FIGUEROA/METCOM CHILE SPA
Rol
O-6595-2022
Fecha
1 de agosto de 2023
Materia
Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: Consta íntegramente en audio. SENTENCIA Se deja constancia que la sentencia se transcribe solo en la parte resolutiva, de conformidad al artículo 62 inciso 3° del Acta 71 de la Excma. Corte Suprema, constando íntegramente en el registro de audio. Tribunal resuelve: Atendido el hecho de no haber comparecido a la demandada al proceso y de conformidad con lo dispuesto en el inciso séptimo, número uno del artículo 453 del código del trabajo, juicio tras cual no existen hechos sustanciales pertinentes o controvertidos. Con lo que sea la aplicación de lo dispuesto en el inciso segundo, del número tres de la norma que es referida, no se recibiría la causa aprueba. Procediendo a dictar sentencia: Primero: Que compareció al juicio Ulises Figueroa Barahona, domiciliado en Pasaje Río Claro, 913 Comuna de la Granja, quien interpone demanda sobre despido improcedente en contra de Metcom Chile SpA, representada legalmente por Felipe Jerpe Huber, ambos domiciliados en la almirante Pastene 333, oficina 503 Comuna de Providencia. Visto además los dispuestos del artículo 7, 8, 9, 73, 162, 168, y 453, 161 del código del trabajo se declara: I. Que se acoge a la demanda de autos interpuesto por ULISES ANTONIO FIGUEROA BARAHONA, en contra de metcom chile SpA y en consecuencia se declara improcedente el despido ofreciendo el actor. a. Que la demandada deberá pagar la suma de $ 730.276, por un porcentaje de indemnización sustitutiva del aviso previo. b. Que la demandada deberá pagar la suma $ 872.296 por concepto de indemnización por años de servicio aumentada en un 30% esto es la suma de $2.409.878 c. Que la demandada deberá pagar la suma de $2.555.910 por concepto de feriado legal y $ 295.108 por concepto de feriado proporcional. II. Que las sumas antes referidas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses señalados en los artículos 63 y 173 del Código de Trabajo III. Que se condenen costas a la demandada fijándose en la suma de por haber sido totalmente vencida fijándose
Fallo
se declara: I. Que se acoge a la demanda de autos interpuesto por ULISES ANTONIO FIGUEROA BARAHONA, en contra de metcom chile SpA y en consecuencia se declara improcedente el despido ofreciendo el actor. a. Que la demandada deberá pagar la suma de $ 730.276, por un porcentaje de indemnización sustitutiva del aviso previo. b. Que la demandada deberá pagar la suma $ 872.296 por concepto de indemnización por años de servicio aumentada en un 30% esto es la suma de $2.409.878 c. Que la demandada deberá pagar la suma de $2.555.910 por concepto de feriado legal y $ 295.108 por concepto de feriado proporcional. II. Que las sumas antes referidas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses señalados en los artículos 63 y 173 del Código de Trabajo III. Que se condenen costas a la demandada fijándose en la suma de por haber sido totalmente vencida fijándose en la suma de $ 100.000. Regístrese y archive su oportunidad quedando las partes notificadas personalmente en esta audiencia. Dirigió la audiencia doña ANGELICA PAULINA PEREZ CASTRO, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago, a veintiocho de julio de dos mil v
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO Ordinario FECHA 28/07/2023, Santiago RUC 22- 4-0436536-7 RIT O-6595-2022 CARATULADO FIGUEROA/METCOM CHILE SPA MAGISTRADO ANGELICA PAULINA PEREZ CASTRO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Luis San Cristobal N. HORA DE INICIO 09:03 HORA DE TERMINO 09:12 SALA 8.2 Nº REGISTRO DE AUDIO 2240436536-7-1348
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