22º Juzgado Civil de Santiago

SEPÚLVEDA/DURÁN

Rol

C-9719-2022

Fecha

23 de enero de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 1, comparece do a ñ ERMELINDA DEL CARMEN SEP LVEDA BAEZAÚ , pensionada, domiciliada en Mari o de Loberañ N 1823, comuna de Independencia, Regi n Metropolitana, quien viene en° ó interponer demanda de prescripci n extintiva de derechos de aseoó municipal, en procedimiento ordinario de menor cuant a, en contra de laí ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA, corporaci nó de Derecho P blico, representada legalmente por su alcalde don Gonzaloú Andr s Dur n Baronti, ambos domiciliados para estos efectos en Av.é á Independencia 753, comuna de Independencia, Regi n Metropolitana.ó Funda su pretensi n en que es due a del inmueble ubicado en Nuevaó ñ de Matte 2739, comuna de Independencia, Regi n Metropolitana, Rol deó Aval o Fiscal N 2915-04, y en que se encontrar a prescrita la acci n deú ° í ó cobro de derechos de aseo municipal correspondientes al per odoí comprendido entre el 31 de mayo de 2015 y el 31 de noviembre de 2015, ambas fechas inclusive, cuyo monto total asciende a $127.138.-. En raz n de lo anterior, y previas citas legales, es que viene enó solicitar que se declare prescrita la acci n que tiene la demandada paraó perseguir el cobro de los derechos de aseo municipales respecto del inmueble rese ado, correspondientes al per odo entre el 31 de mayo deñ í 2015 y el 31 de noviembre de 2015, ambas fechas inclusive, cuyo monto total asciende a $127.138.-, todo ello con costas. A folio 8, con fecha 08 de noviembre de 2022, comparece la demandada, notific ndose expresamente.á Código: CGXTXDNHGXK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9719-2022 Foja: 1 A folio 13, se tuvo por contestada la demanda en rebeld a de laí parte demandada. Asimismo, atendido lo dispuesto en el art culo 262 delí C digo de Procedimiento Civil, se prescindi de la audiencia deó ó conciliaci n. ó A folio 15, atendido que el asunto controvertido recae sobre un punto de derecho, y conforme lo preceptuado por el art culo

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, do a ñ ERMELINDA DEL CARMEN SEP LVEDA BAEZAÚ demanda a la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA, a fin de que se declare la prescripci n de lasó acciones de cobro de derechos de aseo municipal, ambas ya individualizadas, conforme los argumentos expuestos en la parte expositiva de esta sentencia. SEGUNDO: Que, la demandada se mantuvo rebelde durante toda la secuela del juicio. TERCERO: Que, a fin de acreditar su pretensi n, y en lo queó interesa, la actora produjo la siguiente prueba bajo estos autos: A) Instrumental A folio 1: 1.- Estado de deuda de derechos de aseo domiciliario extendido con fecha 01 de septiembre de 2022 por la Ilustre Municipalidad de Independencia, respecto de do a Ermelinda Sep lveda Baeza, domiciliadañ ú en Nueva de Matte 2739, comuna de Independencia. 2.- Certificado de dominio vigente de la propiedad inscrita a nombre de la actora a fojas 68545 n mero 45545 correspondiente al Registro deú Propiedad del a o 1989 del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago.ñ í CUARTO: Que, no consta que la demandada hubiere producido prueba alguna bajo estos autos. QUINTO: Que, seg n lo prevenido en los art culos 2514, 2521 yú í 2497 del C digo Civil, las acciones a favor o en contra de lasó Municipalidades, provenientes de toda clase de impuestos, prescriben en tres a os, s lo exigi ndose el transcurso de dicho plazo para extinguir unañ ó é Código: CGXTXDNHGXK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9719-2022 Foja: 1 acci n mediante la prescripci n.ó ó SEXTO: Que, con lo previamente relacionado, y con los antecedentes allegados a folio 1, se ha acreditado que la demandante es deudora morosa de los derechos de aseo domiciliario por el per odo queí corre entre el 31 de mayo de 2015 al 30 de noviembre de 2015, ambas fechas inclusive. As las cosas, del an lisis del Estado de Deuda rese ado bajo elí á ñ numeral 1) del motivo tercero precedente, y confrontando dicho antecedente con las normas legales citadas anteriormente, las acciones para perseguir el cobro de los referidos derechos con vencimiento entre el 31 de mayo de 2015 al 30 de noviembre de 2015, ambos inclusive, se encuentran inexorablemente prescritas, al haber trascurrido en exceso el plazo fijado en nuestra legislaci n.ó En raz n de lo anterior, es que corresponder acoger la demanda deó á autos, tal como

Fallo

se declarar en definitiva.á S PTIMOÉ : Que en cuanto a las costas, la demandada no será condenada en ellas, en raz n de no haberse opuesto formalmente a laó pretensi n de la actora.ó Y lo dispuesto -adem s- en los art culos 1437, 1598 y siguientes, 1698,á í y 2514 y siguientes del C digo Civil; 139, 144, 160, 170, 313 y 342 deló C digo de Procedimiento Civil, se declara:ó I-. Que, SE ACOGE la demanda de prescripci n extintiva deó acciones deducida por do a ñ ERMELINDA DEL CARMEN SEP LVEDA BAEZAÚ en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA, y se declaran prescritas las acciones de cobro de la deuda por concepto de derechos de aseo que gravan al inmueble ubicado en calle Nueva de Matte N 2739, comuna de Independencia, respecto del° per odo comprendido entre el 31 de mayo de 2015 al 30 de noviembre deí 2015, ambas fechas inclusive, ascendente a la suma de $127.138.- II.- Que CADA PARTE soportara sus costas; Reg strese y notif quese. í í Rol C-9719-2022 Pronunciada por do a Lorena Cajas Villarroel, Juez Suplente.ñ Código: CGXTXDNHGXK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9719-2022 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintitr s de Enero de dos mil veintitr s.é é Código: CGXTXDNHGXK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-23T11:48:05-0300

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C-9719-2022 Foja: 1 FOJA: 16 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 22 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-9719-2022 CARATULADO : SEP LVEDA/DUR NÚ Á Santiago, veintitr s de Enero de dos mil veintitr s.é é VISTO: A folio 1, comparece do a ñ ERMELINDA DEL CARMEN SEP LVEDA BAEZAÚ , pensionada, domiciliada en Mari o de Loberañ N 1823, comuna de Independencia, Regi n Metropolitana, quien

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