8º Juzgado Civil de Santiago

ANDRADE/MUNICIPALIDAD DE QUINTA NORMAL

Rol

C-7967-2022

Fecha

25 de enero de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En presentación de folio 1, comparece doña Pamela Andrea Andrade Moreno, empleada, domiciliada en calle San Ignacio de Loyola Nº1663, comuna de Santiago, quien interpone demanda ordinaria de prescripción extintiva de derechos de aseo domiciliarios, en contra de la l. Municipalidad de Quinta Normal, persona jurídica de derecho público, representada por su alcaldesa doña Karina Delfino Mussa, cuya profesión u oficio desconoce, ambos domiciliados en Avda. Carrascal N° 4447, comuna de Quinta Normal. Fundando su demanda, señala que es dueña del inmueble ubicado en calle Nueva Extremadura Nº 4448, depto.. 54-C, comuna de Quinta Normal, inscrito a fojas 43.904, número 46.398, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1999, el cual registra una deuda por concepto de derechos de aseo, devengados desde el 30 de abril de 2001 al 30 de junio de 2005, ambos inclusive, por la suma de $919.347, más intereses penales, reajustes y multas, más los montos que se devenguen hasta que se dicte sentencia.- Agrega que al tenor de lo dispuesto por loa artículos 2493, 2514 y 2515 del Código Civil, procede declarar prescrita la acción de cobro que corresponde a la demandada, por haber transcurrido un plazo superior a 5 años, contados desde que la obligación se hizo exigible. Por tanto, solicita declarar prescrita la deuda por concepto de derechos de aseo municipal, correspondiente a 18 períodos, devengados entre el 30 de abril de 2001 hasta el 30 de junio de 2005 inclusive, correspondiente a la suma de $919.347 más la cantidad que se devengue por aquel período hasta que se dicte sentencia, con costas. Al folio 9, se tuvo por contestada la demanda en rebeldía de la municipalidad demandada. Cabe hacer presente que la demandada fue legalmente emplazada al folio 6, con fecha 26 de agosto de 2022.-. Al folio 12, se tuvo por frustrado el llamado a conciliación y se recibió la causa a prueba. Al folio 20, se citó a las partes para oír sentencia.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que doña Pamela Andrea Andrade Moreno deduce demanda de prescripción extintiva en procedimiento ordinario en contra de la I. Municipalidad de Quinta Normal, representada por su alcaldesa doña Karina Delfino Mussa, solicitando se declare la prescripción extintiva de las acciones para el cobro de los derechos de aseo devengados entre el 30 de abril del año 2001, hasta el 30 de junio del año 2005, ambos inclusive, más reajustes, intereses y multas, respecto del inmueble de propiedad de la demandante ubicado en Nueva Extremadura Nº4448, depto. 54-C, comuna de Quinta Normal, con costas. Fundamenta su demanda en los hechos y derecho ya señalados en la parte expositiva de esta sentencia que se dan por reproducidos. SEGUNDO: Que sin perjuicio de haber sido legalmente emplazada, se tuvo por contestada la demanda, en rebeldía de la demandada. TERCERO: Que al respecto conviene tener presente lo dispuesto por el artículo 2514 del Código Civil, en cuanto señala que la prescripción que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Por su parte, el artículo 2515 del mismo cuerpo legal, dispone al referirse a los plazos de prescripción que: “Este tiempo es en general de tres años para las acciones ejecutivas y de cinco para las ordinarias”. A su vez, el artículo 2521 del Código Civil dispone que “Prescriben en tres años las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos.”. CUARTO: Que así las cosas, si bien existe controversia respecto al plazo de prescripción aplicable tratándose de derechos de aseo domiciliarios, pues algunos sostienen que es de tres años, conforme al citado artículo 2521, y otros de cinco años, arguyendo que tales derechos no son impuestos, por lo que debe aplicarse la norma general del artículo 2521, ya transcrito, lo cierto es, que en la especie, no resulta necesario resolver la referida controversia, pues, solicitándose en la demanda la prescripción de derechos de aseo domiciliarios, en que el más nuevo de ellos venció el 30 de junio de 2005, no cabe duda que a la época en que se notificó la demanda -26 de agosto de 2022-, respecto de todos ellos habían transcurrido más de cinco años contados desde la fecha de su vencimiento. QUINTO: Que sin perjuicio de lo anterior, a fin de acreditar los hechos que fundamentan su demanda, el actor rindió prueba documental, agregada al folio 1 y 15, consistente en: -. Documento denominado, “Registro de Rol”, de fecha 8 de agosto del año 2022, emitido por la Municipalidad demandada, del cual aparece que el inmueble ubicado Nueva Extremadura Nº4448, depto. 54-C, comuna de Quinta Normal, mantiene una deuda total de $919.347, correspondiente, entre otras, a las cuotas por derechos de aseo domiciliario que vencieron entre el día 30 de abril del año 2001 y el 30 de junio del año 2005, ambos inclusive; -. Copia con vigencia al 7 de julio de

Fallo

Por tanto, solicita declarar prescrita la deuda por concepto de derechos de aseo municipal, correspondiente a 18 períodos, devengados entre el 30 de abril de 2001 hasta el 30 de junio de 2005 inclusive, correspondiente a la suma de $919.347 más la cantidad que se devengue por aquel período hasta que se dicte sentencia, con costas. Al folio 9, se tuvo por contestada la demanda en rebeldía de la municipalidad demandada. Cabe hacer presente que la demandada fue legalmente emplazada al folio 6, con fecha 26 de agosto de 2022.-. Al folio 12, se tuvo por frustrado el llamado a conciliación y se recibió la causa a prueba. Al folio 20, se citó a las partes para oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que doña Pamela Andrea Andrade Moreno deduce demanda de prescripción extintiva en procedimiento ordinario en contra de la I. Municipalidad de Quinta Normal, representada por su alcaldesa doña Karina Delfino Mussa, solicitando se declare la prescripción extintiva de las acciones para el cobro de los derechos de aseo devengados entre el 30 de abril del año 2001, hasta el 30 de junio del año 2005, ambos inclusive, más reajustes, intereses y multas, respecto del inmueble de propiedad de la demandante ubicado en Nueva Extremadura Nº4448, depto. 54-C, comuna de Quinta Normal, con costas. Fundamenta su demanda en los hechos y derecho ya señalados en la parte expositiva de esta sentencia que se dan por reproducidos. SEGUNDO: Que sin perjuicio de haber sido legalmente emplazada, se tuvo por

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NOMENCLATURA??: 1. [40]Sentencia?? JUZGADO ???: 8º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL???: C-7967-2022 CARATULADO??: ANDRADE/MUNICIPALIDAD DE QUINTA NORMAL Santiago, veinticinco de Enero de dos mil veintitrés VISTOS: En presentación de folio 1, comparece doña Pamela Andrea Andrade Moreno, empleada, domiciliada en calle San Ignacio de Loyola Nº1663, comuna de Santiago, quien interpone demanda ordin

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