COMUNIC Y SERV FRANCISCO MENARES EIRL/INTERNACIONAL LATINOAMERICANA DE SERVICIOS
Rol
C-3493-2019
Fecha
26 de enero de 2023
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 25 de enero de 2019, folio 1, comparece don Luis Enrique Corrada Vera, abogado, domiciliado en calle Moneda N 920, oficina 501, comuna de° Santiago, en representaci n de ó Comunicaciones y Servicios Francisco Menares E.I.R.L., persona jur dica del giro de productos y servicio de correo privado, ambosí con domicilio en calle Santiaguillo N 1070, local 1, comuna de Santiago, quien viene° en interponer demanda de indemnizaci n de perjuicios por incumplimiento deó contrato, en contra de la sociedad Internacional Latinoamericana de Servicios S.A. o Ils S.A. u Ocasa, representada por don Jorge Rodrigo Ponce Varas, contador auditor, ambos domiciliados en Avenida Matta N 781, comuna de Santiago, por los° antecedentes de hecho y de derecho que expone. Con fecha 03 de abril de 2019, folio 9, se notific la demanda de autos a laó demandada mediante su representante legal. Con fecha 23 de abril de 2019, folio 10, comparece la demandada oponiendo la excepci n dilatoria de correcci n del procedimiento, ó ó la que previo traslado evacuado por la demandante, se rechaz con fecha 14 de junio de 2019. ó Con fecha 19 de junio de 2019, folio 16, la parte demandada viene en contestar la demanda deducida en su contra. Con fecha 05 de julio de 2019, folio 18, la demandante evacu el tr mite de laó á r plica.é Con fecha 20 de agosto de 2019, folio 21, se tuvo por evacuado el tr mite deá la d plica en rebeld a de la demandada. ú í Con fecha 14 de octubre de 2019, folio 26, se realiz la audiencia conciliaci n,ó ó con la asistencia de la parte demandante. En el mismo acto se dej constancia queó llamadas las partes a conciliaci n, sta no se produjo, atendida la rebeld a de la parteó é í demandada. Con fecha 15 de octubre de 2019, folio 27, se recibi la causa a prueba,ó resoluci n notificada a la parte demandada con fecha 13 de abril de 2020, a folio 28,ó y t citamente a la parte demandante con escrito de fecha 16 de abril de 2020, a folioá 30. Código: XTRKXDVRBXL Este docum
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 25 de enero de 2019, comparece don Luis Enrique Corrada Vera, en representaci n de Comunicaciones y Servicios Franciscoó Menares E.I.R.L., persona jur dica del giro de productos y servicio de correo privado,í quien viene en interponer demanda de indemnizaci n de perjuicios poró incumplimiento de contrato, en contra de Internacional Latinoamericana de Servicios S.A. o Ils S.A. u Ocasa, representada por don Jorge Rodrigo Ponce Varas, todos ya individualizados, por los antecedentes de hecho y de derecho que expone. Se ala que con fecha 01 de mayo de 2014, don Francisco Javier Menaresñ Silva, en calidad de porteador o transportista, celebr con la sociedad Internacionaló Latinoamericana de Servicios S.A., en calidad de comitente o mandante, un contrato de prestaci n de servicios de transportes, el cual junto con sus anexos, fue suscritoó ante Notario P blico con fecha 30 de enero de 2015, y comenz a regir el d a 01 deú ó í mayo de 2014. Explica que en raz n de dicho contrato, don Francisco Javier Menares Silvaó emiti regularmente facturas por los servicios por intermedio de la sociedad Venta yó Distribuci n de Productos de Telecomunicaciones y Tecnolog as Afines Limitada, loó í que hizo hasta el mes de junio de 2016, y con posterioridad por la demandante Comunicaciones y Servicios Francisco Menares E.I.R.L. Indica que las principales obligaciones del contrato para las partes eran las siguientes: 1) el transportista debe efectuar el transporte de carga, consistente en el traslado de piezas postales, paquetes, insumos biol gicos, muestras m dicas, repuestosó é e insumos inform ticos, entre otros, debiendo el mandante proveer la carga aá transportar y/o retirar en las condiciones que se establecieron en la documentaci nó que suministrar al porteador; 2) el transportista ser el nico responsable de losá á ú trabajadores contratados para los servicios encargados, comprometi ndose aé mantenerlo indemne en caso de cualquier reclamo de los mismos trabajadores, adem s de hacerse cargo de la declaraci n y pago de las cotizaciones previsiones,á ó como las obligaciones impositivas, laborales y de seguridad social, lo que puede controlar y verificar el comitente o mandante; 3) el precio a prestar por cada motorista de lunes a viernes por la suma de 38,5 UF, mientras que por d as s bados,í á Código: XTRKXDVRBXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3493-2019 Foja: 1 domingos y feriados, la suma de 1,6 UF.; 4) el transportista deb a presentar los d así í 26 o el d a siguiente h bil del mes al mandante la rendici n de los servicios prestadosí á ó hasta el d a 25 de cada mes, junto con la correspondiente factura y una vez aprobadaí la rendici n los pagos deb an ser efectuados mediante transferencia electr nica dentroó í ó del plazo de d as h biles desde la fecha de presentaci n de la factura; 5) el plazo deí á ó duraci n del presente contrato ser de 12 meses a par
Fallo
por tanto, qued confeso de los siguientes hechos: ó que es representante de la sociedad demandada y celebr un contrato de servicio deó transporte y 8 anexos del mismo, con don Francisco Javier Menares Silva; que producto del contrato emiti facturas electr nicas mensuales, primeramente, por laó ó sociedad Venta y Distribuci n de Productos de Telecomunicaciones y Tecnolog asó í Afines Limitada, y despu s, por Comunicaciones y Servicios Francisco Menaresé E.I.R.L; que previo a la emisi n de cada factura, Francisco Menares Silva enviabaó por correo a la demandada los documentos que daban cuenta y detallaban los servicios prestados a su representada por dichos periodos; que los funcionarios de Ocasa encargados de la aprobaci n de las Prefactura, era don Ulises Flores Cort s yó é don Jaime Maga a Cornejo; que para la prestaci n de servicios Francisco Menaresñ ó mantuvo 20 trabajadores aproximadamente con dedicaci n exclusiva para Ocasa, conó r gimen de subcontrataci n; que asimismo mantuvo diferentes veh culos motorizados,é ó í cuyo n mero fue aumentado en el a o 2017 y hasta el mes de agosto de 2018, porú ñ requerimiento de Ocasa; que es efectivo en julio de 2014, representantes de Ocasa pidieron congelar la tarifa mensual acordada contractualmente por un a o, y queñ llegada dicha fecha se actualizar a al valor de la UF, lo que no ocurri , ni tampoco seí ó increment seg n el IPC; que durante la vigencia del contrato nunca se actualiz laó ú ó tarifa por los servicios prestados; que
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C-3493-2019 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-3493-2019 CARATULADO : COMUNIC Y SERV FRANCISCO MENARES EIRL/INTERNACIONAL LATINOAMERICANA DE SERVICIOS Santiago, veintis is de enero de dos mil veintitr s. é é VISTOS: Con fecha 25 de enero de 2019, folio 1, comparece don Luis Enrique Corrada Vera, abogado, domiciliado en calle Moneda N 920, o
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