OSSANDÓN ARAYA KARINA DEL CARMEN
Rol
V-232-2022
Fecha
30 de enero de 2023
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que en lo principal de la presentaci n con fecha 17 deó noviembre de 2022, comparece KARINA DEL CARMEN OSSANDON ARAYA, matrona, c dula de identidad n mero catorceé ú millones ciento quince mil quinientos cincuenta y nueve guion ocho, domiciliada en Colina del Romero II, sitio 70 A, Comuna de La Serena, solicitando se ordene al Sr. Conservador de Bienes Ra ces deí La Serena, don Jaime Morand Miranda, inscribir la Resoluci n Exentaé ó N° E 65171, de fecha 21 de diciembre de 2021, emitida por el– Secretario Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Regi n deó Coquimbo, don Vicente Ignacio Cortes Varela, la cual ordena la inscripci n en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienesó Ra ces de La Serena, respecto a los inmuebles de su propiedad, losí cuales fueron regularizados a trav s del Decreto Ley 2.695 delé Ministerio de Bienes Nacionales. Indica que, con fecha 09 de marzo de 2021, do a Karina delñ Carmen Ossand n Araya present ante el Ministerio de Bienesó ó Nacionales solicitud para acceder al tr mite de regularizaci n de laá ó posesi n de la peque a propiedad ra z. ó ñ í Código: XLKBXDLHEYM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Se ala que, conforme Informe Jur dico de fecha 15 de marzo deñ í 2021, se logra estimar que la solicitante y su inmueble re nen, enú principio, los requisitos necesarios para proceder a la regularizaci n deó la posesi n material de la propiedad particular, habi ndose acogido laó é solicitud mediante Resoluci n Exenta N° E 10423 de 16 de maroó – de 2021. Agrega que, mediante Resoluci n Exenta N° E 40340 deó – fecha 27 de Agosto de 2021, se acept y orden la publicaci n de laó ó ó presente solicitud, efectuadas con fecha 01 y 15 de septiembre del a oñ 2021 en el “Diario El D a”; no habi ndose deducido oposici n a laí é ó misma, seg n consta en Certificado emitido con fecha 15 de diciembreú de 2021. Al efecto, indica que seg n consta de Plano N° 04101
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 17 noviembre de 2022, comparece do a Karina del Carmen Ossand n Araya, matrona, domiciliada enñ ó Colina del Romero II, sitio 70 A, Comuna de LA Serena, solicitando se ordene al se or Conservador de Bienes Ra ces de La Serena, inscribirñ í la Resoluci n Exenta N° E -65171, de fecha 21 de diciembre deó 2021, emitida por el Secretario Regional Ministerial, la cual ordena la inscripci n en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienesó Ra ces de La Serena, respecto a los inmuebles de su propiedad, losí Código: XLKBXDLHEYM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 cuales fueron regularizados a trav s del Decreto Ley 2.695 delé Ministerio de Bienes Nacionales. SEGUNDO: Que con fecha 25 de noviembre del a o 2022 se dañ curso a la gesti n, solicit ndose informe del se or Conservador deó á ñ Bienes Ra ces y Archivero Judicial de La Serena. í TERCERO: Que con fecha 12 de enero de 2023, evac aú informe el se or Conservador y Archivero Judicial de La Serena,ñ manifestando que seg n consta en car tula N° 927101, con fecha 30ú á de diciembre de 2021, Antonio Alejandro Mart nez Claussen, ení representaci n del Ministerio de Bienes Nacionales, presentó ó requerimiento de inscripci n en el Registro de Propiedad, noó procedi ndose a la solicitud, de conformidad al art culo 13 delé í Reglamento Conservatorio. Se ala que, sin perjuicio de lo se alado por la reclamante, leñ ñ resulta ineludible no proceder a practicar la inscripci n por los motivosó que expone. Agrega que, el reparo se funda en la consideraci n que laó Resoluci n Exenta N° E 65171, dictada por el Ministerio de Bienesó – Nacionales, se encuentra incompleta, debido a que se limita a citar t tulo que solo corresponde a derechos en el inmueble, omitiendo laí indicaci n de la totalidad de los t tulos que re nen el inmueble objetoó í ú del saneamiento que se pretende inscribir, generando problemas desde el punto de vista de la historia registral de los t tulos que competen alí oficio referido. CUARTO: Que el solicitante, a fin de acreditar los hechos expuestos, acompa la siguiente prueba documental: ñó Código: XLKBXDLHEYM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 1. Resoluci n Exenta N° E 65171, de fecha 21 de diciembreó – de 2021, que acepta solicitud y ordena inscripci n de do aó ñ Karina Ossand n Araya.ó 2. Minuta N° 426 de fecha 24 de diciembre de 2021, que remite resoluci n definitiva que ordena inscribir al Conservador deó Bienes Ra ces de La Serena. í 3. Plano N° 04101-14269 S.R. del inmueble ubicado en X. 4. Certificado de no oposici n de fecha 15 de diciembre de 2021,ó emitido por el Ministerio de Bienes Nacionales. 5. Documento individualizado como “Presuntiva Conservador de Bienes Ra ces La Serena”. í QUINTO: Que el art culo 13 del Reglamento del Registroí Conservatorio se ala que: “El Conservador no podr rehusar n
Fallo
por tanto, omitiendo la indicaci n de la totalidad de los t tulos que re ne el inmueble objetoó í ú del saneamiento. Sin perjuicio de lo ello, indica al efecto que trata de una omisi n de tipo formal, cuya observaci n fue hacer presente laó ó situaci n al requirente, a fin de que este ltimo obtuviera laó ú rectificaci n de la resoluci n referida. ó ó NOVENO: Que, la omisi n debe fundarse, seg n lo dispuesto enó ú el Art culo 13 del Reglamento, si es visible en el t tulo alg n vicio oí í ú defecto que lo anule absolutamente, o si no contiene las designaciones legales para la inscripci n, y de ser as , se tendr certeza que la l gicaó í á ó utilizada por el Conservador en su negativa, es la correcta en su inter sé tutelar, en caso contrario, si del examen del t tulo no se extraení elementos que permitan suponer un eventual vicio o sanci n de nulidadó absoluta o es en alg n sentido legalmente inadmisible, deberú á predominar el inter s del solicitante.é D CIMOÉ : Que, dado lo manifestado y analizado a trav s de loé expuesto en los considerandos precedentes, y de conformidad a la documentaci n rendida, esta sentenciadora ha de presumir que losó documentos acompa ados fueron calificados como suficientes e id neosñ ó para proceder a su registro por parte de la autoridad ministerial correspondiente, y en consecuencia, al haber sido dictada la Resoluci nó Exenta N° E-65171 en un procedimiento ajustado a la normativa legal, siendo el acto administrativo el justo t tulo para inscribir,
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Foja: 1 FOJA: 19 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : V-232-2022 CARATULADO : OSSAND N ARAYA KARINA DEL CARMENÓ La Serena, treinta de Enero de dos mil veintitr sé VISTOS: Que en lo principal de la presentaci n con fecha 17 deó noviembre de 2022, comparece KARINA DEL CARMEN OSSANDON ARAYA, matrona, c dula de identidad n mero catorceé ú millon
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