AGUILUZ/
Rol
V-144-2022
Fecha
16 de enero de 2023
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece do a Natalia Sanzana Bahamondes, abogada, en representaci n deñ ó do a Esperanza Mariela Aguiluz Saavedra, domiciliada en Cop rnico N 4853, comunañ é ° de San Joaqu n, quien interpone gesti n voluntaria por la negativa del Conservador deí ó Bienes Ra ces de San Miguel de inscribir el duplicado de la posesi n efectiva N deí ó ° inscripci n 47119 del a o 2019 de la causante Mar a In s Saavedra Hern ndez.ó ñ í é á Indica que la sucesi n de la causante tramit la primera solicitud de posesi nó ó ó efectiva ante el Servicio de Registro Civil e Identificaci n el 15 de julio de 2019. Enó aquella oportunidad, el rgano p blico emiti un certificado de posesi n efectiva N deó ú ó ó ° inscripci n 47119, folio Nó 00011462721, donde agreg a la lista de herederos de° ó manera arbitraria a do a Laura Margot Aguiluz Yanten, quien no es real heredera de lañ causante Mar a In s Saavedra Hernandez, por no tener ninguna relaci n de filiaci n,í é ó ó seg n se comprueba con los certificados de nacimiento que se acompa an. ú ñ Agrega que, al percatarse del error, su representada solicit ante el Servicio deó Registro Civil e Identificaci n una modificaci n del certificado de posesi n efectiva,ó ó ó emiti ndose por dicho rgano un nuevo duplicado, corregido y correctamente entregadoé ó bajo el folio N 0031462734. ° Se ala que, el 6 de septiembre de 2021, solicit la inscripci n del duplicado deñ ó ó certificado de posesi n efectiva, N de inscripci n 47119, folio N 0031462734, ante eló ° ó ° Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel, quien rechaz la inscripci n mencionandoí ó ó que la eliminaci n de un heredero procede solo en virtud de resoluci n judicial. ó ó Por lo
Fundamentos
motivos expuestos, solicita se ordene al Conservador de Bienes Ra ces deí San Miguel inscribir la posesi n efectiva quedada al fallecimiento de do a Mar a In só ñ í é Saavedra Hern ndez y aceptar la modificaci n que elimina como heredera a do a Lauraá ó ñ Margot Aguiluz Yanten. A folio 7, el Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel evacu informe alí ó tenor de lo solicitado por el tribunal. A folio 12, se trajeron los autos para fallo. Código: JQQTXDKMXEH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece do a Natalia Sanzana Bahamondes, abogada, enñ representaci n de do a Esperanza Mariela Aguiluz Saavedra, quien interpone gesti nó ñ ó voluntaria por la negativa del Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel de inscribirí el duplicado de la posesi n efectiva N de inscripci n 47119 del a o 2019 de la causanteó ° ó ñ Mar a In s Saavedra Hern ndez mediante el cual se excluy como heredera de laí é á ó causante a do a Laura Margot Aguiluz Yanten.ñ SEGUNDO: Que, el art culo 18 del Reglamento del Registro Conservatorio deí Bienes Ra ces dispone que ante la negativa del Conservador a practicar una inscripci n,í ó la parte perjudicada puede ocurrir ante el juez respectivo, quien en vista de la solicitud y de los motivos expuestos por el reclamado, debe resolver por escrito y sin m s tr mite loá á que corresponda. TERCERO: Que, el informe del Sr. Conservador de Bienes Ra ces de Saní Miguel fue evacuado con fecha 10 de agosto de 2022, consignando en lo pertinente que de conformidad a la inscripci n de fojas 4779 N 4382 del Registro de Propiedad del a oó ° ñ 2020, do a Mar a Ines Saavedra Hern ndez, junto a otros herederos, son due os de lañ í á ñ propiedad ubicada en calle Pasaje Romano de Dominicis N 330, hoy pasaje Ingeniero° Mario D az, N 330, poblaci n Lautaro, comuna de San Joaqu n.í ° ó í Indica que con fecha 6 de septiembre de 2021, ingres a su oficio una solicitudó de inscripci n de posesi n efectiva de do a Mar a In s Saavedra Hernandez, seg n losó ó ñ í é ú documentos entregados por el requirente, se pudo observar que en el certificado de posesi n efectiva otorgado por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n de do aó ó ñ Mar a In s Saavedra Hernandez, consta que con fecha 11 de agosto de 2021, se eliminí é ó a uno de los herederos que constaba en otro de los certificados de posesi n efectivaó puestos a disposici n por el solicitante, requerimiento que fue rechazado pues no procedeó eliminaci n de heredero sin resoluci n judicial.ó ó Agrega que, respecto del reparo, la modificaci n de la posesi n efectiva solo seó ó tramit ante el Servicio de Registro Civil e Identificaci n y no se solicit laó ó ó correspondiente resoluci n judicial ante los Tribunales de Justicia ya que exist a conó í anterioridad una posesi n efectiva en la cual si constaba el heredero que se elimin . Enó ó raz n de lo expuesto, la solicitud realizada fue rechazada, toda
Fallo
Por estas consideraciones y visto adem s, lo dispuesto en los art culos 13, 18 y 88á í del Reglamento del Conservador de Bienes Ra ces; art culos 817 y siguientes del C digoí í ó de Procedimiento Civil y Ley N 19.903 Para el Otorgamiento de la Posesi n Efectiva° ó de la Herencia y Adecuaciones de la Normativa Procesal, Civil y Tributaria sobre la materia, se declara: I.- Que, se acoge el reclamo presentado por do a Natalia Sanzanañ Bahamondes, abogada, en representaci n de do a Esperanza Mariela Aguiluz Saavedra,ó ñ en consecuencia, se le ordena al Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel, inscribirí y/o practicar las inscripciones que correspondan, respecto de la posesi n efectiva deó Código: JQQTXDKMXEH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 do a Mar a In s Saavedra Hern ndez, concedida por Resoluci n Exenta N 60142, deñ í é á ó ° fecha 26 de julio de 2019 del Servicio de Registro Civil e Identificaci n, dejandoó constancia que se elimina de la inscripci nó antes referida a do a Laura Margot Aguiluzñ Yanten, Run 10.636.374-9, por no tener la calidad de heredera de la causante. Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidadí í í . Rol V-144-2022 DICTADA POR DO A SUSANA CHAC N ARANCIBIA, JUEZA TITULAR.Ñ Ó Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Miguel, diecis is de Enero de dos mil veintitr sé é Código: JQQTXDKMXEH Este document
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Foja: 1 FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : V-144-2022 CARATULADO : AGUILUZ/ San Miguel, diecis is de Enero de dos mil veintitr sé é VISTOS: Comparece do a Natalia Sanzana Bahamondes, abogada, en representaci n deñ ó do a Esperanza Mariela Aguiluz Saavedra, domiciliada en Cop rnico N 4853, comunañ é ° de San Joaqu n, quien interpone g
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