16º Juzgado Civil de Santiago

GONZÁLEZ/ARAVENA

Rol

C-8043-2021

Fecha

11 de enero de 2023

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que, con fecha 30 de septiembre de dos mil veintiuno, comparece don Gonzalo G mez Briones, abogado, en representaci n de don Eduardoó ó Andr s Gonz lez Belizar, ambos domiciliado en calle Compa a N 1390,é á ñí ° oficina N 312, comuna de Santiago, quien deduce acci n de indemnizaci n° ó ó de perjuicios en contra don Iv n Isaac Aravena Valenzuela, ignora profesi ná ó u oficio, domicilio en calle Hu rfanos N 1496, comuna de Santiago y/oé ° Agustinas N 1612, departamento N 603, comuna de Santiago.° ° Que, con fecha 12 de octubre de dos mil veintiuno comparece el apoderado de la demandada, don Ivo Salazar Encina, en representaci n deló demandado, quien contesta la demanda. Que, con fecha 27 de enero de dos mil veintid s se celebraó comparendo de conciliaci n, con la comparecencia de ambos apoderados.ó Que, con fecha 10 de marzo de dos mil veintid s se recibe la causa aó prueba. Que, con fecha 19 de abril de dos mil veintid s, la demandanteó realiza observaciones a la prueba. Que, con fecha 13 de julio de dos mil veintid s se hace efectivo eló apercibimiento por no ratificar el patrocinio y poder, por lo que se tiene por no contestada la demanda. Código: KCXFXDBWEHF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-8043-2021 Foja: 1 Que, con fecha 28 de diciembre de dos mil veintid s se cita a lasó partes a o r sentencia.í

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, comparece don Gonzalo G mez Briones enó representaci n de don Eduardo Andr s Gonz lez Belizar, quien deduceó é á acci n de indemnizaci n de perjuicios contra don Iv n Isaac Aravenaó ó á Valenzuela, ya individualizado. Funda su acci n en que con fecha 15 de octubre de dos mil diecisiete,ó en conjunto con su pareja, do a Karla Guti rrez Ojeda, proceden añ é entregar al hijo de siete a os de esta ltima en el domicilio del demandado,ñ ú guardando las debidas distancias debido a que, en contra de este, exist aí una medida cautelar de alejamiento decretada por el Centro de Medidas Cautelares en RIT F-8618-2017, siendo actualmente investigado por el Ministerio P blico, bajo el RUC 1700841691-5, por concepto de violenciaú intrafamiliar. En su camino de vuelta, en la intersecci n de calle Santo Domingoó con Manuel Rodr guez, de la comuna de Santiago, se percatan de que elí demandado les hac a seguimiento en la camioneta de su propiedad, con elí hijo abordo. Luego de maniobrar de manera arriesgada, don Iv n Aravena bajaá del veh culo, rompiendo la medida cautelar decretada en su contra,í empezando a golpear el veh culo en el cual estaban, profiriendo amenazasí de golpes y muerte en contra de su representado. Producto de lo anterior, y a fin de evitar mayores conflictos, retrocede el autom vil, siendo impactado por un medio de transporte del servicioó p blico, t pico que no amedrent al demandado para continuar con susú ó ó insultos y amenazas. Contin a se alando que posterior a un intento de arrebatar al hijo deú ñ su pareja de los brazos de ella, continua amenazan y se retira del lugar. Código: KCXFXDBWEHF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-8043-2021 Foja: 1 Una vez cerciorado de que tanto los pasajeros del transporte p blico,ú as como su pareja e hijo se encuentran bien, relata que este les mencioní ó que el demandado pregunt si su madre iba a salir con su representado, aó lo cual, tras las respuestas afirmativas, se dispuso a perseguirlos. Todo lo anterior llev a la denuncia seguida ante el Ministerioó P blico bajo el RUC ú 1700968153-1, adem s de la querella criminal porá delito de amenazas previsto en el art culo 296 N 3 del C digo Penal,í ° ó seguido ante el 7 Juzgado de Garant a de Santiago, en el RIT O-18128-° í 2017 la cual finaliz por suspensi n condicional del procedimiento conó ó fecha 15 de marzo de dos mil diecinueve, bajo las condiciones de prohibici n de acercamiento de su representado por un a o, firma cada tresó ñ meses ante el Ministerio P blico y fijar domicilio e informar cualquierú cambio de este. Expone que la situaci n vivida por su representado gener unó ó profundo da o psicol gico, sufriendo de perturbaciones de sue o entre otrasñ ó ñ aflicciones, recibiendo tratamiento psicol gico al respecto.ó A ello se agrega la carga emocional y psicol gica de llevar diversosó procesos judiciales, a fin de evitar futuras lesiones o agresione

Fallo

se declara: I.- Se ACOGE la demanda deducido a lo principal con fecha 30 de septiembre de dos mil veintiuno. II.- Se condena a don Iv n Isaac Aravena Valenzuela a laá indemnizaci n de don Eduardo Andr s Gonz lez Belizar a la suma deó é á $1.000.000 (un mill n de pesos).ó Dicha suma deber ser pagada de acuerdo al reajuste que sufra elá ndice de Precios al ConsumidorÍ es intereses corrientes desde a la fecha de que la presente sentencia se encuentre firme y ejecutoriada. III.- Se condena en costas a la demandada. Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Rol N C-8043-2021.° Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, once de Enero de dos mil veintitr sé Código: KCXFXDBWEHF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-8043-2021 Foja: 1 Código: KCXFXDBWEHF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-11T13:11:37-0300

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C-8043-2021 Foja: 1 FOJA: 47 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 16 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-8043-2021 CARATULADO : GONZ LEZ/ARAVENAÁ Santiago, once de Enero de dos mil veintitr s.é Vistos: Que, con fecha 30 de septiembre de dos mil veintiuno, comparece don Gonzalo G mez Briones, abogado, en representaci n de don Eduardoó ó Andr s Gonz lez Belizar, ambos domiciliado en

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