Juzgado de Letras de Villa Alemana

FUENTEVILLA/TOLEDO

Rol

C-1705-2022

Fecha

16 de enero de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Al folio 1, comparece do a ñ Alejandra de Lourdes Fuentevilla Sep lvedaú , profesora de castellano, domiciliada en calle Fresia N°221, Poblaci n Loó Berm dez, Pe ablanca, Villa Alemana, quien interpone demanda de prescripci nú ñ ó extintiva, rectificada a folio 19, en contra de la Ilustre Municipalidad De Villa Alemana, representada por su Alcaldesa do a Javiera Toledo Mu oz, ambosñ ñ domiciliados en calle Buenos Aires N°850, Villa Alemana, a fin de que se declare la prescripci n de la deuda que se le imputa por concepto de derechos de aseoó domiciliario, respecto del inmueble ubicado en calle Fresia N°224, Villa Alemana, correspondiente al per odo comprendido entre el 31 de mayo del a o 2015 hasta elí ñ 30 de noviembre de 2019, fundando su petici n en que el plazo de 3 a os paraó ñ declarar la prescripci n extintiva, establecido en el art culo 2521 del C digo Civil,ó í ó se ha cumplido. Al folio 19, se contiene acta de audiencia de contestaci n y conciliaci n,ó ó celebrada con la asistencia de ambas partes debidamente representadas. La parte demandada contest la demanda, mediante escrito contenido al folio 18 solicitandoó su rechazo, en atenci n a que, el art culo 6°, inciso primero, del decreto ley N°ó í 3.063, de 1979, del Ministerio del Interior, sobre Rentas Municipales, dispone que el servicio municipal de extracci n de residuos s lidos domiciliarios se cobrar aó ó á todos los usuarios de la comuna, pudiendo este cobro ser diferenciado, utilizando al efecto diversos criterios, tales como programas ambientales, que incluyan, entre otros, el reciclaje; la frecuencia o los vol menes de extracci n; o las condiciones deú ó accesibilidad. Los criterios utilizados para la determinaci n del cobro de estosó servicios deber n ser de car cter, general y objetivo, y establecerse por cadaá á municipalidad a trav s de ordenanzas locales. é Se ala que, por su parte, el art culo 7º del citado Decreto Ley, disponeñ í que las municipalidades cobrar n un derecho trimestr

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, al folio 1, comparece do a Alejandra De Lourdesñ Fuentevilla Sep lvedaú , quien interpone demanda de prescripci n extintiva,ó rectificada a folio 19, en contra de la Ilustre Municipalidad De Villa Alemana, representada por su Alcaldesa do a Javiera Toledo Mu oz, a fin de que se declareñ ñ la prescripci n de la deuda que se le imputa por concepto de derechos de aseoó domiciliario, respecto del inmueble ubicado en calle Fresia N°224, Villa Alemana, correspondiente al per odo comprendido entre 31 de mayo del a o 2015 hasta elí ñ 30 de noviembre de 2019, en atenci n a que el plazo de 3 a os para declarar laó ñ prescripci n extintiva, establecido en el art culo 2521 del C digo Civil, se haó í ó cumplido. SEGUNDO: Que, al folio 18, la demandada contest la demanda, solicitandoó su rechazo, en atenci n a que la I. Municipalidad de Villa Alemana, seg n laó ú jurisprudencia de la Contralor a General de la Rep blica, carece de atribucionesí ú para condonar, total o parcialmente, las deudas que se originen por el no pago del derecho de aseo domiciliario, adem s de que la normativa del C digo Civil seá ó aplica al g nero de “impuesto”, y no a un “tributo”, como ser a el caso delé í derecho de aseo municipal. Asimismo en un otros de su presentaci n dedujo demandaí ó reconvencional de cobro de pesos por derechos de aseo devengados en el periodo entre el 31 de mayo de 2015 al 30 de noviembre de 2022, por la suma de $605.012.- TERCERO: La parte demandada reconvencional, evacuando el traslado, solicit se rechace la demanda en todas sus partes en virtud de los argumentosó Código: KSHGXDLJGGH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl esgrimidos en su presentaci n de folio 1, atendido que la deuda de aseo seó encuentra prescrita. CUARTO: Que, al folio 12, se recibi la causa a ó prueba fij ndose comoá hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, los siguientes: 1.- Efectividad de haber transcurrido ininterrumpidamente el plazo de prescripci n de las acciones y derechos para perseguir deuda por concepto deó derechos de aseo domiciliario, correspondiente al per odo comprendido entre el 31í de mayo del a o 2.015 al 30 de noviembre del a o 2019.ñ ñ 2.- Efectividad que la demandante adeuda montos por concepto de derechos de aseo domiciliarios a la Municipalidad demandada. Montos adeudados. QUINTO: Que, al folio 20, las partes renunciaron expresamente a la etapa probatoria, de com n acuerdo, y solicitaron al Tribunal que se citara a o rú í sentencia a las partes, resoluci n que consta al folio 22.ó SEXTO: Que, de la prueba documental incorporada conjuntamente con la demanda, no objetada, rendida por la demandante, se da por establecido que respecto del inmueble ubicado en calle Fresia N°224, Villa Alemana, se mantiene una deuda por concepto de derechos de aseo domiciliario, correspondiente al per odo transcurrido entre el 31 de mayo de 2015 al 30 de noviembre de 2022, loí que s

Fallo

Por lo expuesto solicita se rechace la demanda de autos en todas sus partes, con costas. En un otros de su presentaci n de folio 18, la demandada dedujo demandaí ó reconvencional de cobro de pesos en contra de do a Alejandra De Lourdesñ Fuentevilla Sep lveda, solicitando se condene a la demandada al pago, por conceptoú de derechos de aseo domiciliario, intereses y reajustes adeudados y devengados en el periodo comprendido entre el 31 de mayo de 2015 al 30 de noviembre de 2022, por la suma de $605.012.- m s intereses, reajustes y costas de la causa. á La parte demandada reconvencional, evacuando el traslado, solicit seó rechace la demanda en todas sus partes en virtud de los argumentos esgrimidos en su presentaci n de folio 1.ó En la misma audiencia, se efectu el llamado a conciliaci n el que noó ó prosper y se recibi la causa a prueba.ó ó Al folio 22, se cit a las partes a o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, al folio 1, comparece do a Alejandra De Lourdesñ Fuentevilla Sep lvedaú , quien interpone demanda de prescripci n extintiva,ó rectificada a folio 19, en contra de la Ilustre Municipalidad De Villa Alemana, representada por su Alcaldesa do a Javiera Toledo Mu oz, a fin de que se declareñ ñ la prescripci n de la deuda que se le imputa por concepto de derechos de aseoó domiciliario, respecto del inmueble ubicado en calle Fresia N°224, Villa Alemana, correspondiente al per odo comprendido entre 31 de mayo del a o 2015 hasta elí ñ 30 de noviembre de 2019, en atenci

Texto Completo (Preview)

FOJA: 25 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Villa Alemana CAUSA ROL : C-1705-2022 CARATULADO : FUENTEVILLA/TOLEDO Villa Alemana, diecis is de Enero de dos mil veintitr sé é VISTO: Al folio 1, comparece do a ñ Alejandra de Lourdes Fuentevilla Sep lvedaú , profesora de castellano, domiciliada en calle Fresia N°221, Poblaci n Loó Berm dez, Pe ablanca, Villa Alemana,

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