1º Juzgado Civil de Concepción

JIL/ORTIZ

Rol

C-5505-2022

Fecha

3 de febrero de 2023

Materia

ARRENDAMIENTO,RESTITUCIÓN POR EXPIRACIÓN TIEMPO ESTIPULADO

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos invocados los controvierte. Refiere que el contrato se encuentra vigente, por haberse renovado de com n acuerdo entre las partes.ú Manifiesta que la parte demandante siempre recibi conforme laó renta de arrendamiento, siento el consentimiento t cito o ficto, y agrega queá de no haber pagado las rentas oportunamente jam s se hubiese renovado elá contrato seg n su cl usula sexta, precisando que as se reafirm con laú á í ó corredora de propiedades que administraba y representaba a la actora, cuyo correo electr nico es soledad.gajardo@hotmail.com, con quien su parteó mantuvo relaci n sirviendo esta de intermediaria entre las partes durante todaó la vigencia del contrato de arriendo y conforme consta en el

Fundamentos

considerando Cuarto del contrato. Manifiesta que la propiedad se recibi en p simo estado deó é conservaci n y su parte realiz diversos arreglos; encontr ndose en mejoresó ó á condiciones que a la fecha de entrega de la propiedad. Respecto a la renta de arrendamiento, se ala que nada se adeuda,ñ que su parte cancel ntegramente las rentas de arrendamiento tal y como seó í acord , en la suma de $ 380.000.ó Indica que su parte fue beneficiada con el subsidio de arriendo especial para clase media, en junio a o 2020 pagando el Ministerio deñ vivienda la renta de arrendamiento y luego tambi n obtuvo el beneficio coné fecha 5 de mayo a o 2021, pag ndole a la actora por el Ministerio deñ á Vivienda y urbanismo la suma de $750.000, lo que fue aceptado por la demandante conforme poder de fecha 18 de marzo del a o 2021 y otro deñ agosto a o 2020.ñ En cuanto a los reajustes, indica que conforme correo electr nico deó fecha 11 de octubre a o 2021 las partes acordaron que a partir de esañ Código: JMWXXDNEWXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 fecha, no anterior, se reajustar a la renta acordada a la suma de $384.940í y luego a partir de junio del a o 2022 su parte pag la suma deñ ó $408.421, pagando las rentas y los reajustes conforme comprobantes que acompa a, no adeud ndose ni rentas ni reajustes.ñ á Concluye que conforme a la prueba documental que acompa a y queñ ratificar , el contrato por com n acuerdo de las partes se renová ú ó encontr ndose a la fecha de su contestaci n vigente, sin que exista deudaá ó de rentas ni sus reajustes. Hace presente que en caso que se diera lugar a la restituci nó solicitada, conforme al contrato referido, cl usula cuarta su parte entreg unaá ó garant a de $380.000 que le deber ser restituida a la entrega de laí á propiedad. En m rito de las normas legales que cita, solicita tener poré contestada la demanda de autos y que se declare que el contrato de arriendo sigue vigente; y en subsidio en el caso que se decrete la restituci n deló inmueble se condene a la actora a la devoluci n de la garant a canceladaó í por $ 380.000 con sus reajustes e intereses; que se declare que su parte no adeuda rentas de arrendamiento ni sus reajustes; que no se d lugar a laé indemnizaci n solicitada por improcedente; con costas.ó Se llam a las partes a conciliaci n, la que no se produjo.ó ó Se recibi la causa a prueba y se cit a las partes para o r sentencia.ó ó í CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: 1°.- Que, seg n se desprende de lo consignado en la parteú expositiva precedente, la demandante dedujo acci n de restituci n deló ó inmueble arrendado, la que funda en que habr a expirado el tiempoí estipulado para la duraci n del contrato, sin que se haya restituido laó propiedad arrendada, por lo que conjuntamente con la restituci n solicita eló pago de la suma adeudada de $2.123.567, m s reajustes e intereses, hastaá el cumplimiento efectivo de la sentencia, o la s

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, adem s, con lo previstoá en los art culos 1437, 1445, 1545, 1546, 1560, 1564, 1698, 1702, 1703,í 1706, 1915, 1942 y 1950 del C digo Civil; art culos 144, 160, 169, 170,ó í 341 y 346 del C digo de Procedimiento Civil; y Ley 18.101; se declara:ó I.- Que, se rechaza la demanda de restituci n del inmueble deó autos. II.- Que, SE HACE LUGAR al pago de la diferencia de rentas insolutas demandada, solo respecto de los meses de mayo de 2020 a octubre de 2021, ambas inclusive, condenando al demandado al pago de la suma de $126.805 mensuales, respecto de los meses de mayo a agosto de 2020, ambos inclusive, y a la suma de $64.940 mensuales respecto de los meses de septiembre de 2020 a octubre de 2021, ambos inclusive. III.- Que, atendido lo razonado en el motivo d cimo quinto, no seé emitir pronunciamiento respecto de la solicitud del demandado, en cuanto seá ordene la restituci n de la garant a que se ala.ó í ñ IV.- Que, las sumas a que se ha condenado a la parte demandada deben pagarse debidamente reajustada de acuerdo a lo dispuesto en el art culo 21 de la Ley 18.101, sin intereses atendido lo razonado en el motivoí d cimo cuarto. é V.- Que, se rechaza la demanda en todo lo dem s pedido.á Código: JMWXXDNEWXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 VI.- Que, cada parte pagar sus costas.á Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Rol C-5505-2022.-

Texto Completo (Preview)

RIT« » Foja: 1 FOJA: 17 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Concepci nº ó CAUSA ROL : C-5505-2022 CARATULADO : JIL/ORTIZ Concepci nó , tres de febrero de dos mil veintitr sé VISTOS. Que, a folio 1, se presenta don EVARISTO ALBERTO JIL ZAMORA, m dico, domiciliado en Las Rosas n mero 1800, Casa 21,é ú Condominio Lombard a, Huertos Familiares, san Pedro de la Paz, eí i

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