23º Juzgado Civil de Santiago

TESORERÍA GENERAL DE LA REPUBLICA DE CHILE/ESPINA

Rol

C-13110-2020

Fecha

11 de enero de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: A folio 1 compareci Leslie Loreto Merino Mendoza, abogada,ó mandatario judicial en representaci n convencional de BANCO ITAUó CORPBANCA., sociedad an nima bancaria continuador legal de Bancoó Corpbanca, cuyo representante legal es Gabriel Amado de Moura, Administrador y ste, a su vez, en representaci n convencional de laé ó TESORERIA GENERAL DE LA REP BLICA DE CHILE, representadaÚ legalmente por Hern n Frigolet C rdova, economista, todos domiciliadosá ó para estos efectos en calle Rosario Norte N 660, comuna de Las Condes deº esta ciudad, quien interpuso demanda ejecutiva de cobro de pagar ené contra de ESPINA RETAMAL CECILIA IVONNE, ignora profesi n uó oficio, domiciliada en calle Ir n N 3369, comuna de Macul de esta ciudad. á ° A folio 5 se tuvo por interpuesta la demanda despach ndoseá mandamiento de ejecuci n y embargo.ó A folio 8 compareci el ejecutado, notific ndose personalmente yó á requiri ndose de pago. é Asimismo en dicha presentaci n opuso a la ejecuci n la excepci nó ó ó del numeral 17 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, esto es,° í ó la prescripci n de la deuda o s lo de la acci n ejecutiva. ó ó ó A folio 10 se tuvo por opuesta la referida excepci n, confiri ndoseó é traslado de ella al ejecutante. Código: BXEYXDMQBHF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-13110-2020 Foja: 1 A folio 11 compareci el ejecutante evacuando el traslado que le fueseó conferido y solicitando el rechazo de la excepci n opuesta. ó A folio 12, atendido el estado procesal de la causa y la naturaleza de la excepci n formulada se cit a las partes a o r sentencia. ó ó í Y

Fundamentos

Considerando: Primero: Que compareci Leslie Loreto Merino Mendoza, abogada,ó mandatario judicial en representaci n convencional de BANCO ITAUó CORPBANCA., sociedad an nima bancaria continuador legal de Bancoó Corpbanca, cuyo representante legal es Gabriel Amado de Moura, Administrador y ste, a su vez, en representaci n convencional de laé ó TESORERIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE CHILE, representada legalmente por Hern n Frigolet C rdova, economista, todos domiciliadosá ó para estos efectos en calle Rosario Norte N 660, comuna de Las Condes deº esta ciudad, quien interpuso demanda ejecutiva de cobro de pagar ené contra de ESPINA RETAMAL CECILIA IVONNE, ignora profesi n uó oficio, domiciliada en calle Ir n N 3369, comuna de Macul de esta ciudad,á ° solicitando se tenga por interpuesta la demanda por la suma de 924,324 UF, equivalente en pesos al 10 de junio de 20202 por la suma de $26.542.481.- pagadera seg n valor de la unidad de fomento al d a delú í pago, por concepto de capital, m s los intereses pactados, devengados y losá que se devenguen hasta el d a del exacto e ntegro pago de la obligaci n,í í ó requerir de pago al deudor y disponer se siga adelante esta ejecuci n hastaó que a su representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. Expuso que es due o los siguientes pagar s:ñ é 1.- Pagar de monto capital equivalente a 22,0002 unidades deé fomento, suscrito con fecha 4 de junio de 2020 y con vencimiento para el d a 10 de junio de 2020.í 2.- Pagar de monto capital equivalente a 902,3238 unidades deé fomento, suscrito y con vencimiento en las mismas fechas. Código: BXEYXDMQBHF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-13110-2020 Foja: 1 Se estipul que el capital adeudado devengar a contar del 10 deó á junio de 2020 y hasta la fecha de su pago efectivo, intereses a la tasa de inter s m xima convencional vigente para operaciones de cr dito de dineroé á é reajustables en moneda nacional. Asimismo, se estipul que en caso de mora o simple retardo en eló pago del capital adeudado se devengar un inter s penal igual al inter sá é é m ximo convencional que sea permitido estipular para operaciones ená moneda nacional reajustables, que se encuentre vigente a la fecha en que se produzca la mora o simple retardo o la que se encuentre vigente al momento del pago de la obligaci n adeudada en virtud de estos pagar s. Eló é inter s penal se calcular sobre el capital adeudado y comenzar a regiré á á desde la mora o simple retardo hasta la fecha de pago efectivo de lo adeudado. Por ltimo indic que se liber al acreedor de la obligaci n deú ó ó ó protesto, que la firma del suscriptor en los documentos se encuentra autorizada ante Notario, y que las obligaciones son l quidas, actualmenteí exigibles y sus acciones no se encuentran prescritas. Segundo: Que el ejecutado fund la excepci n opuesta se alandoó ó ñ que las acciones derivadas del pagar que se pretende

Fallo

se declara: I.- Que se acoge la excepci n de prescripci n de la deuda o s lo laó ó ó acci n ejecutiva opuesta por la parte ejecutada, ó ordenando alzarse la ejecuci nó . II.- Que atento a lo dispuesto en el art culo 471 del C digo deí ó Procedimiento Civil se condena a la parte ejecutante al pago de costas. Reg strese, notif quese y, en su oportunidad, arch vese.í í í Dictada por Alberto lamos Valenzuela, Juez Subrogante.Á Código: BXEYXDMQBHF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-13110-2020 Foja: 1 Autoriza Margarita Bravo Narv ez, Secretaria Subrogante.á Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, once de Enero de dos mil veintitr s.é Código: BXEYXDMQBHF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-11T13:05:31-0300

Texto Completo (Preview)

C-13110-2020 Foja: 1 FOJA: 9 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 23 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-13110-2020 CARATULADO : TESORER A GENERAL DE LA REPUBLICA DEÍ CHILE/ESPINA Santiago, once de Enero de dos mil veintitr s.é Visto: A folio 1 compareci Leslie Loreto Merino Mendoza, abogada,ó mandatario judicial en representaci n convencional de BANCO ITAUó CORPBANCA., sociedad an ni

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