Juzgado de Letras y Gar. de los Vilos

HOLTSCHAMP/ALEGRE

Rol

C-286-2022

Fecha

18 de enero de 2023

Materia

ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Con fecha 07 de octubre de 2022 comparece ANDRÉS HUGHES VALENZUELA, RUT 17.117.965-3, abogado, con domicilio en Av. Santa Amalia 1763 local 7-A, comuna de La Florida, en representación convencional de (1) ROSA MARY HOLTSCHAMP GONZALEZ, RUT 5.419.109-K, con domicilio en Pasaje Piguchén N° 1621, comuna de Maipú; (2) LUIS MAXIMILIANO HOLTSCHAMP GONZALEZ, RUT 5.411.877-5, con domicilio en Francisco Álvarez Romero N° 878, comuna de Arica; (3) JUANA YOLANDA HOLTSCHAMP GONZALEZ, RUT 8.653.387-1, con domicilio en O’Higgins N° 1244, depto. 602, comuna de Antofagasta; (4) JOHN HARRIS HOLTSCHAMP GONZALEZ, RUT 7.277.870-7, con domicilio en Mar del norte sur N° 293, comuna de Coquimbo; (5) JACQUELINE DE LOURDES HOLTSCHAMP GONZALEZ, RUT 8.688.525-5, con domicilio en Los Quillayes N° 410, comuna de Illapel; (6) ANNIE MÓNICA HOLTSCHAMP GONZALEZ, RUT 8.686.714-1, con domicilio en Luis Duran N° 4260, comuna de Recoleta; y (7) DAMIÁN ANDRÉS HOLTSCHAMP HOLTSCHAMP, RUT 13.749.945-2, con domicilio en Pasaje Piguchen N° 1621, comuna de Maipú, solicitando se cite a comparendo tanto a sus representados, como a la demandada, ALEJANDRINA DEL CARMEN ALEGRE TAPIA, RUT: 6.143.802-5, con domicilio en calle El Carmen N° 482, Población El Carmen, comuna de Illapel; a fin de proceder a la designación de un juez arbitro partidor de derecho, en base a los siguientes antecedentes: Refiere que, tras fallecer el padre de sus representados, don JUAN ENRIQUE HOLTSCHAMP PIÑONES, con fecha 10 de octubre del año 1981, siendo su ultimo domicilio el inmueble cuya partición solicita, ubicado en calle Michimalongo N° 366, Los Vilos, se generó una comunidad hereditaria. Precisa que el inmueble objeto de partición corresponde al sitio número 3, manzana número 27, de la Población Los Vilos, comuna de Los Vilos, cuyos deslindes son: NORTE, 60 metros con sitio número cuatro; ORIENTE: 15 metros con calle Michimalongo; SUR, 60 metros con sitio número Dos; PONIENTE: 15 metros con parte del sitio número cinco, cu

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la parte demandante, ya individualizada, ha solicitado a este Tribunal la designación de juez árbitro de derecho para la partición de la comunidad hereditaria quedada al fallecimiento del causante don Juan Enrique Holtschamp Piñones, en los términos pormenorizados en lo expositivo. Junto a su solicitud, los peticionarios acompañaron los siguientes documentos: 1. Copia de inscripción de dominio a fojas 305 número 462 año 2009, Registro de Propiedad del conservador de Bienes Raíces de los Vilos. 2. Copia de inscripción de cesión de derechos a fojas 957 vuelta número 1152 año 2009, registro de propiedad del conservador de bienes raíces de Los Vilos. SEGUNDO: Que, con el mérito de los documentos referidos, y tomando en cuenta lo dispuesto en el inciso primero del artículo 1317 del Código Civil, que Código: JHYLXDQNJBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl prescribe que ninguno de los coasignatarios de una cosa universal o singular será obligado a permanecer en la indivisión, y teniendo en consideración finalmente el inciso final del artículo 1325 del mismo cuerpo normativo, el cual señala que si los coasignatarios no acuerdan en la designación de un partidor el juez, a petición de cualquiera de ellos, procederá a nombrar uno que reúna los requisitos legales, con sujeción a las reglas del Código de Procedimiento Civil, es que se procederá a la designación solicitada, como se dirá en lo resolutivo.

Fallo

Por tanto, y previas citas legales, solicita a este Tribunal que, en caso de no arribar a acuerdo en la oportunidad procesar respectiva, proceda al nombramiento de un árbitro de derecho que efectúe la partición del inmueble heredado. Con fecha 17 de octubre de 2022 fue notificada personalmente la demandada de autos. Con fecha 02 de noviembre de 2022 se celebró la audiencia decretada en autos con la asistencia del abogado de la parte demandante don Andrés Francisco Horacio Hughes Valenzuela, y en calidad de agente oficioso por la demandada, don Cristian Alegre Donoso. En ella, las partes expresan que no existe posibilidad de acuerdo y que sea el tribunal quien designe el juez árbitro. Con fecha 04 de noviembre de 2022 la parte demandada ratifica lo obrado por agente oficioso ante ministra de fe del Tribunal. Con fecha 12 de diciembre de 2022, se cita a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la parte demandante, ya individualizada, ha solicitado a este Tribunal la designación de juez árbitro de derecho para la partición de la comunidad hereditaria quedada al fallecimiento del causante don Juan Enrique Holtschamp Piñones, en los términos pormenorizados en lo expositivo. Junto a su solicitud, los peticionarios acompañaron los siguientes documentos: 1. Copia de inscripción de dominio a fojas 305 número 462 año 2009, Registro de Propiedad del conservador de Bienes Raíces de los Vilos. 2. Copia de inscripción de cesión de derechos a fojas 957 vuelta número 115

Texto Completo (Preview)

FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. de los Vilos CAUSA ROL : C-286-2022 CARATULADO : HOLTSCHAMP/ALEGRE Los Vilos, dieciocho de enero de dos mil veintitrés. VISTOS: Con fecha 07 de octubre de 2022 comparece ANDRÉS HUGHES VALENZUELA, RUT 17.117.965-3, abogado, con domicilio en Av. Santa Amalia 1763 local 7-A, comuna de La Florida, en representación conv

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