1º Juzgado de Letras de Linares

PARQUE SOLAR SURYA SPA/

Rol

V-94-2022

Fecha

25 de enero de 2023

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Que a folio 1, comparece doña CONSTANZA LUCERO ÁLVAREZ, abogada, chilena, soltera, cédula de identidad N°17.352.987-2, en representación convencional, según se acreditará, de PARQUE SOLAR SURYA SpA, sociedad del giro de su denominación, RUT 77.402.074-8, representada legalmente por don José María Grugués Ortuño, español, casado, economista, cédula de identidad para extranjeros N.º 24.615.214-4, domiciliada para estos efectos en Avenida La Dehesa N°1201, Torre Norte, oficina 510, Comuna de Lo Barnechea, Santiago, quien señala: Que, por este acto, viene en solicitar se constituya Concesión Minera de Exploración a favor de PARQUE SOLAR SURYA SpA. Corresponde indicar que la concesión se denominará SURYA y estará ubicada en Comuna de Colbún, Provincia de Linares, Región del Maule. El Punto Medio de la cara superior del pedimento ya señalado, está determinado por la intersección de las siguientes coordenadas U.T.M., Norte: 6.044.534,00 y Este: 286.616,00, referidas a Proyección U.T.M. Datum Provisorio Sudamericano 1956, PSAD 56 Huso 19. El área solicitada queda comprendida en un cuadrado trazado sobre un plano horizontal imaginario, que tendrá 1.000 metros en el sentido Norte-Sur U.T.M, y 1.000 metros en el sentido Este-Oeste U.T.M., encerrando una superficie de 100 hectáreas. POR TANTO, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34 del Código Orgánico de Tribunales, los artículos 34 y siguientes del Código de Minería, y demás legislación aplicable, PIDE A S.S.: se sirva tener por presentada solicitud de Concesión Minera de Exploración o Pedimento a favor de PARQUE SOLAR SURYA SpA, ya individualizado, representada legalmente por don José María Grugués Ortuño y admitirla a tramitación, ordenar su inscripción y publicación, certificar el día y la hora de su presentación, y en definitiva acogerla, constituyendo Concesión Minera de Exploración SURYA en Comuna de Colbún, Provincia de Linares, Región del Maule, en favor de PARQUE SOLAR SURYA SpA.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, comparece doña CONSTANZA LUCERO ÁLVAREZ, abogada, chilena, soltera, cédula de identidad N°17.352.987-2, en representación convencional, según se acreditará, de PARQUE SOLAR SURYA SpA, sociedad del giro de su denominación, RUT 77.402.074-8, representada legalmente por don José María Grugués Ortuño, español, casado, economista, cédula de identidad para extranjeros N.º 24.615.214-4, domiciliada para estos efectos en Avenida La Dehesa N°1201, Torre Norte, oficina 510, Comuna de Lo Barnechea, Santiago, quien señala: Que, por este acto, viene en solicitar se constituya Concesión Minera de Exploración a favor de PARQUE SOLAR SURYA SpA. Corresponde indicar que la concesión se denominará SURYA y estará ubicada en Comuna de Colbún, Provincia de Linares, Región del Maule. El Punto Medio de la cara superior del pedimento ya señalado, está determinado por la intersección de las siguientes coordenadas U.T.M., Norte: 6.044.534,00 y Este: 286.616,00, referidas a Proyección U.T.M. Datum Provisorio Código: QTLCXDDEWDL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Sudamericano 1956, PSAD 56 Huso 19. El área solicitada queda comprendida en un cuadrado trazado sobre un plano horizontal imaginario, que tendrá 1.000 metros en el sentido Norte-Sur U.T.M, y 1.000 metros en el sentido Este-Oeste U.T.M., encerrando una superficie de 100 hectáreas.

Fallo

POR TANTO, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34 del Código Orgánico de Tribunales, los artículos 34 y siguientes del Código de Minería, y demás legislación aplicable, PIDE A S.S.: se sirva tener por presentada solicitud de Concesión Minera de Exploración o Pedimento a favor de PARQUE SOLAR SURYA SpA, ya individualizado, representada legalmente por don José María Grugués Ortuño y admitirla a tramitación, ordenar su inscripción y publicación, certificar el día y la hora de su presentación, y en definitiva acogerla, constituyendo Concesión Minera de Exploración SURYA en Comuna de Colbún, Provincia de Linares, Región del Maule, en favor de PARQUE SOLAR SURYA SpA. A folio 16, rola informe técnico favorable del Servicio Nacional de Geología y Minería del Maule. A folio 22, estando la causa en estado, se trajeron los autos para fallo. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, comparece doña CONSTANZA LUCERO ÁLVAREZ, abogada, chilena, soltera, cédula de identidad N°17.352.987-2, en representación convencional, según se acreditará, de PARQUE SOLAR SURYA SpA, sociedad del giro de su denominación, RUT 77.402.074-8, representada legalmente por don José María Grugués Ortuño, español, casado, economista, cédula de identidad para extranjeros N.º 24.615.214-4, domiciliada para estos efectos en Avenida La Dehesa N°1201, Torre Norte, oficina 510, Comuna de Lo Barnechea, Santiago, quien señala: Que, por este acto, viene en solicitar se constituya Concesión Minera de Exploración a favor

Texto Completo (Preview)

CAUSA : V-94-2022 SOLICITANTE : PARQUE SOLAR SURYA SpA MATERIA : PEDIMENTO MINERO ABOGADO : Constanza Lucero Alvarez ------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Linares, veinticinco de Enero de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Que a folio 1, comparece doña CONSTANZA LUCERO ÁLVAREZ, abogada, chilena, soltera, cédula de

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