GARRIDO/ILTE. MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO
Rol
O-7776-2022
Fecha
1 de agosto de 2023
Materia
Costas, Despido injustificado, Reincorporación
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que, con fecha 21 de diciembre de 2022, comparece don Humberto Andrés Garrido San Martín, chileno, Profesor, cédula de identidad Nº13.913.805-8, domiciliado para estos efectos en Calle Hendaya N°60, piso 13, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, deduciendo demanda de Ilegalidad del Despido, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO, Persona Jurídica de Derecho público, Rol Único Tributario Nº69.070.100-6, cuyo representante legal es doña IRACÍ HASSLER JACOB, cédula de identidad N°17.604.080-7, ambos domiciliados para estos efectos en Plaza De Armas Sin Número, comuna de Santiago, Región Metropolitana. Encontrándose debidamente emplazada, con fecha 13 de enero de 2023 se contestó la demanda, la que se estimó como extemporánea; y con fecha 19 de enero se celebró la audiencia preparatoria, en la que se propusieron bases de conciliación, que no se aceptaron. Fijados los hechos pacíficos y controvertidos, se ofrecieron los medios de prueba que se incorporarían en la audiencia de juicio, la que se celebró con fecha 13 de julio del año en curso, a la que comparecieron ambas partes, debidamente asistidas por sus apoderados judiciales, incorporándose la prueba ofrecida, y escuchándose las observaciones a la prueba. Encontrándose la causa en estado, se dicta la sentencia sin más trámite. CON LO OÍDO, VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, mediante el ejercicio de la acción, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 34 y 75 de la ley 19.070; artículos 420 y siguientes del Código del Trabajo; y las demás normas legales pertinentes, interpone demanda en juicio de procedimiento de aplicación general del trabajo en contra de su empleador ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO, representada legalmente por doña IRACI HASSLER JACOB, ambos previamente individualizados y, en definitiva, acogerla en todas sus partes declarando: a.- Que por adolecer de vicios de legalidad tanto de forma como de fondo, se debe dejar sin efecto el decreto alcaldicio sección 3ERA N° 2443 de la Ilustre Municipalidad de Santiago, de fecha 26 de septiembre de 2022, notificado con fecha 11 de octubre de 2022 en el cual se aprueba la solicitud de renuncia y el término de su nombramiento como Director del Liceo de Aplicación o que acto administrativo que corresponda; b.- Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 75 de la ley N°19.070 se ordene su reintegro en sus funciones y el pago de las remuneraciones adeudadas mientras estuvo separado de las mismas; c.- Que, la demandada deberá pagar las costas de esta causa. Funda su acción en que como ex director del Liceo de Aplicación, ha tomado la decisión de interponer esta demanda de ilegalidad en el despido en contra de la Ilustre Municipalidad de Santiago, explicando que ingresó a la dotación docente de la comuna de Santiago en calidad de Director Titular del Liceo de Aplicación (por concurso público de antecedentes) el 11 de junio de 2018, siendo desvinculado el 11 de octubre de 2022, al aplicársele la causal establecida en el artículo 34 de la ley N°19.070, es decir, al solicitarle la renuncia con motivo de la evaluación de su convenio de desempeño como Director de establecimiento educacional. Que según el referido artículo 34 de la ley 19.070, es el director o jefe de Departamento de educación quien tiene la facultad de 1) determinar el grado de cumplimiento de los objetivos acordados y 2) con aprobación del sostenedor podrá pedir la renuncia anticipada del director cuando el grado de cumplimiento de los objetivos acordados en el convenio de desempeño sean insuficientes de acuerdo a los mínimos que establezca. Sostiene que al momento de su desvinculación, el cargo de Director o jefe de Departamento de educación estaba vacante y quien determinó el grado de cumplimiento y le solicitó su renuncia anticipada, fue Rodrigo Rocco, quien no está en posesión de dicho cargo, sino de Jefe de la Unidad de Control de Gestión de la Dirección de Educación. De este modo, es evidente que la solicitud de renuncia y que terminó con su relación laboral con la Ilustre Municipalidad adolece de ilegalidad, por ser ejercida por funcionario público que no tiene competencias para ello ni tampoco habilitación legal. Todo lo anterior, configura el supuesto de hecho del artículo 75 de la ley 19.070 que señala que: Si el profesional de la educación estima que la Mun
Fallo
por tanto en una ilegalidad, podrá reclamar por tal motivo ante el tribunal de trabajo competente, dentro de un plazo de 60 días contado desde la notificación del cese que le afecta y solicitar la reincorporación en sus funciones. En caso de acogerse el reclamo, el juez ordenará la reincorporación del reclamante. RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS. Expresa que en su calidad de profesional docente y debido a su vasta experiencia en el sector educacional, prestando servicios a sostenedores educacionales públicos y establecimientos municipales, ingresó como director titular en los términos de la ley 19.070 y 20.501 a la Ilustre Municipalidad de Santiago, luego de concurso público de antecedentes. Explica que la Ilustre Municipalidad es la sostenedora legal del Liceo de Aplicación Rector Jorge Schneider y 43 establecimientos educacionales más, debiendo estos ser dirigidos según consta en Organigrama municipal (Reglamento 914- 2019), por un director (a) de Educación, cargo que en dicha entidad municipal no existe su titular, como tampoco el de jefe de departamento de Educación, como lo regula y mandata la ley 19.070 (estatuto docente). Ahora bien y en específico, con fecha 11 de junio de 2018 y previo concurso público de antecedentes para designar el cargo de Director del Liceo de Aplicación Rector Jorge Schneider y mediante decreto alcaldicio sección 3ERA N° 2286 de la Ilustre Municipalidad de Santiago, fue incorporado a la dotación docente en calidad de Director titular Lice
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, uno de agosto de dos mil veintitrés. Vistos: Que, con fecha 21 de diciembre de 2022, comparece don Humberto Andrés Garrido San Martín, chileno, Profesor, cédula de identidad Nº13.913.805-8, domiciliado para estos efectos en Calle Hendaya N°60, piso 13, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, deduciendo demanda de Ilegalidad del Despido, en
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