MUÑOZ/HERRERA
Rol
C-139-2022
Fecha
23 de enero de 2023
Materia
ACCIONES DE DOMINIO ART. 26 DL 2695
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Que, en folio 1, mediante presentaci n de 28 de enero de 2022, comparece donó Crist bal Alonso Tobar Z iga, abogado, c dula nacional de identidad N 17.287.577-7ó úñ é ° y don Diego Ernesto Moraga Adasme, abogado, c dula nacional de identidad N 17.é ° 930.978-5, ambos domiciliados en calle 2 Norte N 1044, segundo piso, oficina 7, de la° ciudad y comuna de Talca, en representaci n convencional, seg n mandato judicialó ú amplio de do a ñ ANA LUISA MU OZ BRAVOÑ , casada, jubilada, c dula nacional deé identidad N 6.726.229-8, domiciliada en Avenida el pino N 1951, de la comuna de° ° Conchal , Regi n Metropolitana, quien comparece por s y conforme mandato t cito yí ó í á rec proco en favor de los dem s comuneros quedados al fallecimiento de su hermanoí á don ILDOLFONSO ENRIQUE MU OZ BRAVOÑ , c dula nacional de identidad Né ° 5.414.962-K, fallecido en el a o 1973, de do a ñ ñ BERTA DEL CARMEN MU OZÑ MU OZÑ , labores de hogar, c dula nacional de identidad N 10.604.135-0, de doné ° PEDRO SEGUNDO MU OZ MU OZ,Ñ Ñ trabajador dependiente, c dula nacional deé identidad N 12.519.462-1, y de don ° ILDEFONSO ENRIQUE MU OZ MU OZ,Ñ Ñ trabajador dependiente, c dula nacional de identidad N 10.688.185-5, todos del mismoé ° domicilio de su mandante, y de los dem s familiares que correspondan, en conformidadá a lo establecido en los art culos 254 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, 889í ó y siguientes del C digo Civil, y art culos 26 y 27 del Decreto Ley N 2695, deduciendoó í ° demanda civil de reivindicaci n especial del inmueble singularizan en el cuerpo de laó demanda, en contra de don ALFONSO ENRIQUE HERRERA VALDEBENITO, chileno, viudo, desconocen profesi n u oficio, c dula nacional de identidad Nó é ° 6.148.131-1, domiciliado en 12 1/2 Sur B N 1371, Poblaci n Brilla El Sol de la° ó comuna y ciudad de Talca, solicitando, en definitiva, se acoja la demanda, declarando: 1) Que su representada, m s los otros miembros de su familia que aparecen en laá inscripci n especia
Fundamentos
CONSIDERANDO: EN CUANTO A LAS TACHAS DE TESTIGOS: PRIMERO: Que, en folio 60, la demandante formula tacha en contra de la testigo do añ Eva Rosa Hormaz bal Toledoá , de conformidad a lo dispuesto en el art culo en el art culo 358 numeral 6 del C digo de Procedimiento Civil, esto es, los queí í ó a juicio del Tribunal carezcan de la imparcialidad necesaria para declarar por tener en el pleito inter s directo o indirecto y la contenida en el numeral 7, a saber, los que tengaé ntima amistad con la persona que los presenta o enemistad respecto de las personas ení contra de quien declaren. Lo anterior, pues la testigo ha referido en reiteradas ocasiones que el demandado es su amigo; ha referido que quiere su amigo gane el pleito por haber invertido dinero en la casa, lo que refleja evidentemente la parcialidad que el numeral 6 exige en el sentido de haber declarado abiertamente que quer a que el pleito lo ganaraí su amigo. Asimismo y en cuanto al numeral 7 del mismo cuerpo legal, indica que la testigo adem s de referir al demandado como su amigo, ha dicho que ha estado muchasá veces en la casa del mismo, lo que refleja una ntima amistad, la que se compruebaí adem s con la proximidad de las casas de ambos, ya que ambos residen en la mismaá poblaci n. ó Concluye, en virtud de los antecedentes de hecho y de derecho vertidos, solicitando se acojan las tachas ya se aladas y se declare la inhabilidad de la testigo y enñ su lugar se le reste validez al testimonio que eventualmente pudiera declarar, o lo que el Tribunal estime pertinente en igual o similar sentido, con expresa condena en costas en caso de oposici n.