1º Juzgado de Letras de San Felipe

COLARTE/

Rol

V-44-2022

Fecha

25 de enero de 2023

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 05 de febrero de 2022, folio 01, comparece doña Verónica Daniela Colarte Riquelme, cédula de identidad N°15.059.709-9, bibliotecóloga, con domicilio en Población Santa Rosa de Viterbo casa 22, comuna de Curimón, quien solicita el cambio de su nombre en el sentido de que se suprima su primer nombre Verónica, y se ordene la rectificación de la partida de nacimiento. Sustenta legalmente su pretensión en lo dispuesto en el artículo 1° letra c) inciso 2° de la Ley N°17.344. Fundamenta su solicitud, que desde su nacimiento en adelante, tanto en su grupo familiar y de amigos, vecinos, reuniones sociales, cumpleaños, actividades programáticas y extraprogramáticas con colegas, en redes sociales y situaciones de encuentro con personas de su círculo cercano, siempre ha sido conocida como Daniela Colarte Riquelme. SEGUNDO: Que, se agregaron a la presente gestión los siguientes antecedentes: 1.-Certificado de nacimiento de doña Verónica Daniela Colarte Riquelme, folio 01; 2.-Información sumaria de testigos, folio 14, declarando según acta de fecha 29 de junio de 2022, doña Sandra Isabel Fernández Colarte, RUN N°11.516.795-2, y doña Dilia Soledad Sánchez Herrera, RUN N°12.600.342-0, quienes exponen al tenor de la solicitud y fundamentaron sus dichos; 3.- Publicación efectuada en el Diario Oficial, correspondiente al día 18 de abril de 2022, folio 08, conforme a lo estipulado en el artículo 2 de la Ley N°17.344; 4.-Informe del Servicio de Registro Civil e Identificación, de fecha 02 de septiembre de 2022, folio 20, no advirtiendo inconveniente respecto a la solicitante y su petición. TERCERO: Que, de la información sumaria de testigos rendida se desprende que la solicitante ha sido conocida por más de cinco años con su nombre de Daniela Colarte Riquelme, dado que han sido personas pertenecientes a su entorno de amistad, quienes han señalado que dentro de ese lapso de tiempo se ha hecho llamar así. Y visto lo dispuesto en el artículo 1° inciso segundo letra b) y siguientes de la Ley N°17.344; y artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

se declara: Código: KRTVXDXXXXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se hace lugar a la petición de fecha 05 de febrero de 2022, folio 01, y en consecuencia, se accede al cambio de nombre solicitado por doña Verónica Daniela Colarte Riquelme, cédula de identidad N°15.059.709-9. En consecuencia el nombre completo de la solicitante queda como Daniela Colarte Riquelme, manteniendo la cédula de identidad ya referida. II.- Rectifíquense las partidas de nacimiento inscripción N°9, del año 1987 de la Circunscripción de San Felipe, en los términos señalados precedentemente. Notifíquese legalmente. Rol V-44-2022. Dictado por don OMAR ANTONIO CIFUENTES MENA, Juez Titular. Autoriza doña DANISA ORDENES GONZALEZ, Secretaria Subrogante. En San Felipe, a veinticinco de Enero de dos mil veintitr sé , se notific por el estado diario, la resoluci n precedente.ó ó Código: KRTVXDXXXXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-25T10:02:01-0300

Texto Completo (Preview)

FOJA: 32 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de San Felipe CAUSA ROL : V-44-2022 CARATULADO : COLARTE/ San Felipe, veinticinco de Enero de dos mil veintitr sé VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 05 de febrero de 2022, folio 01, comparece doña Verónica Daniela Colarte Riquelme, cédula de identidad N°15.059.709-9, bibliotecóloga, con domicilio en Población

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