2º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

LAVÍN/MARIA CRISTINA CARRASCO REPRESENTACIONES

Rol

C-1873-2022

Fecha

23 de enero de 2023

Materia

PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, a folio 1 comparece don Luis Alberto Carvajal Peña, abogado, domiciliado en calle Arturo Prat Nº 548 Oficina 702 del Edificio Vaticano ciudad de Antofagasta, en representación de don Sergio Jorge Lavín Jofré, chileno, divorciado, jubilado, cédula de identidad N°7.239.517-4, con domicilio en Callejón La Reserva, Parcela 41, Lote 3-2 Pangue Arriba de la Comuna San Rafael , quien deduce demanda de precario en contra de don Jorge Fernando Lavín Jofré, casado, dependiente, cédula de identidad N°7.803.097-6, en contra de María Cristina Carrasco Aravena, casada, micro empresaria, cédula de identidad N°6.305.861-0 y en contra de la empresa María Cristina Carrasco Representaciones Servicios y Comercialización SpA, del giro de su denominación, R.U.T. 76.071.756-8 representada legalmente por doña María Cristina Carrasco Aravena, cédula de identidad N°6.305.861-0 todos con domicilio Código: XEJCXDJRXYJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl en calle Soto Moraga N°839 Población Gran Vía de esta ciudad, a fin se les condene a la devolución de la propiedad de don Sergio Lavín Yáñez, cédula de identidad N°2.712.034-2, correspondiente al inmueble ubicado en calle Carlos Oviedo Cavada N°3674 de Antofagasta. Señala que el propietario de dicho inmueble es el padre de su representado, don Sergio Lavín Yáñez, cédula de identidad N°2.712.034-2, quien también es padre del demandado don Jorge Fernando Lavín Jofré. Hace presente que, con fecha 2 de marzo del año 2017 don Sergio Lavín Yáñez otorga un mandato general a don Sergio Jorge Lavin Jofré para que este último administre la propiedad materia del juicio, por lo que haciendo uso de las facultades concedidas en el mandato que le fuera otorgado ha iniciado esta acción en contra de los demandados. Detalla que en el año 1990 el padre de su representado, entregó en uso el inmueble a don Jorge Fernando Lavín Jofré dado que este realizó varios emprendimientos en dicho

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en autos ha comparecido don Luis Alberto Carvajal Peña, abogado en representación de don Sergio Jorge Lavín Jofré, quien deduce demanda de precario en contra de don Jorge Fernando Lavín Jofré, en contra de doña María Cristina Carrasco Aravena, y en contra de la empresa Sociedad Servicios y Comercialización Tuercas EIRL, y solicita se les condene a la devolución del inmueble ubicado en Calle Carlos Oviedo Cavada N°3674 de esta ciudad, dentro de tercero día de ejecutoriada la sentencia; o en el plazo que el tribunal se sirva fijar, bajo apercibimiento de ser lanzados mediante la fuerza pública a ella y a todo los demás ocupantes, con expresa condena en costas. SEGUNDO: Que, han comparecidos los demandados representados por el abogado don Miguel F. Medina Rapanakis y solicita se rechace la demanda en todas sus partes, por no concurrir en la especie los presupuestos necesarios para que la acción de precario prospere, en tanto poseen contratos de arrendamiento, por lo que el actor ha errado su acción. TERCERO: Que el demandante, con el fin de acreditar sus alegaciones se valió en autos de los siguientes medios de prueba: I.- DOCUMENTAL: 1.- Copia de escritura de inscripción de propiedad ubicada en calle Carlos Oviedo Cavada N°3674 de esta ciudad; 2.- Certificado de dominio vigente correspondiente a la inscripción que rola a fojas 55, bajo el N° 80, del año 1956, a nombre de Sergio Lavín Yáñez; 3.- Copia de escritura pública de mandato general de administración de don Sergio Lavín Yáñez a Sergio Lavín Jofré; 4.- Carta de término contrato y certificación notarial de fecha 13 de octubre del año 2016; 5.- Informe de Equifax informe empresarial de fecha 10 de junio del año 2022 de la empresa María Cristina Carrasco Aravena Representaciones Servicios y Comercialización II.- TESTIMONIAL: Comparece don Paulo Andrés Sepúlveda Prieto, quien señala que es Código: XEJCXDJRXYJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl efectivo que don Sergio Lavín Yáñez, es dueño de la propiedad ubicada en calle Carlos Oviedo Cavada N°3674, de esta ciudad, lo que le consta porque hace unos seis años él le confirió un mandato para administrar sus bienes y ahí le reveló los certificados de dominio de esa propiedad. En cuanto al punto de prueba número tres, señala que es efectivo que los demandados don Jorge Fernando Lavín Jofré, doña María Cristina Carrasco Aravena, y la Sociedad Servicios y Comercialización Tuercas EIRL, ocupan el inmueble individualizado en el punto dos, porque precisamente don Sergio le confirió el mandato antes descrito para efectuar la administración de esos inmuebles en su oportunidad, y tenía un contrato de arrendamiento con su hijo Jorge, que le puso término él, proceso de término en el que le prestó ayuda, y simplemente ocuparon el inmueble sin título, lo que le consta también porque no se le pagó nunca una renta, cuya época consistió desde el año 2016 en adelante apr

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 144, 160, 170, 341, 346, 348, 426 y 680 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y los artículos 1.698, 1.712, 1951, 2.194 y 2.195 del Código Civil, SE DECLARA que: I.- SE RECHAZA la demanda interpuesta por don Luis Alberto Carvajal Peña, abogado, en representación de don Sergio Jorge Lavín Jofré, en contra de los demandados don Jorge Fernando Lavín Jofré, doña María Cristina Carrasco Aravena, y la Sociedad Servicios y Comercialización Tuercas E.I.R.L., en todas sus partes. II.- Se condena en costas a la parte demandante Regístrese, notifíquese y archívese digitalmente en su oportunidad. Rol C-1.873-2.022. Dictada por don ARTURO IRIBARREN PÉREZ, Juez Subrogante del Segundo Juzgado de Letras de Antofagasta. En Antofagasta, a veintitrés de Enero de dos mil veintitrés, se anotó el presente sentencia en el estado diario de conformidad con lo dispuesto en el artículo 162 inciso final del Código de Procedimiento Civil. Código: XEJCXDJRXYJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-23T10:45:11-0300

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : C-1873-2022 CARATULADO : LAVÍN/MARIA CRISTINA CARRASCO REPRESENTACIONES Antofagasta, veintitrés de Enero de dos mil veintitrés CAUSA ROL : C-1.873-2.022 CARATULADO : LAVÍN / MARIA CRISTINA CARRASCO REPRESENTACIONES. MATERIA : PRECARIO. CÓDIGO : P-17A DEMANDANTE : SERGIO JORGE LAVÍN JOFRÉ R.U.T. : 7.23

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