ó SEGUNDO: Que, la demandada, evacuando el traslado conferido solicita el rechazo de las tachas opuestas, por cuanto no se cumplen los requisitos para la inhabilidad de la testigo, en cuanto se al interesarle que el demandado gane el pleitoñ ó Código: MXQGXDNEPZJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl por una cuesti n de justicia, el inter s mismo que demuestra la testigo no se refiere a unó é inter s de car cter patrimonial, elemento relevante para que se configure la tacha; queé á as lo ha expresado en reiteradas ocasiones nuestra jurisprudencia.í En cuanto a la tacha del numeral 7 del mismo art culo, indica que en ning ní ú caso la testigo ha se alado tener ntima amistad con el demandado, pues lo nico queñ í ú se al es que hab a estado en su casa en algunas ocasiones, y que ello es l gico, por serñ ó í ó vecinos cercanos al domicilio del demandado, as , solicita el rechazo de ambas tachas ení todas sus partes con expresa condenaci n en costas, y en consecuencia, que se permita laó declaraci n de la testigo y se resuelvan las tachas en definitiva.ó TERCERO: Que, respecto de la primera causal alegada, se tendr presente queá para configurarla, se requiere la existencia de dos elementos de manera copulativa, por una parte, un inter s directo o indirecto en el resultado del juicio y por la
Fallo
fallo cause ejecutoria, oñ í en el plazo que el Tribunal determine conforme al m rito de los autos, libre deé ocupantes; 3) Que como consecuencia de todo lo anterior, se disponga la cancelaci n deló t tulo a nombre de don Alfonso Enrique Herrera Valdebenito, que rola inscrito a fojasí 1185 N 1059 correspondiente al Registro de Propiedad del Conservador de Bienes° Ra ces de Talca del a o 2020, debiendo requerir al Conservador respectivo, para queí ñ proceda a la cancelaci n, manteniendo su plena vigencia la inscripci n de fojas 3340 vta.ó ó N 1099 correspondiente al Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de° í Talca del a o 1975 y ñ 4) Que el demandado debe pagar las costas del juicio. En folio 5, mediante resoluci n de 3 de febrero de 2022, se tuvo por interpuestaó demanda de reivindicaci n en juicio sumario especial, cit ndose a las partes a laó á audiencia de estilo. Bajo el folio 6, con fecha 4 de febrero de 2022, consta notificaci n personal aló demandado, don Alfonso Enrique Herrera Valdebenito, en su domicilio ubicado en 13 ½ Sur A N 56, Talca.° En folio 9, por presentaci n de 22 de marzo de 2022, comparece don Pabloó Wittersheim Torres, abogado habilitado, con domicilio en calle 1 poniente N 1060,° oficina 53 de la cuidad de Talca, en representaci n del demandado, don ó ALFONSO ENRIQUE HERRERA VALDEBENITO, chileno, viudo, jubilado, domiciliado en calle 12 Sur B No 1371, Poblaci n Brilla del Sol de la cuidad de Talca, se alando en½ ó ñ s ntesis, que ni
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En Talca, a veintitr s de enero de dos mil veintitr s.é é VISTO: Que, en folio 1, mediante presentaci n de 28 de enero de 2022, comparece donó Crist bal Alonso Tobar Z iga, abogado, c dula nacional de identidad N 17.287.577-7ó úñ é ° y don Diego Ernesto Moraga Adasme, abogado, c dula nacional de identidad N 17.é ° 930.978-5, ambos domiciliados en calle 2 Norte N 1044, segundo piso, oficina 7, de l
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