27º Juzgado Civil de Santiago

BANCO SANTANDER - CHILE/TRONCOSO

Rol

C-7762-2021

Fecha

21 de enero de 2023

Materia

OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 16 de septiembre de 2021, comparece Marcelo Contreras Cerda, abogado, en representación de Banco Santander-Chile, sociedad anónima bancaria, representada por Miguel Mata, factor de comercio, domiciliados en calle Bandera 140, Santiago, quien deduce demanda ejecutiva en contra de Alejandro Patricio Troncoso Poblete, cuya profesión ignora, domiciliado en Pasaje La Arboleda N° 8503, La Florida y en calle Tegualda N° 342, La Florida. Con fecha 15 de junio de 2022, la demandada se opuso a la ejecución en virtud de la excepción del artículo 464 número 17 del Código de Procedimiento Civil. Con fecha 07 de septiembre de 2022, la demandante evacuó el traslado conferido. Con fecha 18 de octubre de 2022, se omitió recibir la causa a prueba y se citó a las partes a oír sentencia.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la demandante funda su acción en la escritura pública de mutuo, suscrita con fecha 26 de junio de 2018, por la suma de 2.559,0202 UF, pagadero en 264 cuotas mensuales, pactándose que en caso de retardo en cualquiera de las cuotas se faculta al demandante para exigir el total adeudado, cuestión que ocurrió en junio de 2021, por lo que se le adeuda la suma de 2.340,4886 UF, que a modo de referencia al 7 de septiembre de 2021 equivalía a $70.188.889,

Fallo

por tanto solicita se dé curso a la ejecución hasta obtener el pago total de lo adeudado, con intereses y costas. SEGUNDO: Que, la demandada se opuso a la ejecución en virtud de la excepción del artículo 464 número 17 del Código de Procedimiento Civil, pues, la demanda se notificó el 07 de julio de 2022 y la mora se produjo en septiembre de 2018, momento en que se hicieron exigibles las obligaciones exigidas en la Código: DPTHXDSZMTJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl demanda, de forma que al notificarse la demanda ya había transcurrido el plazo de un año para ejercer la acción cambiaria, según dispone el artículo 98 de la Ley N°18.092, por ello, operó la prescripción de la acción ejecutiva, por lo que solicita se rechace la demanda ejecutiva, negándose la ejecución, con costas. TERCERO: Que, al evacuar el traslado conferido la ejecutante solicitó el rechazo de la excepción opuesta, por cuanto lo señalado por la ejecutada no guarda relación con el mérito de autos. CUARTO: Que, para acreditar los presupuestos de su acción, la demandante acompañó prueba documental, consistente en la escritura pública de contrato de mutuo cuyo cobro se intenta y certificado de liquidación de la deuda. Por su parte, la demandada no rindió prueba alguna durante el juicio. QUINTO: Que, la demandada se opuso a la ejecución en virtud de la excepción del artículo 464 número 17, alegando la prescripción respecto de un título ejecut

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 27 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-7762-2021 CARATULADO : BANCO SANTANDER - CHILE/TRONCOSO Santiago, veintiuno de Enero de dos mil veintitr sé VISTOS: Con fecha 16 de septiembre de 2021, comparece Marcelo Contreras Cerda, abogado, en representación de Banco Santander-Chile, sociedad anónima bancaria, representada por Miguel Mata, factor de comerci

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