27º Juzgado Civil de Santiago

MUJICA/

Rol

V-49-2022

Fecha

26 de enero de 2023

Materia

DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Con fecha 28 de febrero de 2022, comparece doña María Estela Mujica Charme, soltera , rentista, cédula nacional de identidad N° N°5.893.023-7, domiciliada en calle Bernardo Larraín , comuna de Lo Barnechea , quien solicita autorización para donar a su hijo Sebastián Ugarte Mujica. Con fecha 12 de mayo de 2022, se recibió la información sumaria de testigos. Con fecha 30 de septiembre de 2022, se acompañó el certificado de pago del impuesto a la donación ante el Servicio de Impuestos Internos. Con fecha 19 de enero de 2023, se trajeron los autos para fallo.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que doña María Estela Mujica Charme, solicita se autorice la donación a su hijo Sebastián Ugarte Mujica, chileno , casado y separado totalmente de bienes , abogado, cédula de identidad N° 15.638.258-2 domiciliado en Camino Punta de Águila Norte N°9195,casa 19, Comuna de lo Barnechea, Región Metropolitana, de la nuda propiedad de los inmuebles: 1) departamento N°21- B, estacionamiento N°1-B, estacionamiento N° 2-B y bodega N°1- B todos del edificio denominado “Edificio El Peumo” ubicado en avda. El tranque N° 12326 comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana y 2) departamento N°101 de Casona Mar Bravo, bodega 15, bodega 17, derechos de uso y goce exclusivo de los estacionamientos descubiertos n° 38,39,40 y 41, todos ubicados en el Macrolote MC Doce A del “Loteo Costa Cahagua” todos de la comuna de Zapallar, Reservándose el derecho de usufructo con carácter vitalicio . Indicando que no tiene hijos menores de edad , que su único hijo Sebastián Ugarte supera los límites legales de edad para ser carga familiar y tiene suficientes bienes para que lo anterior no afecte su patrimonio, que alcanza la suma de $1.000.000.000 ( mil millones de pesos) .Señalando que la donación se efectúa por mera liberalidad y en forma irrevocable , por lo que solicita se autorice la donación referida. SEGUNDO: Que, para acreditar los hechos afirmados en su presentación, acompañó el certificado de nacimiento de su hijo ,certificado de matrimonio, los certificados de avalúo fiscal y de dominio vigente de los inmuebles objeto de la donación. Asimismo, comparecieron a la rendición de información sumaria los siguientes testigos: Christian Zúñiga Roa y Mónica del Carmen Salbach López quienes dieron cuenta de su relación con la solicitante, el conocimiento sobre su patrimonio y de su ánimo de donar. TERCERO: Que, con el mérito de los antecedentes acompañados, particularmente la información sumaria de testigos y constando el pago del impuesto, según el certificado emitido por el Servicio de Impuestos Internos, respecto de la donación efectuada por María Estela Isabel Mujica Charme a su hijo Sebastián Ugarte Mujica, y no existiendo impedimentos para la misma, necesariamente deberá ser autorizada.

Fallo

Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto por los artículos 1386 y siguientes del Código Civil; 889 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se resuelve que: I. Se acoge la solicitud de 28 de febrero de 2022, y, en consecuencia, se autoriza a María Estela Isabel Mujica Charme, cédula nacional de identidad N°5.893.023-7, a donar a título de mera liberalidad a su hijo Sebastián Ugarte Mujica cédula nacional de identidad Código: MDTNXDMFBGL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl N° 15.638.258-2, la nuda propiedad de los inmuebles: 1) departamento N°21- B, estacionamiento N°1-B, estacionamiento N° 2-B y bodega N°1-B todos del edificio denominado “Edificio El Peumo” ubicado en avda. El tranque N° 12326 comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana y 2) departamento N°101 de Casona Mar Bravo, bodega 15, bodega 17, derechos de uso y goce exclusivo de los estacionamientos descubiertos n° 38,39,40 y 41, todos ubicados en el Macrolote MC Doce A del “Loteo Costa Cahagua” todos de la comuna de Zapallar , reservándose el derecho de usufructo con carácter vitalicio. II. Extiéndase la respectiva escritura de donación. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol: V-49-2022. Dictada por Julio Ernesto Ramírez Zolezzi. Juez Suplente del Vigésimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintiseis d

Texto Completo (Preview)

FOJA: 14 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 27 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-49-2022 CARATULADO : MUJICA/ Santiago, veintiseis de Enero de dos mil veintitr sé VISTOS: Con fecha 28 de febrero de 2022, comparece doña María Estela Mujica Charme, soltera , rentista, cédula nacional de identidad N° N°5.893.023-7, domiciliada en calle Bernardo Larraín , comuna de Lo Barnechea , q

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica