ENGIE ENERGÍA CHILE S.A./
Rol
V-20-2022
Fecha
13 de enero de 2023
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 13 de julio de 2022, se present ante este Tribunal don Manuel Ponceó Delgado, abogado, chileno, soltero, c dula nacional de identidad N 15.801.522-6, ené ° representaci n deó ENGIE ENERG A CHILE S.AÍ , empresa chilena del giro energ tico, Rol nico Tributario N 88.006.900-4, ambos domiciliados en calleé Ú ° Avenida Apoquindo N 3721, Comuna de Las Condes, Regi n metropolitana, solicitando° ó se declare constituida una concesi n de exploraci n minera en su favor, cuya caraó ó superior tendr superficie de 200 hect reas, la que se denominar á á á “ALBATROZ 25 .” Con fecha 05 de agosto de 2022 se inscribi el pedimento de autos a fojas 64ó N 27 del Registro de Descubrimientos de Minas del a o 2022 del Conservador de Minas° ñ de Calbuco, seg n consta de copia acompa ada a estos antecedentes.ú ñ Con fecha 11 de agosto de 2022, copia autorizada de la inscripci n se aladaó ñ precedentemente fue publicada en el Bolet n Oficial de Miner a de Santiago.í í Con fecha 16 de diciembre de 2022, informa el Servicio Nacional de Geolog a yí Miner a acerca de los aspectos t cnicos relacionados con la solicitud de autos y el planoí é acompa ado a sta, se alando que stos se encuentran conforme con lasñ é ñ é disposiciones legales vigentes, y que la forma, las dimensiones y orientaci n de la caraó superficial de la concesi n solicitada se ajustan a la ley, quedando sta comprendidaó é dentro del terreno pedido. Que, las coordenadas U.T.M. del Punto Medio y de los v rtices del per metro deé í la cara superior de la concesi n, referidas al Elipsoide Internacional de 1924, Datum Laó Canoa de 1956, Huso 18, son las siguientes: V RTICEÉ NORTE (m.) ESTE (m) P.M. 5.384.500,00 638.990,00 V-1 5.385.500,00 638.490,00 V-2 5.385.500,00 639.490,00 V-3 5.383.500,00 639.490,00 V-4 5.383.500,00 638.490,00
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el art culo 34í del C digo de Miner a, ó í Las concesiones mineras se constituyen por resoluci n“ ó judicial dictada en un procedimiento no contencioso, sin intervenci n decisoria de otraó autoridad o persona .” Código: JGDSXDYQSGG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SEGUNDO: Que, el art culo 43 del mismo C digo se ala los requisitos queí ó ñ debe contener el pedimento y el art culo 56 del mismo cuerpo legal, los tr mitesí á posteriores. Por otra parte, el art culo 57 inciso 3 dispone que í ° “si el informe es favorable, el juez dictar sentencia declarando constituida la concesi n exploraci ná ó ó .” TERCERO: Que consta de los antecedentes allegados a la solicitud que se han cumplido con todos los tr mites que se ala la ley y que el informe del Servicioá ñ Nacional de Geolog a y Miner a de Chile es favorable al peticionario.í í Y vistos, adem s, lo dispuesto en los art culos 34 a 58, 86 y siguientes del C digoá í ó de Miner a, art culos 13 y siguientes del Reglamento del C digo de Miner a, y art culosí í ó í í 817 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil,
Fallo
SE RESUELVE:ó I.- Que SE APRUEBA el plano de la concesi n de exploraci nó ó “ALBATROZ 25 acompa ado; y” ñ II.- Que SE DECLARA CONSTITUIDA LA CONCESI N DEÓ EXPLORACI N ALBATROZ 25 ,Ó “ ” de una extensi n de 200 hect reas, yaó á singularizada, a favor del peticionario ENGIE ENERG A CHILE S.AÍ , Rol nicoÚ Tributario N 88.006.900-4° Extr ctese la presente sentencia, de acuerdo con lo dispuesto en el art culo 90 delá í C digo de Miner a; publ quese dicho extracto; inscr base en el Registro deó í í í Descubrimientos Mineros del Conservador de Minas respectivo y arch vese en dichoí registro, una copia del plano. El solicitante entregar al Servicio Nacional de Geolog a y Miner a copiaá í í autorizada de esta sentencia y el original del plano. En su oportunidad se archivar copiaá del plano de la concesi n conforme al art culo 42 del Reglamento del C digo deó í ó Miner a.í An tese, reg strese, notif quese, y arch vese, en su oportunidad. ó í í í Habi ndose firmado la presente sentencia con firma electr nica avanzada,é ó obt ngase copia autorizada de la misma a trav s de la Oficina Judicial Virtual o delé é Portal del Poder Judicial. Rol V-20-2022 Resolvi don ó REN ALEXANDER REYES PRADENASÉ , Juez Titular del Juzgado de Letras, Garant a y Familia de Calbuco.í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Calbuco, trece de Enero de dos mil veintitr sé Código: JGDSXDYQSGG Este documento tiene firma electrónica y su original puede
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Calbuco CAUSA ROL : V-20-2022 CARATULADO : ENGIE ENERG A CHILE S.A./Í Calbuco, trece de Enero de dos mil veintitr sé VISTOS: Con fecha 13 de julio de 2022, se present ante este Tribunal don Manuel Ponceó Delgado, abogado, chileno, soltero, c dula nacional de identidad N 15.801.522-6, ené ° representaci n deó ENGIE ENERG A CHILE S
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica