CROSSVILLE FABRIC CHILE S.A./INSPECCION COMUNAL DEL TRABAJO DE TOME
Rol
I-2-2023
Fecha
27 de julio de 2023
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos pacíficos, son los siguientes: 1.- La empresa reclamante, tiene más de 300 trabajadores. 2.- Que se sanciono a la empresa reclamante con una multa de 60 Utm, por resolución de multa 8055-23-3 Hechos a Probar, son los siguientes: 1.- Efectividad de que la resolución impugnada adolece de una errada calificación jurídica de los hechos, antecedentes y circunstancias. 2.- Efectividad de que la reclamante ha corregido las supuestas infracciones constatadas. En la afirmativa antecedentes, por menores y circunstancias. 3.- Proporcionalidad de la sanción impuesta, por la resolución impugnada. 4.- Motivación de la resolución reclamada. No hay reposiciones por ninguna de las partes. Incorporación de la Prueba documental de la parte reclamante: I.- Documental: 1.- Copia resolución multa Nº 8055/23/3, de la ICT TOMÉ, de fecha 24 de abril de 2023 2.- Correo de notificación cuyo asunto es “Informa término de fiscalización Nº 0806/202/55., enviado por ICT TOMÉ (nccictTome@dt.gob.cl ) a nuestra andante (ximolina@crossvillefabric.com ) con fecha martes, 25 de abril de 2023. 3.- INFORME EMPRESA, emitido por la ACHS, singularizado como “RESULTADO LISTA DE VERIFICACIÓN CONDICIONES DE SANEAMIENTO BÁSICO N° 7950818 CODIGO FR-036 V_01” elaborado a partir de la visita a las instalaciones de nuestra mandante efectuada el día 03 de mayo de 2023 4.- INFORME EMPRESA, emitido por la ACHS, singularizado como ASESORÍA DEPARTAMENTO DE PREVENCION DE RIESGO N° 7953526, elaborado a partir de la visita de revisión a las instalaciones de nuestra mandante efectuada el día 08 de mayo de 2023. 5.- Registro de control de “aseo, limpieza y sanitización de áreas de producción, administración, servicios higiénicos, vestidores, casino y buses de acercamiento“ realizado por Olager Eduardo Muñoz Sanhueza, contratista de Obras Menore, Servicios de Aseo y otros para CROSSVILLE FABRIC CHILE S.A de sus instalaciones en Tomé entre el 17 y 20 de abril de 2023 y entre el 3 y el 13 de mayo de 2023. 6.- In
Fallo
Por estas consideraciones, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 503, 505 A y 506 del Código del Trabajo, lo dispuesto a su vez en los artículos 11 y 41 de la Ley 19.880, el Tribunal declara: I.-Se acoge la reclamación presentada por Crossville Fabric S.A en contra de la Inspección Comunal del Trabajo de Tomé, solo en cuanto se rebaja la multa impuesta por la resolución 8055/23/3, fijándose la cuantía de la multa en 15 UTM. Se rechaza el reclamo en lo demás pedido. II.- Cada parte, pagara sus costas. Los comparecientes se entienden personalmente notificados de las resoluciones y sentencia dictada en la presente audiencia. Se pone término a esta siendo las 12:38 horas. Dirigió y dictó don NICOLAS HUMERES GUAJARDO, Juez Titular del Juzgado de letras de Tomé. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras de Tomé, veinticinco de julio de dos mil veintitrés.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA UNICA/ RECLAMO MONITORIO PLATAFORMA ZOOM FECHA 25 de julio 2023 RUC 23-4-0483066-k RIT I-2-2023 JUEZ TITULAR NICOLAS HUMERES GUAJARDO ADMINISTRATIVO DE ACTAS María angélica Concha Ramírez HORA DE INICIO 10:10 Horas HORA DE TERMINO 12:38 Horas Nº REGISTRO DE AUDIO 23-4-0483066-k-187-230725-00-01-U DEMANDANTE (COMPARECE) Crossville Fabric Chile S.A ABOGADA RECLAM
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica