4º Juzgado Civil de San Miguel

LÓPEZ/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CISTERNA

Rol

C-4216-2022

Fecha

2 de febrero de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: A folio 1, comparece don MARCELO EDUARDO LOPEZ SANTIS, administrativo, c dula de identidad N°.10.947.277-8, domiciliado ené Jorge C ceres #458á , comuna de La Cisterna, Regi n Metropolitanaó , quien interpone demanda de prescripci n de derechos de aseo, en juicio ordinario deó menor cuant a, en contra de la Ilustre í Municipalidad de La Cisterna, representada legalmente por don JOEL ANDR S OLMOS ESPINOZA, É Ingeniero Civil Industrial, c dula nacional de identidadé 15.454.284-1, ambos domiciliados para estos efectos en calle Pedro Aguirre Cerda #0161, Comuna de La Cisterna. A ade que dicho inmueble adeuda los derechos municipales de aseo,ñ correspondiente al periodo comprendido entre el 30 de abril de 1999 hasta el 30 de septiembre de 2017. Especifica que estos derechos ascienden a la suma de $4.553.440.-, los que se encontrar an prescritos en los t rminos del C digo Civil.í é ó En cuanto al derecho, funda su demanda en los art culos 2492, 2493, 2497,í los que cita. Asimismo, hace menci n a los art culos 2515, 2514, 2518 del C digoó í ó Civil, mencionando que para que opere la prescripci n, es necesario que seó verifiquen estos requisitos: 1. Transcurso de cierto lapso de tiempo , el que explica con transcripciones a los art culos 2514, y 2515 inc 1°, de los que concluye que el plazo seí cuenta desde que la acreedora puede ejercer su acci n de cobro, esó decir desde el vencimiento se alado en el informe.ñ Código: SFZXXDMJXYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4216-2022 Foja: 1 2. No ha existido interrupci n de la prescripci nó ó , sobre la cual hace menci n al art culo 2518 del C digo Civil.ó í ó Termina, solicitando se tenga por interpuesta demanda de declaraci n deó prescripci n extintiva, acogerla a tramitaci n en juicio ordinario de menor cuant a,ó ó í y en definitiva declarar la prescripci n de las acciones de cobro de derechos deó aseo municipal, del inmueble ubicado en Jorge C ceres

Fundamentos

fundamentos de la contraria, explicaó que los derechos de aseo, no tienen la naturaleza jur dica de impuestos, sino queí est n definidos como tasas, es decir, como “los cobros que formula el Estado ená relaci n con alguna intervenci n o gastos de la Administraci n P blica motivadosó ó ó ú directamente por alg n contribuyente, o ciertos cobros en virtud de los cuales elú contribuyente queda autorizado para hacer algo (Fern ndez Provoste, Mario yá H ctor, Principios de Derechos Tributarios, p g. 30). é á De lo anterior, fluye que el pago de un Derecho o Tasa es voluntario, ya que, paga s lo aquel que solicita eló servicio u obtiene un permiso o concesi n o una contraprestaci n.ó ó Refuerza lo anterior, argumentando que el Decreto Ley 3.063, que fij eló texto de la Ley de Rentas Municipales, distingue claramente entre impuestos y derechos. El mencionado cuerpo legal en su T tulo IV se refiere a “los Impuestosí Municipales”; en cambio en su T tulo VII trata “De Los recursos Municipales porí concesiones, permisos o pagos de servicios”, definiendo los derechos municipales en el art culo 40 del cuerpo legal se alado, la que se aplica perfectamente a losí ñ derechos de aseo. Finaliza, solicitando se le tenga por allanada a la demanda interpuesta, respecto de los derechos de aseo adeudados a este Municipio correspondientes a la propiedad ubicada en Jorge C ceres #458,á La Cisterna, comprendidos entre el 30 Código: SFZXXDMJXYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4216-2022 Foja: 1 de abril 1999, y hasta el vencimiento del 30 de septiembre de 2017 ambos vencimientos inclusive. A folio 9, el Tribunal tiene por contestada la demanda y por allanada totalmente a la demandada. A folio 10, atento el m rito de autos, del allanamiento total de laé demandada y de conformidad a lo dispuesto en el art culo 313 del C digo deí ó Procedimiento Civil, se cita a las partes para o r sentencia.í Considerando: Primero: Que a folio 1, comparece don MARCELO EDUARDO LOPEZ SANTIS, quien interpone demanda de prescripci n de derechos de aseo, en juicioó ordinario de menor cuant a, en contra de la Ilustre í Municipalidad de La Cisterna, ya individualizados, en virtud de los fundamentos de hecho y de derecho consignados previamente en esta sentencia. Segundo: Que a folio 6, la parte demandada se allana a la demanda de la contraria, en los t rminos expuestos en la parte expositiva de este fallo.é Tercero: Que seg n lo dispone, el art culo 1.698 del C digo Civil,ú í ó “Incumbe probar las obligaciones o su extinci n al que alega aqu llas o sta”.ó é é Conforme a lo anterior, la carga procesal de acreditar la extinci n de la obligaci nó ó cuya prescripci n se solicita declarar, corresponde al demandante.ó Cuarto: Que para acreditar su aserto, la demandante acompa a folio 1, enñó forma legal y sin objeci n de la contrar a, los siguientes documentos:ó í 1. Certificado de deuda de derechos de aseo, emitido el 08 de septie

Fallo

se declarar la extinci n del derecho de cobro de los reajustes, multas y cualquierá ó recargo que accedan a los derechos de aseo correspondientes al per odo antesí referido, atento, precisamente, la calidad de accesorios de aquellos cobros en relaci n a stos, sin que esto importe el incurrir esta sentenciadora en vicio deó é ultra petita. Noveno: Que as las cosas, atendido el m rito de lo razonadoí é precedentemente, el allanamiento expreso de la demandada y advirtiendo este Tribunal que los periodos objeto de la presente demanda se encuentran prescritos, la demanda ser acogida en todas sus partes.á D cimo: é Que atendido el allanamiento de la demandada, esta no será condenada en costas. Y visto adem s lo dispuesto en los art culos 1.698, 2.492. 2.514, 2.515 delá í C digo Civil; art culos 160, 170, 698 y siguientes del C digo de Procedimientoó í ó Civil; Se Declara: I. Que SE ACOGE la demanda interpuesta a folio 1, por don MARCELO EDUARDO LOPEZ SANTIS, en contra de la Ilustre Municipalidad de La Código: SFZXXDMJXYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4216-2022 Foja: 1 Cisterna, representada legalmente por don JOEL ANDR S OLMOSÉ ESPINOZA, y en consecuencia, se declara la prescripci n de las accionesó para el cobro de derechos de aseo domiciliario de la propiedad ubicada en Jorge C ceres #458, comuna de La Cisterna, cuya fecha de vencimientoá ocurriera en el per odo comprendido entre el í 30 de abril de 1999

Texto Completo (Preview)

C-4216-2022 Foja: 1 FOJA: 8 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : C-4216-2022 CARATULADO : L PEZ/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LAÓ CISTERNA San Miguel, Dos de Febrero de dos mil veintitr sé Vistos: A folio 1, comparece don MARCELO EDUARDO LOPEZ SANTIS, administrativo, c dula de identidad N°.10.947.277-8, domiciliado ené Jorge C ceres #458á , comuna d

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