MÁRQUEZ/MÁRQUEZ
Rol
C-487-2022
Fecha
20 de enero de 2023
Materia
ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, a folio 1, comparece doña ALISON XIMENA DE LOURDES MARQUEZ VILLARROEL, Secretaria Ejecutiva, con domicilio en Pedro Montt número trescientos sesenta y siete, Ancud, quien expone: Que viene en solicitar a audiencia de designación de juez partidor con la finalidad de que proceda a liquidar la comunidad que conforma en común con su hermano don SERGIO ALEJANDRO MÁRQUEZ VILLARROEL, ignora profesión u oficio, con domicilio en calle Lautaro N° 32, Población Antuhue N°1, Puerto Montt. Señala que ambos son comuneros de un bien inmueble ubicado en calle Pedro Montt número trescientos sesenta y siete de la ciudad de Ancud, cuyos deslindes son los siguientes: Norte, calle San Antonio, en línea quebrada de dos trazos, de catorce coma cuarenta y de dos coma dieciséis parcialidades de metros, separado por cerco; Sur, Carmelo Alvarado, en quince coma sesenta y cinco metros, separado por cerco; Este, calle Pedro Montt, en diez coma veinte metros, separados por cerco; y Oeste, Ricardo Kreisel, en línea quebrada de dos trazos, de siete coma sesenta y de cuatro coma cero cinco parcialidades de metro, separado por cerco.- Agrega que adquirieron inmueble luego de compra a su madre bajo usufructo, quedando alzada después del fallecimiento de ella, ocurrido con fecha 28 de febrero de 2022, y alzada totalmente con fecha 05 de julio de 2022 cuya anotación marginal se encuentra en el dominio de fojas setecientos treinta y cinco (735) número ochocientos quince (815), del año mil novecientos noventa y nueve (1999) el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Ancud. Indica que comparece con la finalidad de que luego de las audiencias de rigor, de no existir acuerdo, se proceda al nombramiento de un árbitro de derecho que efectúe la liquidación del bien respecto del cual es comunera y se encuentra ya individualizado. Finalmente señala que en mérito de lo expuesto y normas citadas, se sirva citar a audiencia a fin de nombrarse un juez par
Fallo
en mérito de lo expuesto y normas citadas, se sirva citar a audiencia a fin de nombrarse un juez partidor o a falta de acuerdo nombrarlo por este Tribunal, solicitando expresamente que sea nombrado uno de la ciudad de Ancud. Código: NXNXXDWJXPJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SEGUNDO: Que solo la demandante compareció a la audiencia de rigor, no logrando en consecuencia acuerdo en la persona a nombrar, solicitando la demandante su designación al tribunal. TERCERO: Que, resulta necesario tener presente el inciso final del artículo 1325 del Código Civil, que establece en relación a la partición de bienes “Si no se acuerdan en la designación-los coasignatarios- el juez, a petición de cualquiera de ellos, procederá a nombrar a un partidor que reúna los requisitos legales, con sujeción a las reglas del Código de Procedimiento Civil” A su turno, el artículo 646 del Código Procedimental establece: “Cuando haya de nombrarse partidor cualquiera de los comuneros ocurrirá al tribunal que corresponda, pidiéndole que cite a todos los interesados a fin de hacer la designación…” En este escenario y conforme lo mandata el artículo 232 del Código Orgánico de Tribunales, corresponde a este Juez proceder a su designación. Y, de conformidad además con lo dispuesto en los artículos, 636 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y 222 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales, SE DECLARA: I.- Que, se designa juez á
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FOJA: 46 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Ancud CAUSA ROL : C-487-2022 CARATULADO : MÁRQUEZ/MÁRQUEZ Ancud, veinte de Enero de dos mil veintitrés VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, a folio 1, comparece doña ALISON XIMENA DE LOURDES MARQUEZ VILLARROEL, Secretaria Ejecutiva, con domicilio en Pedro Montt número trescientos sesenta y siete, Ancud, quien expone:
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