1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

CRIADO/MUNICIPALIDAD DE RENCA

Rol

O-41-2023

Fecha

31 de julio de 2023

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos indicados en la misma. Opone en primer lugar la excepción de incompetencia absoluta del Tribunal argumentando que El tribunal carece de competencia ya que la relación habida entre las partes estaba regulada por el Estatuto Administrativo para Empleados Municipales, específicamente en lo referido a el "contrato de honorarios". Afirma que la asociación del demandante con el Estado o sus órganos a través de honorarios está regulada por el Estatuto Administrativo. Luego opone la excepción de prescripción de feriado fundado en el artículo 510 inciso 1° del Código del Trabajo, por el periodo anterior al 4 de enero del año 2020. En cuanto al fondo expresa que Don Elías Criado fue contratado a honorarios para tareas específicas según los convenios respectivos. Los contratos y funciones del actor demuestran su vínculo con el Organismo sin sujetarse al Código del Trabajo. Él actuó sin subordinación hacia la Municipalidad de Renca y sus contratos variaban según las labores requeridas. Niegan un contrato laboral regido por el Código del Trabajo y afirman que cumplía actividades con productos facturados y sin obligaciones estatutarias de la Ley N° 18.883 sobre Estatuto Administrativo Municipal. Solicita el rechazo de la demanda indicando que la relación se rige por un estatuto especial de derecho público. Tercero. Audiencia preparatoria. Que llamadas las partes a conciliación esta no se produce. Se evacua el traslado de las excepciones interpuestas, dejándose su resolución para sentencia definitiva. Estimando la existencia de hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos. El Tribunal recibe la causa a prueba fijando los siguientes puntos. 1. Efectividad de la existencia entre las partes de un vínculo de carácter laboral. Fecha de inicio, condiciones pactadas, funciones desempeñadas, remuneración que debe servir de base de cálculo y todo otro antecedente que lo configure, o de contrario, efectividad de tratarse de un vínculo de carácter civil, antecedentes y pormenores

Fallo

se resuelve; I.-Que se rechaza la excepción de incompetencia absoluta del tribunal. II.- Que se rechaza la excepción de prescripción extintiva de los feriados III.- Que se acoge la demanda interpuesta por don ELIAS JAHIR CRIADO NEGRETE, chileno, estudiante, soltero, cédula nacional de identidad N° 16.787.583-1, en contra de ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE RENCA, Rol Único Tributario Nº 69.071.200- 8, representado por don CLAUDIO NICOLÁS CASTRO SALAS, todos previamente individualizados y se declara que: a) El demandante prestó servicios para la Ilustre Municipalidad De Renca en los términos del artículo 7° del Código del Trabajo desde el 1 de agosto del año 2012 hasta el 31 de diciembre del año 2022. b) Que el demandante fue despedido en omisión de las formalidades previstas en el artículo 162 del código del ramo. c) Que en consecuencia la demandada debe pagar al actor lo siguiente: c.1) $ 731.998, por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. c.2) $ 7.319.980, por concepto de indemnización por años de servicio. c.3) $3.659.990, por concepto de recargo del 50% de la indemnización por años de servicio. c.4) $ 5.124.000, por concepto de feriado legal. c.4) $ 219.600, por concepto de feriado proporcional. IV.- Que las sumas antes señaladas deberán ser pagadas con los intereses y reajustes que establecen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. V- Que la demandada deberá enterar las cotizaciones previsionales, de salud y de cesantía adeudadas a la actor en AFP Provida,

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, treinta y uno de julio de dos mil veintitrés. Vistos. Que, ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo se ha llevado a efecto audiencia de juicio en los autos RIT O-412-2023, por reconocimiento de relación laboral, despido injustificado y cobro de prestaciones. La demanda fue interpuesta por don ELIAS JAHIR CRIADO NEGRETE, chileno, estud

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