24º Juzgado Civil de Santiago

ATENAS/MUNICIPALIDAD DE QUINTA NORMAL

Rol

C-6659-2022

Fecha

12 de enero de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 12 de julio de 2022, doña María Fernanda Arabella Atenas Carreño, pensionada, domiciliada en calle Sergio Valdovinos N°1440, block C, depto. 401, comuna de Quinta Normal, dedujo demanda de prescripción en juicio ordinario de menor cuantía en contra de Ilustre Municipalidad de Quinta Normal, representada por su Alcaldesa doña Karina Delfino Mussa, de quien expresó ignorar profesión u oficio, ambas domiciliadas en Av. Carrasc N°4447, comuna de Quinta Normal, pretendiendo se declare la prescripción de las acciones destinadas a obtener el pago de la deuda que mantendría por concepto de derechos de aseo domiciliario, por la suma de $794.719, referentes al periodo comprendido entre el 31 de julio de 2006 a 30 de noviembre de 2010 y de 31 de mayo de 2018 al 31 de mayo Código: CPNHXDJXDYF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de 2019, todos inclusive, y que afectarían al inmueble que sirve de domicilio a la actora. En subsidio, demanda la declaración de prescripción ordinaria de cinco años, respecto del periodo comprendido entre el 31 de julio de 2006 al 30 de noviembre de 2010, ambos inclusive, por el monto de $691.010 o la cantidad que a la época de la sentencia corresponda. Funda su pretensión en ser dueña de la propiedad que le sirve de domicilio, habiendo tomado conocimiento de una deuda, por concepto de derechos de aseo domiciliario, que afectaría a dicho bien raíz, mediante certificado obtenido desde portal web de la contraria que acompaña en un otrosí, y por el cual adeudaría a la demandada la suma de $1.022.895, monto dentro del cual se incluyen valores impagos del periodo comprendido entre el 31 de julio de 2006 al 30 de noviembre de 2010 y entre el 31 de mayo de 2018 al 30 de noviembre de 2022, todos inclusive, derechos que aquella no ha demandado judicialmente, encontrándose prescritas las acciones de cobro del periodo comprendido entre el 31 de julio de 2006 al 31 de mayo de 201

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la demandante, doña María Fernanda Arabella Atenas Carreño, dedujo demanda de prescripción en juicio ordinario de menor cuantía en contra de Ilustre Municipalidad de Quinta Normal, ambas ya individualizadas, pretendiendo se declare la prescripción de las acciones destinadas a obtener el pago de la deuda que mantendría por concepto de derechos de aseo domiciliario, por la suma de $794.719, referentes al periodo comprendido entre el 31 de julio de 2006 a 30 de noviembre de 2010 y de 31 de mayo de 2018 al 31 de mayo de 2019, todos inclusive, y que afectarían al inmueble que sirve de domicilio a la actora, todo lo anterior de conformidad con los hechos y Código: CPNHXDJXDYF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl fundamentos de derecho relatados, latamente, en la parte expositiva del presente fallo. En subsidio, demanda la declaración de prescripción ordinaria de cinco años, respecto del periodo comprendido entre el 31 de julio de 2006 al 30 de noviembre de 2010, ambos inclusive, por el monto de $691.010 o la cantidad que a la época de la sentencia corresponda. Por su lado, la demandada se allanó en forma parcial a la demanda contraria, aceptando, solamente, que las acciones legales para exigir el pago de la deuda por derechos de aseo, por el periodo comprendido entre el 31 de julio de 2006 y el 31 de junio de 2018, ambos inclusive, se encuentran prescritas, haciendo reserva de acciones sobre ellos y se le exima del pago de costas. SEGUNDO: Que la prescripción es un modo de adquirir las cosas ajenas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse poseído las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los demás requisitos legales, lo se encuentra tratado en el Código Civil, en los artículos 2.492 y siguientes. TERCERO: Que la prescripción se inserta en un sistema jurídico de protección, que tiene como objetivo principal, el otorgar certeza y seguridad a las relaciones jurídicas que ligan a los sujetos de derecho y la debida tutela o protección de los mismos, instando en definitiva a que los partícipes de dichas relaciones no se hallen vinculadas en forma indefinida, Código: CPNHXDJXDYF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl provocando con ello incertidumbre y falta de consolidación de las diversas situaciones jurídicas. Si bien el ordenamiento, por una parte, otorga la protección al acreedor, facultando al sujeto activo para exigir de aquel que le garantice el ejercicio pacífico y en definitiva la eficacia de su derecho; protege a su vez al sujeto pasivo de la relación estableciendo con normas de orden público el real alcance y permanencia del deber que de esta relación emana. La prescripción extintiva o liberatoria, permite la estabilidad de los derechos dando seguridad jurídica y, en definitiva, se constituye en un castigo p

Fallo

se declara: I.- Que se acoge, sin costas, la demanda de lo principal del escrito de fecha 12 de julio de 2022, declarándose prescritas las acciones de cobro de derechos de aseo del inmueble ubicado en Sergio Valdovinos N°1440, Block C, departamento 401, comuna de Quinta Normal, que tenía la demandada en contra de la actora, respecto del periodo comprendido entre el 31 de julio de 2006 y el 30 de noviembre de 2010 y del 31 de mayo de 2018 al 31 de mayo de 2019, todas fechas inclusive. II.- Que se rechaza, la reserva de acciones solicitada en el petitorio de la contestación de la demanda, de lo principal del escrito de 22 de agosto de 2022. Anótese, regístrese y notifíquese. Código: CPNHXDJXDYF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Pronunciada por doña Cecilia Pastén Pérez, Juez Suplente. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el Art.162 del C.P.C. en Santiago, a doce de enero de dos mil veintitrés. Acb. Código: CPNHXDJXDYF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-12T16:02:31-0300

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 24º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-6659-2022 CARATULADO : ATENAS / MUNICIPALIDAD DE QUINTA NORMAL. Santiago, a doce de enero de dos mil veintitrés. VISTOS: Con fecha 12 de julio de 2022, doña María Fernanda Arabella Atenas Carreño, pensionada, domiciliada en calle Sergio Valdovinos N°1440, block C, depto. 401, comuna de Quinta Normal, dedujo dem

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