXDVLNXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2224-2022 Foja: 1 Código: DRXMXDVLNXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-30T12:53:30-0300

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C-2224-2022 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Talcahuanoº CAUSA ROL : C-2224-2022 CARATULADO : REYES/I. MUNICIPALIDAD DE HUALP NÉ Talcahuano, treinta de Enero de dos mil veintitr sé VISTO: Que a folio 1 comparece do a ñ AUDOLIA REYES GARC SÉ , estilista, domiciliada en calle Sussex N°103, sector Cerro Verde Alto, Hualp n, Rol deé aval o del Servicio de Impuestos

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