BANCO DE ESTADO DE CHILE/FIGUEROA
Rol
C-458-2022
Fecha
17 de enero de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: Primero : Demanda. A folio 1, comparece don MAXIMILIANO JOSE SANCHEZ DERIO, Abogado, domiciliado en San Diego 81, piso 8, Santiago, mandatario judicial en representaci n convencional del ó BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa aut noma de cr ditos del Estado,ó é seg n se acredita con escritura p blica de mandato judicial de fecha 09 deú ú Diciembre de 2021, otorgada ante el Notario P blico de Santiago donú Código: YCJKXDCYZWH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl lvaro Gonz lez Salinas, que acompa o en un otros de esta presentaci n,Á á ñ í ó domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O Higgins N 1111, piso 8 ,´ º º Comuna de Santiago, quien respetuosamente dice: Su representado, el Banco del Estado de Chile, es due o del pagarñ é que se acompa a en el primer otros de esta demanda, que fue suscrito enñ í calidad de deudor principal por don( a) ñ SECUNDINO DEL CARMEN FIGUEROA GUTIERREZ, ignora profesi n u oficio, domiciliado enó SAN ANTONIO 232 PSDO CURVA LAS TORTILLAS DRCHA, LINARES, y/o SAN ANTONIO 232, LINARES. El pagar fue suscrito por la suma de é $7.449.776.-, por concepto de capital, m s un inter s del 1,34% MENSUAL, que el deudor se oblig aá é ó pagar en 4 cuotas ANUALES y sucesivas de $2.818.338.- cada una, salvo la ltima cuota de $2.818.339.- todas con vencimiento los d as 05 de cadaú í mes, venciendo la primera de ellas el d a 05 de enero de 2021.í Se estableci en el pagar que en caso de mora o simple retardo en eló é pago de cualesquiera de las cuotas pactadas, el deudor est obligado aá pagar, desde el incumplimiento, intereses penales equivalentes al m ximoá convencional seg n las tasas que rijan durante el retardo, sin perjuicio de losú dem s derechos del acreedor, quedando facultado el Banco del Estado deá Chile para hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido en el caso de no pago de cualquiera de las cuotas en que se dividió la obligaci n.ó El deudor se oblig
Fundamentos
fundamentos de derecho en que se apoya, y N 11 del Art 464 del C digo° ó de Procedimiento Civil, la concesi n de esperas o pr rrogas del plazo. ó ó En relaci n a la excepci n contemplada en el N 4 del Artó ó ° mencionado: De la simple lectura de la demanda, llama la atenci n lo queó se est cobrando, ya que excede lo actualmente debido, considerando que seá pag la suma de $2.818.340.- y la suma de $ 341.661.- ambas el d a 05ó í enero del 2021, y la suma de $1.648.376, con fecha 10 de Febrero del 2021. Respecto a la excepci n contemplada en el N 11 del Art. 464 deló ° C digo de Procedimiento Civil. Cabe hacer presente que me acerque aló Banco del Estado en Enero del presente a o, para solucionar el cr ditoñ é pendiente, ya que no contaba con los medios para pagar el saldo, se me inform que estudiar an mi caso y se dar an una soluci n ya que realmenteó í í ó el inter s de su cr dito es alt simo, considerando la situaci n actual del pa sé é í ó í y mi precaria situaci n econ mica. ó ó Posteriormente en Marzo, nuevamente acudi a conversar con suó ejecutiva Carolina Cabello y Jefe de Normalizaci n, indic ndole estos ó á que bajar an los intereses a costo 0, envi ndole todo por correo electr nico, alí á ó d a de hoy no me ha llegado correo alguno; posteriormente en el mes deí Mayo concurri nuevamente a conversar con su ejecutiva, contest ndoleó á sta, que pronto tendr a soluci n, que estuviera tranquilo. é í ó Hoy me encuentra con la sorpresa de que me est n demandando porá tal causa. Concluye citando normas legales y solicitando se sirva tener por formulada excepci n a la ejecuci n de autos, en todas sus partes, con costas.ó ó Código: YCJKXDCYZWH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Tercero: Contestaci n de la excepci n. A folio 17ó ó , comparece don WALTER MORALES CERONI, Abogado, por la ejecutante, quien respetuosamente dice: Encontr ndose dentro de plazo, viene en evacuar el traslado conferidoá a su parte, con fecha 24 de Agosto de 2022, notificado con misma fecha por el Estado Diario, respecto de las excepciones opuesta por el ejecutado don Secundino del Carmen Figueroa Guti rrez.- é Esta parte, haci ndose cargo de dicha oposici n, viene en solicitar aé ó US., el rechazo en todas sus partes con expresa condenaci n en costas, deó las excepciones opuestas por el deudor, mediante presentaci n de fecha 04ó de Julio de 2022, fundadas en la disposiciones del Art culo 254 N 4 y 464í ° N 11, del C digo de Procedimiento Civil, esto es, la exposici n clara de° ó “ ó los hechos y fundamentos de derecho en que se apoya , y la concesi n de” “ ó espera y pr rroga del plazo .- ó ” RECHAZO DE LAS EXCEPCIONES OPUESTAS: En primer lugar, la ejecutada ha opuesto la excepci n contempladaó en el N 4 del art culo 254 del C digo de Procedimiento Civil.- Para elloº í ó funda su excepci n en que se ala que se excede lo actualmente debidoó ñ considerando que realizo algunos pagos.- Al respecto, solicita el re
Fallo
por tanto el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $6.135.151.-, m sá los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda m s la comisi n legal del 2,00% anual sobre el saldo delá ó capital garantizado por el Fondo de Garant a para Peque os Empresariosí ñ (FOGAPE), m s las costas de esta causa.á Como consta del pagar que se acompa a, la obligaci n es indivisible,é ñ ó el (los) suscriptor(es) relevaron al portador de los documentos de la obligaci n de protesto y, la(s) firma(s) de este(os) se encuentra autorizada poró Notario. La obligaci n es l quida, actualmente exigible y la acci n ejecutivaó í ó no se encuentra prescrita. Concluye citando normas legales y solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don SECUNDINO DEL CARMEN FIGUEROA GUTIERREZ, ya individualizado(s), en la(s) calidad(es) ya indicada(s), admitirla a tramitaci n y ordenar se despache mandamiento deó ejecuci n y embargo en su contra por la suma de ó $6.135.151.-, m s laá comisi n legal del 2,00% anual sobre el saldo del capital garantizado por eló Fondo de Garant a para Peque os Empresarios (FOGAPE), m s interesesí ñ á pactados y costas, requerir de pago al deudor, y disponer se siga adelante esta ejecuci n hasta que a mi representada se le haga entero y cumplidoó pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. Segundo: Excepciones. A folio 9, comparece don SECUNDINO DEL CARMEN FIGUEROA
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CAUSA C-458-2022 MATERIA Cobro de pagaré C digo ó [C07] PROCEDIMIENT Ejecutivo Obligaci n de Daró DEMANDANTE BANCO DEL ESTADO DE CHILE RUT. 97.030.000-7 ABOGADO MAXIMILIANO JOSE SANCHEZ DERIO C.I. 13.233.382-3 ABOGADO WALTER MORALES CERONI C.I. 8.635.096-3 DEMANDADO FIGUEROA GUTIERREZ SECUNDINO DEL CARMEN C.I. 8.551.559-4 ABOGADO ROBERTO ANTONIO MU OZ ABRAHAMÑ C.I. 4.798.541-2 FECHA DE INGRESO 29
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