ZAMORA/LEÓN
Rol
C-1023-2022
Fecha
16 de enero de 2023
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1, en lo principal de la presentaci n de fecha 9 deó junio de 2022, comparece do a ñ Solange Del Carmen Zamora Castro, due a de casa, domiciliada en Avenida Isidoro Campa a N 2359, comunañ ñ ° de La Serena, deduciendo en juicio ordinario, demanda de resoluci n deó contrato e indemnizaci n de perjuicios en contra de don ó Luis Esteban Le n Valenciaó , constructor civil, domiciliado en Los Carrera 657, Oficina 403, comuna de La Serena. Funda su demanda en que con fecha 25 de febrero del a o 2022,ñ suscribi un contrato de ejecuci n de obra con don Luis Esteban Le nó ó ó Valencia, quien comparece y firma dicho contrato, cuyo objeto es la remodelaci n de su vivienda, ubicada en Avenida Isidoro Campa aó ñ N 2539, comuna de La Serena.° Se ala que para llevar a cabo la ejecuci n de la obra, ambasñ ó partes acordaron un valor de $3.000.000.- (tres millones de pesos), haciendo presente que el valor establecido inclu a: contratar mano de obraí especializada y adquirir materiales de buena calidad, acorde a las especificaciones t cnicas se aladas en el mismo contrato (cl usula sexta).é ñ á Indica que se acordaron los siguientes pagos: - Al momento de celebrar el contrato, el 50% del contrato, esto es $1.500.000.- (un mill n quinientos mil pesos). Monto que pag en dosó ó transacciones bancarias distintas: La primera el d a 26 de febrero de 2022,í por un monto de $100.000.- (cien mil pesos) y la segunda el d a 28 deí Código: LXWXXDXWKHH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl febrero del a o 2022 por un monto de $1.400.000.- (un mill n cuatrocientosñ ó mil pesos). - El segundo pago, que consist a en el 25% del valor total, esto esí $750.000.- (setecientos cincuenta mil pesos); que deb a realizarse alí momento de comenzar la 2 etapa de trabajo, seg n la Carta Gantt° ú desarrollada por el propio demandado, que consist a principalmente ení labores de pintura. Pago que cumpli con fecha 01 de abril de 2022.
Fundamentos
fundamentos de derecho los art culos 1545 y 1546ñ í del C digo Civil, luego indica que ha dado cumplimiento ntegro a lasó í obligaciones que le fueron impuestas. Realizando el pago de los montos acordados en las fechas estipuladas. Sin embargo, don Luis Esteban Le nó Valencia no ha cumplido cabalmente su prestaci n, sino m s bien ha sidoó á negligente en su actuar al abandonar el lugar de trabajo sin finalizar la obra en cuesti n.ó Concluye que en relaci n con lo expuesto, se configuran losó elementos esenciales de la responsabilidad contractual, esto es: hecho imputable al deudor, don Luis Esteban Le n Valencia , al no asegurarse deó que los trabajadores que l mismo contrat concurrieran a su lugar deé ó trabajo para finalizar la obra de remodelaci n, dejando adem s susó á herramientas de trabajo abandonadas en la propiedad; tambi n al noé encargarse de comprar los materiales de la calidad y especificaci n acordadaó previamente con su parte, incumpliendo absolutamente con el plazo de entrega. Plantea, que concurre la mora, al no haber cumplido la obligaci nó dentro del plazo estipulado. Se ala, en relaci n al da o, que hasta el d a de hoy no puedeñ ó ñ í habitar su propiedad ya que a n hay materiales y basuras propias de laú obra, el piso nuevo jam s fue instalado, existen cables expuestos que daná cuenta de la inconclusi n de la obra.ó A consecuencia de lo anterior, estima que es l gico aplicar loó preceptuado por el C digo Civil en el Art culo 1489 en el sentido que, enó í caso de incumplimiento por una de las partes, el contrato bilateral, lleva envuelta la condici n resolutoria t cita, en caso de no cumplirse lo pactadoó á pudiendo, la parte afectada solicitar, a su arbitrio, la resoluci n del contratoó o el cumplimiento forzado del mismo, con indemnizaci n de perjuicios.ó Plantea que desde esa perspectiva, se dan los presupuestos exigidos para que opere la condici n resolutoria t ctica, estos son: a) Que se trate deó á un contrato bilateral; b) Que haya incumplimiento grave imputable de una Código: LXWXXDXWKHH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl obligaci n; c) Que quien la pide, haya cumplido o est llano a cumplir; y,ó é por ltimo, d) Que sea declarada por sentencia judicial.ú Concluye que conforme a lo expuesto a lo largo de su demanda, podemos se alar respecto del da o moral, aquel que se fundamenta en elñ ñ sufrimiento, trastorno psicol gico, cualquier afectaci n espiritual ocasionadoó ó por don Luis Esteban Leon Valencia, y que ha llevado a la perturbaci nó constante de su familia, desorganizando su hogar familiar e, incluso, impidiendo establecerse en el mismo debido a las obras inconclusas. La preocupaci n constante de tener que hacer frente a compromisosó econ micos que adquiri para lograr dejar en las mejores condiciones suó ó nuevo hogar, sin poder habitarlo y tener que, adem s, arrendar otraá propiedad para poder vivir durante este tiempo, por lo cual, solicito se
Fallo
Por estas consideraciones y visto, adem s, lo dispuesto en losá art culos 1, 144, 158, 160, 170, 341, 346, 384 del C digo de Procedimientoí ó Civil; 1489, 1545, 1546, 1547, 1556, 1698, 1700, 1702, 1706 del C digoó Civil, se resuelve: I.- Que se acoge parcialmente la demanda interpuesta en lo principal de la presentaci n de fecha 9 de junio de 2022, s lo en cuanto seó ó condena a don Luis Esteban Le n Valencia a pagar a do a Solange deló ñ Carmen Zamora Castro, la suma de $2.250.000.- (dos millones doscientos cincuenta mil pesos) a t tulo de da o emergente y $1.000.000.- (un mill ní ñ ó de pesos) a t tulo de da o moral.í ñ II.- Que habi ndose acogido parcialmente la demanda, cada parteé pagar sus costas.á An tese, reg strese y notif quese a las partes.ó í í Código: LXWXXDXWKHH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Pronunciada por Cecilia Rojas Nogerol, Juez Titular. En La Serena, a diecis is de Enero de dos mil veintitr sé é , se notific por eló estado diario, la resoluci n precedente.ó Código: LXWXXDXWKHH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-16T16:13:06-0300
Texto Completo (Preview)
FOJA: 38 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de la Serena CAUSA ROL : C-1023-2022 CARATULADO : ZAMORA/LE NÓ La Serena, diecis is de Enero de dos mil veintitr sé é VISTOS: A folio 1, en lo principal de la presentaci n de fecha 9 deó junio de 2022, comparece do a ñ Solange Del Carmen Zamora Castro, due a de casa, domiciliada en Avenida Isidoro Campa a N 2359, comunañ
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica