COÑUECAR/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CASTRO
Rol
C-2711-2022
Fecha
26 de enero de 2023
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que ante este tribunal, con fecha 29 de diciembre de 2022 compareció doña María Isabel Coñuecar Negue, cédula de identidad número 12.595.524-k, trabajadora independiente, domiciliada en calle Héctor Márquez N° 1626, población Camilo Henríquez, comuna de Castro, quien interpuso demanda de prescripción extintiva de derechos de aseo, en contra de la Ilustre Municipalidad de Castro, RUT N° 69.230.400- 4, representada legalmente por su Alcalde don Juan Eduardo Vera Sanhueza, ambos domiciliados en calle Blanco Encalada N° 273, comuna de Castro, según los antecedentes de hecho y
Fundamentos
fundamentos de derechos que expone. Fundamentó su acción, en que según consta de copia de inscripción de dominio de fojas 3753 N° 3480 correspondiente al Registro de Propiedad del año 2022 del Conservador de Bienes Raíces de Castro, es dueña de una propiedad ubicada en calle Héctor Márquez N° 1626 de la población Camilo Henríquez de la ciudad de Castro, Rol de avalúo 223-78. Señaló, que el inmueble tiene deuda por derechos de aseo domiciliario, según consta de certificado emitido por la Dirección de Administración y Finanzas de la Ilustre Municipalidad de Castro, correspondiente a cobros trimestrales del período abril del año 2003 a abril del año 2005 inclusive; cuya deuda total asciende a la suma de $270.211. Explicó, que dichos derechos de aseo domiciliario no fueron pagados en su oportunidad, y al momento de adquirir su propiedad no tenía conocimiento que el inmueble estaba afecta a dicho pago y menos de la existencia de una deuda. Por su parte, la I. Municipalidad demandada no ha realizado acción judicial alguna tendiente al cobro de los derechos adeudados. Código: LBXEXDLCKVL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Hizo presente, que el certificado de deuda de derechos de aseo que acompaña, figura a nombre de su madre Bernardita Negue Millatureo, ya que la vivienda le fue asignada el 2 de marzo de 1992, falleciendo ésta con fecha 11 de febrero de 1993, con anterioridad al otorgamiento de la respectiva escritura, quedándose posteriormente como ocupante. Luego, del incendio de viviendas sufridos en diciembre de 2021, y a fin de proceder a la reconstrucción se otorgó la escritura de compraventa adquiriendo la propiedad. Añadió, que de acuerdo al artículo 2521 de Código Civil en relación con el artículo 2492 del mismo código, las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos prescriben en el plazo de tres años, por lo que las acciones de cobro de la demandada por los conceptos señalados se encuentran prescritas, específicamente las acciones de cobro de lo adeudado por el período desde abril del 2003 a abril de 2005 inclusive. En subsidio, para el evento de considerar que no se aplica la prescripción invocada para dicha deuda, interpuso la prescripción del artículo 2515 del Código Civil, que señala cinco años para la prescripción de las acciones ordinarias. El 06 de enero del año 2023, a folio 4, compareció el abogado Juan Manuel Castro Aburto, en representación de la I. Municipalidad de Castro, dándose por notificado personalmente de la demanda y allanándose totalmente a la prescripción de la actora. El 17 de enero del año 2023, a folio 9, se citó a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que de acuerdo a lo expuesto durante el período de discusión, la demandante solicita se declare la prescripción extintiva de los giros de derechos de aseo municipal, exigibles entre el período abril del año 2003 a abril de
Fallo
se declara: I.- Que SE ACOGE la demanda sobre prescripción extintiva respecto de derechos de aseo municipal, interpuesta por doña María Isabel Coñuecar Negue, en contra de Ilustre Municipalidad de Castro, representada legalmente por su alcalde Juan Eduardo Vera Sanhueza, todos ya individualizados. II.- En consecuencia, se declaran prescritas las acciones de cobro de los derechos municipales correspondientes a la vivienda ubicada en calle Héctor Márquez N° 1626 de la población Camilo Henríquez, comuna de Castro, a nombre de la titular doña María Isabel Coñuecar Negue, por el período comprendido entre el giro N° 286384 con vencimiento el día 30-04-2003 y el giro N° 355155 con vencimiento el día 30-04-2005; debiendo la Municipalidad de Castro eliminar de sus registros de morosos por tales tributos a la demandante. III.- Que no se condena en costas a la parte demandada, atendido su allanamiento. IV.- Que se omite pronunciamiento respecto de la petición subsidiaria, opuesta por la demandante en la demanda. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Pronunciada por don JORGE ANDRÉS IBARROLA ÁVILA, Juez Subrogante del Juzgado de Letras de Castro. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Castro, veintiséi de enero de dos mil veintitrés. Código: LBXEXDLCKVL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-26T10:47:27-0300
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NOMENCLATURA: 1. [40] Sentencia. JUZGADO: Juzgado de Letras de Castro CAUSA ROL: C-2711-2022 CARATULADO: COÑUECAR/ ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CASTRO Castro, veintisíes de enero de dos mil veintitrés. VISTOS: Que ante este tribunal, con fecha 29 de diciembre de 2022 compareció doña María Isabel Coñuecar Negue, cédula de identidad número 12.595.524-k, trabajadora independiente, domiciliada en calle
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