5º Juzgado Civil de Santiago

NÚÑEZ/MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO

Rol

C-8272-2022

Fecha

17 de enero de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Con fecha 17 de agosto de 2022 a folio 1, comparece do añ Claudia N ez Tapia, abogada, con domicilio en Santo Domingo N 1364,úñ ° Departamento 1909, Santiago, e interpone demanda para que se declare la prescripci n extintiva de la acci n de cobro de la deuda contra da por suó ó í padre, don Jos Rub n N ez N ez, respecto de la Municipalidad deé é úñ úñ Santiago, representada legalmente por su alcaldesa, do a Irac Hasslerñ í Jacob, ambos con domicilio en Av. Catedral N 900, Comuna de Santiago.° Indica que, el 31 de octubre de 1991, su padre don Jos Rub né é N ez N ez suscribi escritura p blica de reconocimiento de deudaúñ úñ ó ú otorgada en la 41 Notar a de Santiago de don Felix Jara Cadot, mediante laí cual declar adeudar el saldo insoluto del precio de la compraventa deó derechos equivalente a 0,3897% del lote uno de la propiedad denominada Mercado de la Vega (o Feria municipal de Santiago ), cuyo t tulo se“ ” “ ” í encuentra inscrito a fojas 54576, N 48664 del a o 1991, correspondiente a° ñ un monto de $571.905.- y se oblig a pagarlo en 179 cuotas mensualesó iguales, con vencimiento el ltimo d a h bil de cada mes, a contar de eneroú í á de 1989. Para garantizar el exacto, oportuno e ntegro cumplimiento de todas yí cada una de las obligaciones contra das, se constituyeron dos cauciones.í Primero la hipoteca inscrita en el Registro de Hipotecas y Grav menes delá Conservador de Bienes y Ra ces de Santiago, a fojas 40901, N 23253, delí ° a o 1991, en favor de la municipalidad de Santiago y segundo, limitaci n alñ ó Código: SMNXDMJSTH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-8272-2022 Foja: 1 dominio consistente en la prohibici n de gravar y enajenar eló establecimiento comercial sin previa autorizaci n de la municipalidadó acreedora, inscrita en el Registro de Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar del Conservador de Bienes Ra ces, en Fojas 66038, N 27999, delí ° a o 1991. Agrega que el cumplimi

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, comparece do a Claudia N ez Tapia,ñ úñ accionando, para que se declare la prescripci n extintiva de la acci n deó ó cobro de la deuda contra da por su padre don Jose Ruben N ez N ez, ení úñ úñ contra de la Municipalidad de Santiago, de acuerdo a lo rese ado en loñ expositivo del presente fallo. SEGUNDO: Que a folio 12 se tuvo por contestada la demanda y por allanada a la demandada. TERCERO: Que la parte demandante, para acreditar sus alegaciones, acompa documentos que no fueron objetados por lañó contraria: 1. Copia de inscripci n de fojas 40901 n mero 23253ó ú correspondiente al Registro de Hipoteca del a o 1991, emanadoñ del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago, de 17 de agosto deí 2022. Este documento da cuenta del gravamen que constituy donó Jos Rub n Nu ez N nez en favor de la Ilustre Municipalidad deé é ñ ú Santiago para garantizar el cumplimiento de la obligaci n de pagoó de saldo del precio por $571.905.-, consistente en hipoteca sobre los derechos equivalentes a 0,3897% del lote 1 de parte de la propiedad denominada Mercado de laVega .“ ” 2. Copia de inscripci n de fojas 66038 n mero 27999ó ú correspondiente al Registro de Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar del a o 1991, emanada del Conservador de Bienesñ Ra ces de Santiago de fecha 17 de agosto de 2022. Esteí documento da cuenta que don Jos Rub n N ez N ez,é é úñ úñ Código: SMNXDMJSTH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-8272-2022 Foja: 1 constituy prohibici n de gravar y enajenar sin autorizaci n de laó ó ó Municipalidad de Santiago respecto a los derechos equivalentes a 0,3897% del lote 1 de parte de la propiedad denominada Mercado de laVega .“ ” 3. Certificado de Posesi n Efectiva otorgada bajo el n de inscripci nó ° ó 29330 del a o 2022, emanado del Servicio de Registro Civil eñ Identificaci n de fecha 27 de abril de 2022. Este documento daó cuenta de la calidad de heredera de la actora respecto del causante don Jos Rub n N ez N ez.é é úñ úñ 4. Certificado de Hipotecas y Grav menes del inmueble inscrito aá Fojas 39059 N mero 56742 del Registro de Propiedad del a oú ñ 2022 ubicado en la comuna de Recoleta, que corresponde a derechos equivalentes a un 0,3897% en lote n mero uno del planoú de subdivisi n de parte de una propiedad denominada Mercado deó La Vega o "Feria Municipal de Santiago" perteneciente a la actora y don Patricio Rub n Nu ez Tapia; emanado del Conservador deé ñ Bienes Ra ces de Santiago, de fecha 18 de mayo de 2022. Esteí documento da cuenta de la vigencia de las inscripciones de hipoteca y prohibici n que pesan sobre el bien. ó CUARTO: Que la demandada no rindi prueba.ó QUINTO: Que resulta pertinente tener en cuenta lo previsto en el art culo 2492 del C digo Civil que se ala La prescripci n es un modo deí ó ñ “ ó adquirir las cosas ajenas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse pose do las cosas o no haberse ejercido dichas accio

Fallo

Por estas consideraciones, y vistos, adem s lo dispuesto por losá art culos 144, 160, 170, 254 y siguientes y 342 del C digo de Procedimientoí ó Civil; y los art culos 1698, 2196 y siguientes, 2407, 2413, 2434, 2492, 2514,í 2515 y 2516 del C digo Civil, se declara:ó I.- Que se acoge la demanda de folio 1, declar ndose la prescripci ná ó extintiva de las acciones de cobro ordinarias y ejecutivas tendientes a obtener el pago de $571.905.- correspondiente al saldo del precio de la compraventa al cual estaba obligado don Jos Nu ez Nu ez yé ñ ñ consecuencialmente de las acciones derivadas de la hipoteca y prohibici n,ó pactadas como cauci n y que pesan sobre el inmueble de la demandante. ó II.- Que en consecuencia, se ordena alzar y cancelar las inscripciones de hipoteca y prohibici n; inscritas a fojas 40901, N 23253 del Registro deó ° Hipotecas y Grav menes del a o 1991 y a Fojas 66038, N 40901 en elá ñ ° Registro de Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar del a o 1991, ambasñ del Conservador de Bienes y Ra ces de Santiago y que pesan sobre el biení inscrito a Fojas 39059 N mero 56742 del Registro de Propiedad del a oú ñ 2022, del mismo conservador. III.- Que cada parte soportar sus costas.-á Pronunciado por don Felipe Sanhueza Godoy, Juez Suplente del Quinto Juzgado Civil de Santiago. Código: SMNXDMJSTH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-8272-2022 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo di

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C-8272-2022 Foja: 1 FOJA: 16 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 5 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-8272-2022 CARATULADO : N EZ/MUNICIPALIDAD DE SANTIAGOÚÑ Santiago, diecisiete de Enero de dos mil veintitr sé VISTOS Con fecha 17 de agosto de 2022 a folio 1, comparece do añ Claudia N ez Tapia, abogada, con domicilio en Santo Domingo N 1364,úñ ° Departamento 1909, Santiago, e int

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