20º Juzgado Civil de Santiago

CATERPILLAR LEASING CHILE S.A./LÓPEZ

Rol

C-1686-2022

Fecha

17 de enero de 2023

Materia

ARRENDAMIENTO, ART. 607 CPC

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE Al folio 1, comparece doña Jessica Morales Zamorano, abogada, domiciliada en avenida El Golf Nº40, piso 20, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, en representación de Caterpillar Leasing Chile S.A., del giro alquiler de equipos y maquinarias, cuyo gerente general es el Sr. Luis Marcelo Prado Parraguez, ingeniero civil, ambos con domicilio en Rosario Norte N°407, piso catorce, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago; quien de conformidad a lo establecido en los artículos 607 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, interpone demanda en juicio sumario especial de terminación inmediata de contrato de arrendamiento, restitución de bien mueble arrendado y cobro de rentas insolutas e indemnización de perjuicios pactada, más intereses y costas, en contra de Prisma Inversiones SpA, del giro transporte de carga por carretera, representada por don Carlos Alberto López Vera, ignora profesión u oficio, y en contra de este último en calidad de fiador y codeudor solidario de la sociedad demandada, ambos domiciliados en Huérfanos N°778, departamento 1111 y/o Paseo Huérfanos N°1160, departamento 601, comuna de Santiago, y/o avenida Francisco de Villagra 235 E, comuna de Ñuñoa, todos de la Región Metropolitana de Santiago. A folio 20, consta notificación efectuada a la parte demandada de autos. A folio 24, rola comparendo de estilo, con la comparecencia de la parte demandante y, en rebeldía de la demandada. El tribunal tiene por contestada la demanda en rebeldía. Llamadas las partes a conciliación, ésta no se produjo. Se recibió la causa a prueba, fijándose los hechos controvertidos que rolan en autos. A folio 25, se citó a las partes a oír sentencia. Código: MEGEXDKRHBH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1686-2022 Foja: 1

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la demandante relata que con fecha 08 de septiembre de 2021, Caterpillar Leasing Chile S.A. y Prisma Inversiones SpA, celebraron un “Contrato marco de arriendo con opción de compra N° de operación 730-00814”, protocolizado bajo el Repertorio N°2503-21 de fecha 27 se septiembre de 2021, en la Notaría Pública de Santiago de don Mauricio Bertolino Rendic, en el cual se estipularon los términos y condiciones generales aplicables al arrendamiento de maquinaria entre las partes. Indica, que las partes suscribieron el anexo N°730-00814-001 al contrato marco de arrendamiento, denominado “Condiciones particulares”, otorgado en la misma fecha que el contrato marco y protocolizado en la misma notaría bajo Repertorio N°2504-21, en virtud del cual la demandante entregó en arrendamiento a Prisma Inversiones SpA, por el plazo de 25 meses, la máquina industrial tipo minicargador marca Caterpillar, modelo 262D3, serie N°MXJ00538, motor N°8MC7281, año 2022, color amarillo, nuevo y sin uso. Detalla, que esta máquina industrial se inscribió en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados, a nombre de la arrendadora, bajo el N°RGGF.50-K. Expresa, que en la cláusula N°3 del contrato marco de arrendamiento, las partes estipularon que la vigencia del mismo se extendería desde la fecha de suscripción hasta la fecha de la opción de compra establecida en el anexo sobre condiciones particulares. Añade, que en la cláusula 4 y en la “Tabla de Rentas” contenidas en el Anexo sobre condiciones particulares N°730-00814-001, se estipuló que las rentas de arrendamiento se pagarían de la siguiente forma: a) Con una primera renta de $4.867.000.- más I.V.A., pagada el 25 de septiembre de 2021; y, b) Con 23 rentas de arrendamiento, iguales, mensuales y sucesivas de $2.173.158.- más I.V.A., cada una, con vencimiento los días 25 de cada mes, a partir del 25 de noviembre de 2021 hasta el 25 de septiembre de 2023. Señala, que la opción de compra se pactó en la suma de $2.023.817.- más I.V.A. con vencimiento el 25 de octubre de 2023. Comenta, que la entrega material de la máquina arrendada, a satisfacción de la sociedad arrendataria consta en el documento denominado “Declaración de Código: MEGEXDKRHBH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1686-2022 Foja: 1 recibo y aceptación” suscrito por el representante legal de la arrendataria Prisma Inversiones SpA, de fecha 9 de septiembre de 2021. Indica, que en la cláusula número 5 del contrato marco, las partes pactaron que cualquier pago fuera de plazo, daría derecho a la arrendadora para cobrar a la arrendataria el interés máximo convencional, sobre el total de las rentas adeudadas. Añade, que en la cláusula número 13 del contrato marco, las partes convinieron que, en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones de la arrendataria, la arrendadora tendría derecho, entre otros, a poner término inmediato y anticipado al contrato de arren

Fallo

por lo expuesto, y de acuerdo a lo establecido en el artículo 1489 del Código Civil, acerca de la condición resolutoria tácita que envuelve todo contrato bilateral, lo dispuesto en los artículos 607 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y lo estipulado por las partes en el contrato marco de arrendamiento y anexo sobre condiciones particulares, solicita declarar la terminación inmediata del contrato de arrendamiento citado precedentemente, por incumplimiento de la arrendataria de su obligación esencial de pagar las rentas pactadas. Previa invocación de disposiciones legales que estima pertinentes, solicita tener por interpuesta demanda de terminación inmediata de contrato de arrendamiento, restitución de bien arrendado y cobro de rentas e indemnización de perjuicios pactada, más intereses y costas, en contra de Prisma Inversiones SpA, representada por don Carlos Alberto López Vera, y en contra de este último, en calidad de fiador y codeudor solidario de la sociedad demandada, acogerla en definitiva en todas sus partes, declarando: a.- Terminado el “Contrato marco de arriendo con opción de compra N°730- 00814”, y su anexo sobre condiciones particulares N°730-00814-001”, celebrados entre las partes. b.- Que la parte demandada debe restituir a la actora el bien arrendado: minicargador marca Caterpillar, modelo 262D3, serie N°MXJ00538, motor N°8MC7281, año 2022, color amarillo, patente N°RGGF.50-K., en forma inmediata o dentro de tercero día de notificada la sentencia q

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C-1686-2022 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 20 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-1686-2022 CARATULADO : CATERPILLAR LEASING CHILE S.A./L PEZÓ Santiago, diecisiete de Enero de dos mil veintitr sé VISTOS Y TENIENDO PRESENTE Al folio 1, comparece doña Jessica Morales Zamorano, abogada, domiciliada en avenida El Golf Nº40, piso 20, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de

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