LUNA/ISAPRE CON SALUD S.A.
Rol
C-1842-2022
Fecha
12 de enero de 2023
Materia
SENTENCIA JUDICIAL, COBRO EJECUTIVO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: A lo principal de la demanda que rola al folio 01, comparece la abogada Carmen Gloria Luna Leal, domiciliada en calle Valdivia 300, Oficina 1001, Comuna de Los Ángeles, quién deduce una demanda ejecutiva en contra de ISAPRE CONSALUD S.A, sociedad del giro de su denominación, domiciliada en calle Ercilla 195, local 4, Los Ángeles. Relata que en distintas ocasiones ha deducido recursos de protección en contra de la demandada (enumera 6, en distintas Cortes de Apelaciones) en donde han sido generadas como costas personales la suma de $1.032.992. Denuncia que en cada uno de los casos las sentencias interlocutorias respectivas no han sido cumplidas por la ejecutada. Hace presente que en cada caso la demandada emitió vale vistas -los cuales estaban disponibles en cualquier sucursal de Scotiabank- no obstante fue informada en forma tardía de aquello, de modo que no tuvo oportunidad para retirarlos debido a la emergencia sanitaria y esos documentos ya fueron devueltos a la ejecutada, la cual no los ha revalidado a pesar de las solicitudes. Solicita se despache mandamiento por la suma que señala y se siga con la causa hasta el pago de todo lo debido. Al folio 05, la ejecutada opone la excepción de pago. Luego de reconocer la existencia de las causas que dan origen a las costas que se cobran, expone que ellas fueron pagadas mediante la emisión de vale vista a nombre de los recurrentes, los que fueron puestos en conocimiento de las Cortes de Apelaciones respectivas. Señala además que como se aprecia en los documentos que acompaña en la presentación, todos los vale vista mediante los cuales se da pago a las costas reclamadas fueron emitidos, y se encuentran disponibles para su retiro. Al folio 10, la ejecutante se allana a la alegación contraria. Al folio 12, se declaró admisible la excepción y se citó a las partes a oír sentencia. Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, en parte de prueba de su demanda, la abogada demandante agregó los siguientes documentos: 1. Copia con firma electrónica avanzada de sentencia dictada en causa Rol 47740-2019, de fecha 31 de julio de 2020, pronunciada por la Código: LMZMXDXNTYF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Ilustrísima Corte de Apelaciones de Concepción, que sirve de título a esta ejecución; Resolución de la Corte Suprema donde se confirma la sentencia apelada y su respectivo cúmplase; Regulación de Costas Personales y Mandato Judicial en donde consta mi personería para actuar en autos. 2. Copia con firma electrónica avanzada de sentencia dictada en causa Rol 376-2021, de fecha 17 de enero de 2022, pronunciada por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Coyhaique, que sirve de título a esta ejecución; Certificación de Ejecutoria de la misma; Regulación de Costas Personales y Mandato Judicial en donde consta mi personería para actuar en autos. 3. Copia con firma electrónica avanzada de sentencia dictada en causa Rol 1614-2021, de fecha 21 de octubre de 2021, pronunciada por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de La Serena, que sirve de título a esta ejecución; Certificación de Ejecutoria de la misma; Regulación de Costas Personales y Mandato Judicial en donde consta mi personería para actuar en autos. 4. Copia con firma electrónica avanzada de sentencia dictada en causa Rol 50-2022, de fecha 10 de febrero de 2022, pronunciada por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de La Serena, que sirve de título a esta ejecución; Resolución de la Corte Suprema donde se confirma la sentencia apelada y su respectivo cúmplase; Regulación de Costas Personales y Mandato Judicial en donde consta mi personería para actuar en autos. 5. Copia con firma electrónica avanzada de sentencia dictada en causa Rol 88-2022, de fecha 17 de febrero de 2022, pronunciada por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de La Serena, que sirve de título a esta ejecución; Resolución de la Corte Suprema donde se confirma la sentencia apelada y su respectivo cúmplase; Regulación de Costas Personales y Mandato Judicial en donde consta mi personería para actuar en autos. 6. Copia con firma electrónica avanzada de sentencia dictada en causa Rol 676-2022, de fecha 04 de marzo de 2022, pronunciada por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Temuco, que sirve de título a esta ejecución; Certificación de Ejecutoria de la misma y Mandato Judicial en donde consta mi personería para actuar en autos. Segundo: Que, por su parte, la parte ejecutada conjuntamente con la excepción de pago interpuesta y para efectos de probar la excepción planteada acompañó: 1. Escrito presentado y nómina emitida por Banco Scotiabank en la que consta la emisión del vale vista a nombre de la parte recurrente por la suma de $200.000.- correspondientes a las costas fijadas en el recurso de protección Rol 50-2022 tramitado ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones
Fallo
Por estas reflexiones y teniendo presente lo establecido en los artículos 1.437, 1.545, 1.546, 1.698 y 1.702 del Código Civil y 160, 170 N° 6, 341, 310, 464 N° 9, 470 y 471 del Código de Procedimiento Civil. I. Que se acoge la excepción deducida al folio 05. Código: LMZMXDXNTYF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl callto:1.437,%201.545,%201.546,%201 II. Que, en consecuencia, se absuelve a la demandada de la ejecución iniciada en su contra. III. Que, se condena en costas a la ejecutante. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Los Angeles, doce de Enero de dos mil veintitrés Código: LMZMXDXNTYF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-12T16:51:03-0300
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Los Angeles CAUSA ROL : C-1842-2022 CARATULADO : LUNA/ISAPRE CON SALUD S.A. Los Angeles, doce de Enero de dos mil veintitrés Visto: A lo principal de la demanda que rola al folio 01, comparece la abogada Carmen Gloria Luna Leal, domiciliada en calle Valdivia 300, Oficina 1001, Comuna de Los Ángeles, quién deduce una demanda ejecuti
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