BANCO DE ESTADO DE CHILE/GÁLVEZ
Rol
C-744-2022
Fecha
12 de enero de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: Comparece Claudio Felipe Altamirano Rodríguez, abogado, domiciliado en San Diego 81, piso 8, Santiago, mandatario judicial en representación convencional del Banco del Estado de Chile, empresa autónoma de créditos del Estado, domiciliados en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins Nº 1111, Santiago, interponiendo demanda ejecutiva de cobro de pagaré en contra de Viviana Lissette Gálvez Mayorga, ignora profesión u oficio, domiciliada en Batalla San Juan, Parcela 10, comuna de Curacaví. Con fecha 11 de julio de 2022 (F.8) se notifica legalmente la demanda a la ejecutada. Con fecha 13 de julio de 2022 (F.10) se tiene por opuesta la excepción del número 7, 2, 9 y 11 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, confiriéndose traslado. Con fecha 18 de julio de 2022 (F.13) se tiene por evacuado el traslado conferido, se declaran admisibles las excepciones opuestas y se reciben a prueba, rindiéndose la que consta en autos. Con fecha 19 de diciembre de 2022 (F.37) se cita a las partes a oír sentencia.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que comparece Claudio Felipe Altamirano Rodríguez, abogado, mandatario judicial en representación convencional del Banco del Estado de Chile, interponiendo demanda ejecutiva en contra de Viviana Lissette Gálvez Mayorga, todos ya individualizados. Señala que el pagaré fue suscrito por la suma $12.950.649.-, por concepto de capital, más un interés de 0,6000% mensual, que el deudor se obligó a pagar en 80 cuotas mensuales, y sucesivas de $ 206.338.- cada una, salvo la última cuota de $ 206.359.-, todas con vencimiento los días 10 de cada mes, venciendo la primera de ellas el día 10 de febrero de 2022, estableciéndose en el pagaré que en caso de mora o simple retardo en el pago de cualesquiera de las cuotas pactadas, el deudor estaría obligado a pagar, desde el incumplimiento, intereses penales equivalentes al máximo convencional según las tasas que rijan durante el retardo, sin perjuicio de los demás derechos del acreedor, quedando facultado el Banco del Estado de Chile para hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido en el caso de no pago de cualquiera de las cuotas en que se dividió la obligación, siendo del caso señalar que el deudor dejó de pagar desde la cuota con vencimiento al día 10 de febrero de 2022, inclusive, y todas las posteriores,
Fallo
se declaran admisibles las excepciones opuestas y se reciben a prueba, rindiéndose la que consta en autos. Con fecha 19 de diciembre de 2022 (F.37) se cita a las partes a oír sentencia. Considerando: Primero: Que comparece Claudio Felipe Altamirano Rodríguez, abogado, mandatario judicial en representación convencional del Banco del Estado de Chile, interponiendo demanda ejecutiva en contra de Viviana Lissette Gálvez Mayorga, todos ya individualizados. Señala que el pagaré fue suscrito por la suma $12.950.649.-, por concepto de capital, más un interés de 0,6000% mensual, que el deudor se obligó a pagar en 80 cuotas mensuales, y sucesivas de $ 206.338.- cada una, salvo la última cuota de $ 206.359.-, todas con vencimiento los días 10 de cada mes, venciendo la primera de ellas el día 10 de febrero de 2022, estableciéndose en el pagaré que en caso de mora o simple retardo en el pago de cualesquiera de las cuotas pactadas, el deudor estaría obligado a pagar, desde el incumplimiento, intereses penales equivalentes al máximo convencional según las tasas que rijan durante el retardo, sin perjuicio de los demás derechos del acreedor, quedando facultado el Banco del Estado de Chile para hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido en el caso de no pago de cualquiera de las cuotas en que se dividió la obligación, siendo del caso señalar que el deudor dejó de pagar desde la cuota con vencimiento al día 10 de febrero de 2022, inclusive, y todas las posteriores
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Rol C-744-2022 Carátula: Banco del Estado de Chile con Gálvez Materia: Cobro de Pagaré Casablanca, a doce de enero de dos mil veintitrés. Visto: Comparece Claudio Felipe Altamirano Rodríguez, abogado, domiciliado en San Diego 81, piso 8, Santiago, mandatario judicial en representación convencional del Banco del Estado de Chile, empresa autónoma de créditos del Estado, domiciliados en Avenida Libe
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