2º Juzgado de Letras de Vallenar

ARAYA RIVERA CARLOS EDWIN

Rol

V-245-2020

Fecha

25 de enero de 2023

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 04 de julio de 2020, compareció don CARLOS EDWIN ARAYA RIVERA, chileno, divorciado, geólogo, cédula nacional de identidad N° 12.940.329-2, domiciliado en calle Talca Nº 703, departamento 22, comuna y ciudad de Vallenar, solicitando la concesión de explotación denominada “ALGA VI, 1 AL 20”, sobre una superficie 100 hectáreas, cuyo punto de interés se sitúa en la comuna de Vallenar, Provincia del Huasco, Región de Atacama. SEGUNDO: Que, tal manifestación se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile edición N° 42.711 de fecha 22 de julio del año 2020, en el Boletín Oficial de Minería CVE 1787325, y se inscribió en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Vallenar, con fecha 13 de julio 2020, a fojas 929 Nº 488 del mismo año. TERCERO: Que, en el folio 4 y con fecha 03 de febrero de 2020, se solicitó la mensura de 20 pertenencias de 5 hectáreas cada una, con una superficie total de 100 hectáreas, habiéndose publicado tal petición el 24 de febrero de 2020, en el Diario Oficial de la República de Chile edición N° 42.889, Boletín Oficial de Minería CVE 1900210. CUARTO: Que, la superficie mensurada comprende 20 pertenencias solicitadas para mensurar con una superficie total de 100 hectáreas, con el nombre “ALGA VI, 1 AL 20”, y los vértices del perímetro del grupo son los siguientes: LINDEROS NORTE (metros) ESTE (metros) L 1 6.806.000,00 303.500,00 L 2 6.806.000,00 304.500,00 L 3 6.805.000,00 304.500,00 L 4 6.805.000,00 303.500,00 Correspondiendo su punto de interés a la intersección de la coordenada 6.805.500,00 metros Norte con la abscisa 304.000,00 metros Este. QUINTO: Que, en el folio 10, 17, 24, 33, rola ordinario Nº 6932; 1041; 2804; 5152; de fecha 09 de noviembre de 2021, 22 de febrero de 2022, 03 de junio de 2022, 26 de septiembre de 2022; mediante el cual el Servicio Nacional de Geología y Minería, informo con observaciones la operación de mensura la que fue puesta en conocimiento del interesado, quien hizo presente haber subsanado lo observado por el Servicio, dentro del plazo legal. SEXTO. Que, en el folio 39, rola ordinario N° 7359 de fecha 29 de diciembre de 2022, mediante el cual el Servicio Nacional de Geología y Minería de Copiapó, emite su informe favorable señalando que los aspectos técnicos relacionados con la Operación de mensura, su acta y plano, están correctos; la forma, dimensiones y orientaciones de la cara superior de las pertenencias se ajustan a la ley y ellas quedan comprendidas tanto dentro del terreno manifestado como dentro del abarcado por la solicitud de mensura. Código: CXEPXDTJSSK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SEPTIMO: Que, en el folio 49 y con fecha 20 de enero del 2023, se certificó que no hubo oposición a la solicitud de mensura de las pertenencias manifestadas. OCTAVO: Que, no se observan vicios que obsten a la concesión impetrada. NOVENO: Que, en fojas 50, y con fecha 23

Fallo

Por estas consideraciones, y conforme lo disponen los artículos 2, 34, 44, 59, 85, 87 y siguientes del Código de Minería, resuelvo: I.- Declárese constituidas las pertenencias“ALGA VI, 1 AL 20”, Rol Nacional N°03301-6064-0, con una superficie total de 100 hectáreas a favor de don CARLOS EDWIN ARAYA RIVERA, ya individualizado. II.- Apruébense su plano y acta de mensura. III.- Cumpla el interesado con entregar al SERNAGEOMIN copia de esta sentencia, del acta de mensura y original del plano. Otórguese extracto conforme al artículo 90 y publíquese. Inscríbase junto con el acta de mensura. Archívense los planos. Anótese, regístrese, notifíquese, dese copias y archívese la causa en su oportunidad. ROL Nº V-245-2020. Dictada por doña KERIMA SCHI9CHASCHWILI CARVAJAL, Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras de Vallenar. En Vallenar, a veinticinco de enero del año dos mil veintitres, se notificó por el estado diario, la sentencia precedente. R.C.O. Código: CXEPXDTJSSK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-25T10:09:18-0300

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Vallenar CAUSA ROL : V-245-2020 CARATULADO : CARLOS EDWIN ARAYA RIVERA Vallenar, a veinticinco de enero del año dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 04 de julio de 2020, compareció don CARLOS EDWIN ARAYA RIVERA, chileno, divorciado, geólogo, cédula nacional de identidad N° 12.940.329-2, domiciliado en c

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