GONZÁLEZ/DBD COMPAÑÍA Y OUTSOURCING SPA Y OTROS
Rol
O-1421-2022
Fecha
28 de julio de 2023
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 8, 9, 63, 73, 162, 168, 172, 173 y 446 y ss. del Código del Trabajo. SE RESUELVE: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por don FELIPE ANDRÉS GONZÁLEZ RIQUELME en contra de DBD COMPANIA Y OUTSOURCING SPA declarándose la existencia de relación laboral entre las partes en el lapso que se extiende entre el 16 de abril y el 09 de septiembre de 2022, declarándose que el despido del demandante ha sido nulo e injustificado, condenándose a la demandada al pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones: a) Indemnización sustitutiva de aviso previo por la suma de $600.000. b) Feriado proporcional por la suma de $120.000. c) Remuneración del mes de agosto de 2022 y 9 días de septiembre de 2022 por la suma de $780.000. d) Remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde el despido ocurrido el 09 de septiembre de 2022 hasta su convalidación mediante el pago íntegro de las cotizaciones previsionales adeudadas, a razón de $600.000 mensuales. e) Cotizaciones previsionales correspondientes al período en que se extendió la relación laboral, esto es, entre el 16 de abril de 2022 y el 09 de septiembre de 2022. II.- Que, las sumas ordenadas pagar deberán ser enteradas con los reajustes e intereses calculados en la forma establecida en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que se condena en costas a la demandada, regulándose las personales en la suma de $200.000. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, dese cumplimiento a lo ordenado en ella, dentro de quinto día, en caso contrario, certifíquese el incumplimiento y pasen los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Valparaíso. Asimismo, una vez ejecutoriada esta sentencia notifíquesela a las instituciones previsionales a las que pertenece el actor para el cobro de las cotizaciones respectivas. Regístrese y archívese en su oportunidad, quedando ambas partes notificadas en este acto de la presente sentencia. RIT O-1421-2022 RUC 22
Fundamentos
CONSIDERANDO:
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 8, 9, 63, 73, 162, 168, 172, 173 y 446 y ss. del Código del Trabajo. SE RESUELVE: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por don FELIPE ANDRÉS GONZÁLEZ RIQUELME en contra de DBD COMPANIA Y OUTSOURCING SPA declarándose la existencia de relación laboral entre las partes en el lapso que se extiende entre el 16 de abril y el 09 de septiembre de 2022, declarándose que el despido del demandante ha sido nulo e injustificado, condenándose a la demandada al pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones: a) Indemnización sustitutiva de aviso previo por la suma de $600.000. b) Feriado proporcional por la suma de $120.000. c) Remuneración del mes de agosto de 2022 y 9 días de septiembre de 2022 por la suma de $780.000. d) Remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde el despido ocurrido el 09 de septiembre de 2022 hasta su convalidación mediante el pago íntegro de las cotizaciones previsionales adeudadas, a razón de $600.000 mensuales. e) Cotizaciones previsionales correspondientes al período en que se extendió la relación laboral, esto es, entre el 16 de abril de 2022 y el 09 de septiembre de 2022. II.- Que, las sumas ordenadas pagar deberán ser enteradas con los reajustes e intereses calculados en la forma establecida en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que se condena en costas a la demandada, regulándose las personales en la suma de $200.000. Ejecutoriada que sea la
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA Valparaíso, 27 de julio de 2023. RUC 22-4-0435779-8 RIT O-1421-2022 MAGISTRADO Marlene Susana Moya Díaz ADMINISTRATIVO DE ACTAS Yessenia Labra Meza HORA DE INICIO 09:01 horas. HORA DE TÉRMINO 09:13 horas. SALA DE AUDIENCIA VIRTUAL 6 N° REGISTRO DE AUDIO 22-4-0435779-8-1338 (Sala 6) PARTE DEMANDANTE FELIPE ANDRÉS GONZÁ
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