Juzgado de Letras y Gar.de Putaendo

BANCO DE ESTADO DE CHILE/LOBOS

Rol

C-101-2022

Fecha

10 de enero de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: PRIMERO: Con fecha 20/05/2022, folio 1, comparece Claudio Felipe Altamirano Rodríguez, Abogado, mandatario judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, según se acredita con escritura pública de mandato judicial de fecha 09 de Diciembre de 2021, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Álvaro González Salinas, que acompaño en un otrosi de esta presentación, domiciliado en San Diego 81, piso 8, Santiago, y éste a su vez en representación de la TESORERÍA GENERAL DE LA REPUBLICA, organismo del estado, representado legalmente por doña Pamela Alejandra Cuzmar Poblete, ingeniero civil industrial, domiciliado en calle Teatinos N° 28, oficina 301, comuna de Santiago, interponiendo demanda ejecutiva en contra de CHRIS ALEJANDRA LOBOS LOBOS, ignoro profesión u oficio, con domicilio en Buin 29, Putaendo, solicitando tener por interpuesta, admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de 248,9894.- Unidades de Fomento, equivalentes al día 20 de Abril de 2022 a la suma de $7.961.498 solo por concepto de capital, más intereses pactados , reajustes y costas, requerir de pago al deudor, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. Con fecha 27/05/2022, folio 4, se ordenó despachar mandamiento de ejecución. Con fecha 08/07/2022, folio 10, consta haberse notificado al ejecutado conforme al artículo 44 del Código de Procedimiento Civil con fecha 4 de junio de 2022, y requerido de pago al día siguiente, como consta en folio 5 del cuaderno de apremio. Con fecha 06/07/2022, folio 11, el ejecutado opuso excepciones de los números 11, 7, 14, y 4 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil. Con fecha 18/07/2022, folio 19, la ejecutante evacúa traslado. Con fecha 19/07/2022, folio 20, se recibió la causa a prueba. Con fecha 13/10/2022,

Fundamentos

Considerando sexto: Que al respecto, ha de admitirse que la excepción de ineptitud del libelo sólo puede fundarse en defectos que sean de tal entidad que lleguen al extremo de hacer prácticamente ininteligible, vaga o mal formulada la demanda.”, presupuesto que no se da en el caso en comento. En definitiva solicita tener por evacuado el traslado de las excepciones opuestas, solicitando su rechazo, con costas. QUINTO: Con fecha 19/07/2022, folio 20,

Fallo

fallo emitido en causa Rol 7220- 2015 lo siguiente: “Considerando sexto: Que al respecto, ha de admitirse que la excepción de ineptitud del libelo sólo puede fundarse en defectos que sean de tal entidad que lleguen al extremo de hacer prácticamente ininteligible, vaga o mal formulada la demanda.”, presupuesto que no se da en el caso en comento. En definitiva solicita tener por evacuado el traslado de las excepciones opuestas, solicitando su rechazo, con costas. QUINTO: Con fecha 19/07/2022, folio 20, se declararon admisibles las excepciones y se procedió a recibir la causa a prueba, fijándose como hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, los siguientes: 1) Efectividad de que el ejecutante haya concedido esperas o prorrogas en el plazo para el pago de la deuda que se cobra en autos a la ejecutada. Hechos y circunstancias que as lo demuestren, 2) Efectividad de que al título fundante de la ejecución le falte algún requisito legal para tener fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea con relación al demandado. Hechos y circunstancias que as lo demuestren. 3) Efectividad de ser nula la obligación demandada. En el evento positivo, hechos en los que se funda. 4) Efectividad de ser inepto el libelo. En el evento positivo, hechos en que se funda. SEXTO: Que con fecha 13/10/2022, folio 43, se cita a las partes para oír sentencia SÉPTIMO: Que la parte ejecutante como fundamento de su demanda acompañó los siguientes documentos: 1. Pagaré sin obligación de protesto, por Financ

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Putaendo CAUSA ROL : C-101-2022 CARATULADO : BANCO DE ESTADO DE CHILE / LOBOS Fecha de inicio : 25/05/2022 Fecha cit. oír sent : 13/10/2022 Putaendo, diez de Enero de dos mil veintitrés VISTO: PRIMERO: Con fecha 20/05/2022, folio 1, comparece Claudio Felipe Altamirano Rodríguez, Abogado, mandatario judicial en representación conv

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