CONTRERAS/RIQUELME
Rol
C-216-2022
Fecha
27 de enero de 2023
Materia
PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C
Resultado
No especificado
Hechos
hechos como en el derecho, en contra del legítimo poseedor inscrito del inmueble, cuya restitución por este acto se pretende, desconociendo con ello actos propios lo que revela mala fe en su actuar, por lo que en virtud de lo expuesto, antecedentes que obran en autos, solicita se tenga por contestada la demanda solicitando desde ya desecharla en todas sus partes, con expresa condenación en costas. 3°) Que a fin de acreditar los
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho expuestos en su presentación y en mérito de los cuales solicita en definitiva tener por presentada demanda de precario en contra de don LUIS ORALDO RIQUELME CONTRERAS, ya individualizado; y, en definitiva, condenarle a la devolución del predio ubicado en sector Larqui Oriente, Parcela El Chequen, comuna de Bulnes, Región de Ñuble, dentro de tercero día de ejecutoriada la sentencia; o en el plazo que el tribunal se sirva fijar, bajo apercibimiento de lanzarle con la fuerza pública, y lanzar así a todos los demás ocupantes, con expresa y ejemplar condenación en costas. Que a folio 9 , en comparendo de estilo y mediante minuta escrita comparece don EUGENIO MEDINA PARRA, abogado, C.N.I. N°12.361.010-5, en Código: XTHMXDXCXJM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl representación, de don LUIS ORALDO RIQUELME CONTRERAS, chileno, agricultor, casado, C.N.I. N°6.144.398-3, con domicilio en el sector de Larqui Oriente, parcela El Chequen, quien contestando demanda de precario, solicita sea la demanda rechazada en todas sus partes con expresa condenación en costas, conforme a los fundamentos de hecho y derecho que expone. A folio 9 obra comparendo de estilo, en que se tiene por contestada a demanda y en que llamadas las partes a conciliación esta no se produce. A folio 9, se recibe la causa a prueba obrando la que rola en autos. A folio 30 se cita a las partes a oir sentencia. CONSIDERANDO: 1°) Que comparece don GERARDO AHUMADA LILLO, Abogado, en representación, de don JUAN ENRIQUE CONTRERAS LÓPEZ, cédula de identidad número 7.949.273-6; MIRTHA DEL CARMEN CONTRERAS LÓPEZ, cédula de identidad número 7.216.435-0; ANA MARÍA CONTRERAS LÓPEZ, cédula de identidad número 6.995.132-5,; ROBERTO SEGUNDO CONTRERAS LÓPEZ, cédula de identidad número 8.090.771-0, y JANET PATRICIA CONTRERAS LÓPEZ, cédula de identidad número 8.979.729-2, e interpone demanda de precario en contra de don LUIS ORALDO RIQUELME CONTRERAS, todos ya individualizados, en atención a las siguientes consideraciones de hecho y de derecho que pasa a exponer: Mis mandantes JUAN ENRIQUE, MIRTHA DEL CARMEN, ANA MARÍA, ROBERTO SEGUNDO y JANET PATRICIA, todos de apellido CONTRERAS LÓPEZ, son dueños de la propiedad ubicada sector Larqui Oriente, Parcela El Chequen, comuna de Bulnes, Región de Ñuble, cuyo lugar corresponde a una casa y según escritura a un terreno compuesto de ocho cuadras de extensión ubicado en la subdelegación primera de Bulnes y que limita al NORTE, con terrenos de don Gregorio Fernández; ORIENTE, el estero Colton; SUR, con propiedad del vendedor y PONIENTE, con sucesión de don José Santos San Martin, el Código: XTHMXDXCXJM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl cual se encuentra inscrito a fojas 978, número 672 del Registro de Propiedad del año 2021 y a fojas 615, número 496 del Registro de Propiedad del año 2022, ambas del Co
Fallo
se declara: Que se recha en todas sus partes la demanda, sin costas por tener motivos plausibles para litigar. RIT 216-2022 Dictada por CAROLINA ANDREA SANCHEZ ABARCA, Juez Titular. Código: XTHMXDXCXJM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En Bulnes a veintisiete de enero se do cumpimiento a lo duspiesto en el art° edl Codigo delPorcedmientoCivil. Código: XTHMXDXCXJM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-27T10:54:23-0300
Texto Completo (Preview)
Bulnes, dieciocho de enero de dos mil veintitrés. VISTOS. A folio 1 y siguientes comparece GERARDO AHUMADA LILLO, Abogado, cédula nacional de identidad N° 15.555.286-7, con domicilio en calle Vega de Saldias N°250, comuna de Chillán, en representación, de don JUAN ENRIQUE CONTRERAS LÓPEZ, conductor, casado, cédula de identidad número 7.949.273-6, con domicilio en parcela Chequen, Larqui Oriente,
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