BANCO SECURITY/GUAJARDO
Rol
C-7348-2021
Fecha
16 de enero de 2023
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece Jos Ignacio M rquez Espinosa, abogado, en representaci né á ó convencional de BANCO SECURITY, persona jur dica del giro de suí denominaci n, representada legalmente por don Eduardo Olivaresó Veloso, Ingeniero Comercial, todos domiciliados para estos efectos en calle Estado 57, oficina 501, Santiago; quien entabla demanda en juicio ordinario de cobro de pesos en contra de don EDUARDO FRANCISCO GUAJARDO ALVARADO, ignora profesi n u oficio,ó con domicilio en calle Alfonso Vial N 572, Comuna de Maip ,º ú atendido que adeuda a su representado la suma de $20.246.516.- m sá intereses y costas. Refiere que el demandado don Eduardo Francisco Guajardo Alvarado, pr stamos que le hizo mi representado, como mutuante,é uno por la suma de $20.246.516.- (sic). Ambos por concepto de capital m s intereses que se convinieron pagar y constan de losá siguientes pagares. Se ala que Banco Security es due o del pagar N 516729 a su orden, queñ ñ é º acompa a, suscrito el 15 de junio del 2017, cuyo valor inicial deñ $20.246.516.- se dividi en 60 cuotas mensuales, iguales y sucesivas deó $414.413.-, en las que se encuentran comprendidos los intereses de 0,7% mensual, con vencimiento los d as 04 de cada mes, a contar del mes deí agosto del 2017.- Código: KDBXXDYKVBH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ROL C-7348-2021 Fojas 2 Es del caso, que el demandado no ha pagado la cuota Numero 11 con vencimiento a partir del 04 de junio del 2018, y todas las siguientes, raz n por la cual y de acuerdo a lo estipulado hace exigible, eló total de la obligaci n insoluta la que asciende a $17.432.122.-, poró concepto de capital, m s los intereses correspondientes, hasta la fechaá de pago efectivo. Expone que el mutuario no cumpli con la obligaci n de restituir a que seó ó refiere el art culo 2196 del C digo Civil en circunstancias que, en su poca,í ó é el contrato se perfeccion de acuerdo a lo que se ala el art culo 2197 de
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Jos Ignacio M rquez Espinosa,é á mandatario judicial y en representaci n convencional de Banco Security,ó quien deduce demanda en juicio ordinario de menor cuant a de cobro deí pesos en contra de don Eduardo Francisco Guajardo Alvarado, para que sea condenada a pagar la suma adeudada de $17.432.122.- m s intereses, yá costas; fund ndose para ello en los antecedentes de hecho y de derechoá expuestos en su libelo de demanda, los que han sido precedentemente rese ados en lo expositivo de esta sentencia.ñ SEGUNDO: Que legalmente notificado el demandado don Eduardo Francisco Guajardo Alvarado, se tiene por contestada la demanda en rebeld a, no aporta prueba alguna en su defensa; de acuerdo a loí precedentemente rese ado en lo expositivo de esta sentencia. ñ TERCERO: Que la parte demandante acompa a la siguiente pruebañ documental, la que no ha sido objetada por la parte demandada: 1.- Copia digital de Escritura P blica de Mandato Especial de Bancoú Security a Eugenia G mez Hermosilla y otros, otorgada ante Notarioó Suplente de la 5 Notar a P blica de Santiago, con fecha 25 de septiembreª í ú de 2020 (Repertorio n 7592-2020).° Código: KDBXXDYKVBH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ROL C-7348-2021 Fojas 5 2.- Copia digital de Pagar Cuotas Iguales mensuales Pesos tasa Fija,é – N 516729, suscrito por don Eduardo Francisco Guajardo Alvarado con° fecha 15 de junio de 2017, en que declara que debe y pagar a la orden deá Banco Security la suma de $20.246.516.- m s inter s del 0,7% mensualá é vencido ( )… El capital conjuntamente con los intereses se pagar n en 60 cuotasá mensuales, iguales y sucesivas de $414.413.- cada una, pagadera los d as 04í de cada mes, debiendo pagarse la primera el 04 de agosto de 2017 y la ultima el 04 de julio de 2022. En caso de mora o simple retardo en el pago de todo o parte del capital e intereses, se capitalizar n los intereses devengados, y devengar elá á inter s m ximo convencional que la ley permita estipular para operacionesé á de cr dito de dinero en moneda nacional ( )é … Consta Protesto de Pagar n 11521 por $17.432.122.- con fecha 20é ° de agosto de 2018, Notar a P blica M. Angelica Gal n Bauerle.í ú á CUARTO: Que es propio de una demanda de cobro de pesos, que el demandante pretenda que se declare la obligaci n que pesa sobre eló demandado de pagarle una determinada cantidad de dinero, por el cr ditoé que tendr a en su contra. Se trata de una acci n de naturaleza ordinaria yí ó declarativa. QUINTO: Que con la presente acci n, la demandante Banco Securityó pretende obtener el pago de un mutuo otorgado al demandado don Eduardo Francisco Guajardo Alvarado, el que consta a su vez en el Pagaré n 516729, suscrito con fecha 15 de junio de 2017 por la suma de° $20.246.516.- m s inter s del 0,7% mensual vencido ( ) que el demandadoá é … se oblig a pagar en 60 cuotas, a contar del 04 de agosto de 2017 y laó ultima el 04 d
Fallo
Por estas consideraciones y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 144,á í 160, 170, 254, 309, 342, 346, 356, 358, 680 y siguientes del C digo deó Procedimiento Civil; art culos 1437, 1489, 1698, 1699, 1700, 2514 yí siguientes del C digo Civil, ó SE RESUELVE: I. Que se acoge en todas sus partes la demanda de cobro de pesos impetrada por Banco Security, y deducida en contra del deudor don Eduardo Francisco Guajardo Alvarado, conden ndolo a pagar la sumaá Código: KDBXXDYKVBH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ROL C-7348-2021 Fojas 7 adeudada de $17.432.122.- m s los intereses correspondientes.á II.- Que se condena en costas a la parte demandada, por haber sido completamente vencida. NOTIF QUESE Y REG STRESE.-Í Í ROL C-7348-2021 DICTADA POR DON OSVALDO CORREA ROJAS, JUEZ TITULAR DEL DECIMO CUARTO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. AUTORIZA Carlos Inostroza S ez, Secretario Subrogante DEL DECIMOá CUARTO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art culo 162 del C digo de Procedimiento Civil, en Santiago a 16 d así ó í del mes de enero del a o dos mil veintitr s.ñ é Código: KDBXXDYKVBH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-16T14:04:57-0300
Texto Completo (Preview)
ROL C-7348-2021 Fojas 1 NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia JUZGADO : 14 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-7348-2021 CARATULADO : BANCO SECURITY / GUAJARDO En Santiago, a diecis is d as del mes de enero del a o dos mil veintitr s.é í ñ é VISTOS: Comparece Jos Ignacio M rquez Espinosa, abogado, en representaci né á ó convencional de BANCO SECURITY, persona jur dica del giro de suí denominaci n,
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