23º Juzgado Civil de Santiago

BANCO DE CHILE/MÁRQUEZ

Rol

C-15541-2020

Fecha

12 de enero de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: A folio 1 comparecieron Ra l Santiago L pez De Maturana y Felipeú ó Andr s Flores Vega, ambos abogados y mandatarios judiciales de Socofiné S.A., persona jur dica del giro cobranza a terceros representada por suí gerente general Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante convencional del Banco de Chile, sociedad an nima bancaria del giro de suó denominaci n representada a su vez por su gerente general Eduardoó Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en calle Santo Domingo N 1088, comuna y ciudad de Santiago,° quienes interpusieron demanda ejecutiva en contra de Juan Alberto M rquez Vargas, ignoran profesi n u oficio, con domicilio en Pasaje Saná ó Lucas N 2004, comuna de Padre Hurtado. ° A folio 5 se tuvo por interpuesta la demanda, despach ndoseá mandamiento de ejecuci n y embargo.ó A folios 4 y 5 del cuaderno de apremio constan la notificaci n yó requerimiento de pago al ejecutado. A folio 8 compareci el ejecutado, quien opuso a la ejecuci n laó ó excepciones contenidas en los numerales 7 , 9 y 11 , todas del art culo 464° ° ° í del C digo de Procedimiento Civil. ó A folio 25 se tuvo por opuestas las referidas excepciones, confiri ndose traslado de ellas al ejecutante.é Código: HPKXXDXDRXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-15541-2020 Foja: 1 A folio 26 compareci el ejecutante evacuando el traslado que leó fuera conferido y solicitando el rechazo de las excepciones opuestas. A folio 36 se tuvo por evacuado el traslado de la ejecutante. A su vez se declararon admisibles las excepciones y se recibi la causa a prueba, poró el tiempo legal correspondiente, fij ndose con ello los hechos substanciales,á pertinentes y controvertidos sobre los cuales debi recaer, rindi ndoseó é aquella que consta en autos. Resoluci n interlocutoria de prueba que constaó notificada a folios 38 y 39. A folio 42 se cit a las partes a o r sentencia. ó í Y

Fundamentos

Considerando: Primero: Que comparecieron Ra l Santiago L pez De Maturana yú ó Felipe Andr s Flores Vega, ambos abogados y mandatarios judiciales deé Socofin S.A., persona jur dica del giro cobranza a terceros representada porí su gerente general Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante convencional del Banco de Chile, sociedad an nima bancariaó del giro de su denominaci n representada a su vez por su gerente generaló Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en calle Santo Domingo N 1088, comuna y ciudad de° Santiago, quienes interpusieron demanda ejecutiva en contra de Juan Alberto M rquez Vargas, ignoran profesi n u oficio, con domicilio ená ó Pasaje San Lucas N 2004, comuna de Padre Hurtado, solicitando se° despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por la sumaó de $4.720.174.-, por concepto de saldo de capital adeudado, a la que hay que agregar los intereses pactados y los intereses penales, hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado a su representado, todo ello con costas. Expusieron que el ejecutante es due o del pagar suscrito por elñ é ejecutado por un capital original de $4.720.174.-, cantidad al que se le debe aplicar una tasa de inter s mensual, que se se ala en el mismo documento.é ñ Se estipul que el capital y los intereses de esta obligaci n se pagar anó ó í en 43 cuotas de acuerdo al siguiente programa de amortizaciones: 42 cuotas, mensuales, iguales y sucesivas de $150.032.-, cada una de ellas, venciendo la primera de ellas el 3 de abril de 2020 y a partir de esta, las Código: HPKXXDXDRXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-15541-2020 Foja: 1 cuotas siguientes vencer n sucesivamente con la misma periodicidad antesá indicada y una ltima cuota por el monto y con el vencimiento que seú indica en el mismo t tulo que sirve de fundamento a esta demanda. Se haceí presente que como se estipul en el mismo pagar , el monto de cada una deó é las cuotas indicadas incluye pago de capital e intereses. Asimismo se pact que el simple retardo y/o mora en el pago ntegroó í y oportuno de todo o parte de una de las cuotas, facultar a al Banco deí Chile para exigir el pago total de la deuda o del saldo a que se encontrara reducida, consider ndose en tal evento la obligaci n como de plazo vencido,á ó pudiendo protestar y/o presentar a cobro este pagar . Sin perjuicio de loé anterior, a contar del simple retardo y/o mora y hasta el pago efectivo, la obligaci n devengar a el inter s m ximo convencional que la ley permiteó í é á estipular para operaciones de cr dito en moneda nacional no reajustable,é pero s lo si ste fuere superior al inter s que se encontrare rigiendo para laó é é obligaci n a la fecha de producirse el simple retardo o mora, pues en casoó contrario se continuar a devengado este ltimo.í ú Es del caso se alar que el deudor(a) se encuentra en mora de suñ obligaci n, desde la cuota N 1, cu

Fallo

se declararon admisibles las excepciones y se recibi la causa a prueba, poró el tiempo legal correspondiente, fij ndose con ello los hechos substanciales,á pertinentes y controvertidos sobre los cuales debi recaer, rindi ndoseó é aquella que consta en autos. Resoluci n interlocutoria de prueba que constaó notificada a folios 38 y 39. A folio 42 se cit a las partes a o r sentencia. ó í Y Considerando: Primero: Que comparecieron Ra l Santiago L pez De Maturana yú ó Felipe Andr s Flores Vega, ambos abogados y mandatarios judiciales deé Socofin S.A., persona jur dica del giro cobranza a terceros representada porí su gerente general Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante convencional del Banco de Chile, sociedad an nima bancariaó del giro de su denominaci n representada a su vez por su gerente generaló Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en calle Santo Domingo N 1088, comuna y ciudad de° Santiago, quienes interpusieron demanda ejecutiva en contra de Juan Alberto M rquez Vargas, ignoran profesi n u oficio, con domicilio ená ó Pasaje San Lucas N 2004, comuna de Padre Hurtado, solicitando se° despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por la sumaó de $4.720.174.-, por concepto de saldo de capital adeudado, a la que hay que agregar los intereses pactados y los intereses penales, hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado a su representado, todo ello con costas. Expusieron que el ejecutante es

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C-15541-2020 Foja: 1 FOJA: 31 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 23 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-15541-2020 CARATULADO : BANCO DE CHILE/M RQUEZÁ Santiago, doce de Enero de dos mil veintitr s.é Visto: A folio 1 comparecieron Ra l Santiago L pez De Maturana y Felipeú ó Andr s Flores Vega, ambos abogados y mandatarios judiciales de Socofiné S.A., persona jur dica del giro cobran

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