16º Juzgado Civil de Santiago

SALAZAR/

Rol

V-121-2021

Fecha

23 de enero de 2023

Materia

CURADOR, NOMBRAMIENTO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que, con fecha 17 de mayo de dos mil veintiuno, comparecen don Jos Manuel Riquelme Flores y don Lorenzo Ra l Riquelme Parrao,é ú abogados, domiciliados en calle Paseo Bulnes N 79, oficina 73, comuna de° Santiago, en representaci n de do a Cristina Alejandra Salazar Y ez,ó ñ áñ empleada, domiciliada en calle Los Alerces N 107, villa O higgins, comuna° ´ de Estaci n Central, quienes solicitan la declaraci n de interdicci n de laó ó ó abuela de su representada, do a Leonila Inostroza Molina, due a de casa,ñ ñ de igual domicilio que la solicitante. Fundan la acci n en que a sus 101 a os de edad no se encuentra enó ñ condiciones de desenvolverse por s sola, viviendo bajo el cuidado de sus dosí hijas y de la solicitante. En este sentido, ambas hijas estiman que la persona id nea paraó desempe ar el cargo de curador general y definitivo es precisamente do añ ñ Cristina Salazar. Previas citas legales, pide tener por iniciada gesti n de declaraci n deó ó interdicci n de do a Leonila Inostroza Molina, ya individualizada, y enó ñ definitiva, declarar la interdicci n y la privaci n en la administraci n de susó ó ó bienes, disponiendo la inscripci n y publicaciones determinadas por la Ley,ó nombrando como curador definitivo a do a Cristina Alejandra Salazarñ Y ez.áñ Código: SDKLXDRXVYJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Que, con fecha 16 de marzo de dos mil veintid s, se celebraó comparendo de inspecci n personal del tribunal y audiencia de parientes.ó Que, con fecha 14 de octubre de dos mil veintid s, se recibe informeó del Defensor P blico don Cipriano Rodr guez Pino.ú í Que, con fecha 9 de enero de dos mil veintitr s se solicitan los autosé para fallo.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, do a Cristina Alejandra Salazar Y ez solicitañ áñ declaraci n de interdicci n de su abuela, do a Leonila Inostrzoa Molina yó ó ñ se le designe a ella como curadora. Segundo: Que, con fecha 26 de mayo de dos mil veintiuno se da inicio a la gesti n, y se cita a audiencia de parientes e inspecci n personaló ó del tribunal. Tercero: Que, la solicitante acompa a en tanto instrumentosñ probatorios los siguientes: I.- Certificado de nacimiento de do a Leonila Inostroza Molina,ñ emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n.ó II.- Certificado de matrimonio de do a Leonila Inostroza Molina yñ don Porfirio del Carmen Y ez Sep lveda, emitido por el Servicio deáñ ú Registro Civil e Identificaci n.ó III.- Certificado de nacimiento de do a Cristina Alejandra Salazarñ Y ez, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n.áñ ó IV.- Certificado de nacimiento de do a Yolanda del Carmen Y ezñ áñ Inostroza, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n.ó V.- Certificado de nacimiento de do a Magdalena del Tr nsito Y ezñ á áñ Inostroza, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n.ó VI.- Certificado de defunci n de don Porfirio del Carmen Y ezó áñ Sep lveda emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n.ú ó Código: SDKLXDRXVYJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 VII.- Certificado de Discapacidad de la Comisi n de Medicinaó Preventiva e Invalidez, de fecha 30 de julio de dos mil veintiuno. VIII.- Credencial de discapacidad emitida por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n.ó Cuarto: Que, con fecha 16 de marzo de dos mil veintid s, se celebraó audiencia de inspecci n personal del tribunal, en donde esta magistraturaó pudo acreditar que se encuentra en buenas condiciones, postrada en una cama cl nica con un colch n anti escaras. Menciona adem s que su esposoí ó á falleci hace un a o y su cama sigue en su pieza.ó ñ Quinto: Que, en la audiencia de parientes comparece do a Yolandañ del Carmen Y ez Inostroza y do a Magdalena del Tr nsito Y ezáñ ñ á áñ Inostroza, hijas de la presunta interdicta, adem s de la solicitante, nieta deá ella. Declaran que el cuidado de do a Leonila se divide entre ambas hijas,ñ turn ndose por semana.á Ahora bien, mencionan que por momentos sufre de p rdida deé memoria, no recordando con quienes vive o perdiendo la noci n de dondeó est .á Respecto a nombrar a do a Cristina Alejandra Salazar Y ez, nietañ áñ de la presunta interdicta como curador, se alan que est n de acuerdo,ñ á debido a que es la posee mayores conocimientos para tramitar las cosas administrativas de do a Leonila.ñ Sexto: Que, el defensor P blico don Cipriano Rodr guez Pino,ú í evacua informe se alando que es posible declarar interdicta de manerañ definitiva a do a Leonila Inostroza Molina, declar ndose como curadorañ á general de la misma a do a Cristina Alejandra Salazar Y ez.ñ áñ S ptimoé : Que, la solicit

Fallo

se declara: ó I. La interdicci n definitivaó de do añ Leonila Inostroza Molina, c dula de identidad N 2.614.656-9é ° debiendo efectuarse la inscripci n en el registro correspondiente del Sr.ó Conservador de Bienes Ra ces y las publicaciones queí correspondan en un diario de circulaci n nacionaló II. Se designa curadora general, leg tima y definitiva a do aí ñ Cristina Alejandra Salazar Y ez, c dula de identidadáñ é 13.467.734-1, nieta de la interdicta, relev ndola de laá obligaci n de rendir fianza, y de reducir a escritura p blica,ó ú sirvi ndole una copia autorizada de la presente sentencia comoé suficiente t tulo de discernimiento, debiendo confeccionarí inventario solemne de los bienes del pupilo. Reg strese y arch vese en su oportunidad.í í ROL N V-121-2021.° Pronunciada por don Luis Enrique Parra Aravena, Juez Suplente. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintitr s de Enero de dos mil veintitr sé é Código: SDKLXDRXVYJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Código: SDKLXDRXVYJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-23T10:40:17-0300

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Foja: 1 FOJA: 40 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 16 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-121-2021 CARATULADO : SALAZAR/ Santiago, veintitr s de Enero de dos mil veintitr sé é Vistos: Que, con fecha 17 de mayo de dos mil veintiuno, comparecen don Jos Manuel Riquelme Flores y don Lorenzo Ra l Riquelme Parrao,é ú abogados, domiciliados en calle Paseo Bulnes N 79, oficina 73, comun

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